Resolución 519 de 2016
Resolución 519 de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 519
- Año
- 2016
- Fecha
- 24 de octubre de 2016
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 519 DE 2016
"Por la cual se hace un nombramiento en el empleo de carácter transitorio creado en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en cumplimiento del Fallo de Tutela con radicación No. 2016-0145"
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones", señala que los organismos y entidades de la administración pública a los cuales se les aplica esta Ley, podrán contemplar de manera excepcional en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio.
Que la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., creó una planta temporal mediante el Decreto Distrital 604 del 27 de diciembre de 2012, a partir del 10 de enero de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2014; prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2015 en virtud del parágrafo del artículo 1° ibídem; y prorrogada nuevamente mediante el Decreto Distrital 580 del 24 de diciembre de 2015 hasta el 30 de junio de 2016.
Que el señor JOSELIN CAMARGO CASTELLANOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19,337,500 expedida en Bogotá, fue vinculad (sic) en la Planta Temporal antes señalada, mediante la Resolución No. 016 del 10 de enero de 2013, por el cual fue nombrado a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2013, en el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 05 de la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General, con efectividad a partir del 10 de enero de 2013 según consta en el Acta de Posesión No. 011 de la misma fecha.
Que mediante la Resolución No. 605 del 8 de noviembre de 2013, modificada por la Resolución No. 690 del 31 de diciembre de 2013, le fue prorrogado el nombramiento en el cargo que venía desempeñando hasta el 31 de diciembre de 2014; con la Resolución No. 687 del 24 de diciembre de 2014, se le prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2015; y a través de la Resolución No. 759 del 30 de diciembre de 2015, le fue prorrogado el nombramiento hasta el 30 de junio de 2016, inclusive.
Que la vinculación del señor Camargo Castellanos en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., terminó el 30 de junio de 2016, inclusive, de conformidad con las condiciones, términos y vigencia de la duración del empleo al cual accedió, el cual no generaba estabilidad ni derechos de carrera administrativa.
Que el señor JOSELIN CAMARGO CASTELLANOS, ya identificado, interpuso acción de tutela contra la Secretaría General por la presunta vulneración a los derechos fundamentales a la vida, al mínimo vital, al retén social y al trabajo.
Que el Juzgado Treinta y Cinco (35) Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, D.C., profirió fallo de tutela de fecha 30 de septiembre de 2016, notificado el 3 de octubre del mismo año, mediante el cual resolvió: _"PRIMERO: TUTELAR los derechos fundamentales al trabajo, a la estabilidad laboral reforzada, a la seguridad social y al mínimo vital del señor JOSELlN CAMARGO CASTELLANOS, vulnerados por la DIRECCIÓN DISTRlTAL DEL SERVICIO AL CIUDADANO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C., por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia._ __ _SEGUNDO: ORDENAR_ _a la DIRECCIÓN DISTRlTAL DEL SERVICIO AL CIUDADANO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ por conducto de su representante legal o quien haga sus veces, que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de este fallo, reintegre al señor JOSELlN CAMARGO CASTELLANOS. al cargo que venía desempeñando o a uno de igual jerarquía sin desmejorar su condición laboral, hasta que sea incluido en la nómina de pensionados de PORVENIR."_ Que de conformidad con el artículo 27 del Decreto Nacional 2591 de 1991, las órdenes que profiere el juez de tutela son de estricto e inmediato cumplimiento.
Que mediante el Decreto Distrital 466 del 21 de octubre de 2016, se creó un (1) empleo de carácter transitorio en la Secretaría General de la Alcaldia (sic) Mayor de Bogotá, D.C., en cumplimiento del fallo de tutela en mención.
Que la vigencia del nombramiento será hasta que el accionante sea incluido en la nómina de pensionados de Porvenir (Fondo de Pensiones y Cesantías), o hasta el fallo dentro de la impugnación, si la sentencia de tutela de primera instancia es revocada. Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°-: Nombrar a partir de la fecha, al señor JOSELlN CAMARGO CASTELLANOS, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.337.500 de Bogotá, en el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 05 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con las consideraciones que anteceden. Artículo 2°-: La vigencia del nombramiento será hasta que el señor JOSELlN CAMARGO CASTELLANOS sea incluido en la nómina de pensionados de Porvenir, o hasta el fallo dentro de la impugnación, si la sentencia de tutela de primera instancia es revocada. Artículo 3°-: Notificar el contenido de la presente Resolución al señor Joselin Camargo Castellanos en la Calle 26 A Sur No. 12 M - 61, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo 4°-: Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Secretaría, para los trámites legales correspondientes. Artículo 5°-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de octubre del año 2016
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General
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