Resolución 500 de 2016
Resolución 500 de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 500
- Año
- 2016
- Fecha
- 18 de octubre de 2016
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 500 DE 2016
**(Octubre 18)
**[Derogada por el art. 5, Resolución 077 de 2021](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107867#5)
_Por la cual se delegan los Representante del Sector Administrativo Gestión Pública de la Secretaría General en los Consejos Locales de Gobierno_
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los Artículos 209 y 211 de la Constitución Política, 40 y 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, 60 y 90 de la Ley 489 de 1998, 1° del Decreto 267 de 2007, el Decreto 320 de 2016 y 60 del Acuerdo 645 de 2016 y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Acuerdo 257 de 2006, por el cual se dictan normas básicas sobre estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá D.C., en su artículo 17, faculta a las autoridades administrativa del Distrito Capital para la delegación del _"ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias, de conformidad con la Constitución Política y la ley, especialmente con la Ley 489 de 1998"._ Que el Artículo 32, del mismo Acuerdo estableció el Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital como _"el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales… ",_ y adicionalmente en el artículo 40 ibídem, se dispuso que Los Consejos Locales de Gobierno son la principal instancia de coordinación y articulación de las estrategias, planes y programas a ejecutar, para mayor eficacia de la administración local.
Que según el Artículo 5°, del Decreto Distrital 340 de 2007, por el cual se reglamentan los Consejos Locales de Gobierno, se exhorta a cada Secretaría Cabeza de Sector que lo conforme, para nombrar un Delegado, con capacidad de decisión definida expresa y formalmente, cuya asistencia a sesiones será obligatoria, dando la posibilidad de nombrar un suplente de iguales calidades.
Que el Artículo 15 del Decreto Distrital 101 de 2010, que adiciona un nuevo parágrafo al artículo 9 del Decreto Distrital 340 de 2007, exige la presencia de un funcionario del nivel directivo de cada sector administrativo del Distrito, para las sesiones de programación y seguimiento de su plan de acción, a realizarse cada tres meses.
Que el artículo 60 del Acuerdo 645 de 2016 _"POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C. 2016 - 2020 BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS"_ ha establecido el programa de _"Gobernanza e influencia local, regional e internacional"_; y teniendo en cuenta que la Secretaría General, como Cabeza de Sector Gestión Pública, tiene la responsabilidad de articular y coordinar la función Gerencial del Alcalde Mayor, así como promover el Desarrollo Institucional y formular las políticas del Distrito Capital, debe establecer estrategias que conduzcan a dar solución a la problemática de la ciudad y del gobierno en el ámbito local.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Designar como delegados (as) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor en los Consejos locales de Gobierno, y con capacidad de decisión, a los siguientes representantes del Nivel Directivo de esta Secretaría así: | LOCALIDAD | **DELEGADO ---|--- CHAPINERO | Director/a Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía. TEUSAQUILLO | Director/a del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía. USME | Subdirector(a) de Seguimiento a la Gestión de Inspección, Vigilancia y Control, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía. SANTA FE | Director(a) Distrital de Desarrollo Institucional. SAN CRISTÓBAL | Subdirector(a) de Imprenta Distrital, de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional. USAQUÉN | Subdirector(a) Técnico(a) de Desarrollo Institucional de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional. BARRIOS UNIDOS | Subsecretario/a Técnico/a RAFAEL URIBE URIBE | Subsecretario/a de Servicio a la Ciudadanía FONTIBÓN | Director(a) Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica ENGATIVÁ | Director/a Distrital de Relaciones Internacionales SUBA | Subdirector(a) del Sistema Distrital de Archivos, de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá. BOSA | Subdirector(a) Técnico(a), de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá. TUNJUELITO | Jefe de Oficina de Control Interno Disciplinario MÁRTIRES | Subdirector(a) de Proyección Internacional, de la Dirección Distrital de Relaciones Internacionales. LA CANDELARIA | Director(a), de Contratación, de la Subsecretaría Corporativa. ANTONIO NARIÑO | Director(a), de Talento Humano, de la Subsecretaría Corporativa. PUENTE ARANDA | Subdirector(a) Financiero/a de la Dirección Administrativa y Financiera. CIUDAD BOLÍVAR | Director(a) Administrativo(a) y Financiero(a), de la Subsecretaría Corporativa. SUMAPÁZ | Subdirector(a) de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera. CIUDAD KENNEDY | Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Artículo segundo.
Designar como suplentes de los (as) Delegados (as), de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, en los Consejos Locales de Gobierno, a los (as) servidores (as) públicos (as) del nivel Asesor del despacho o a los (as) profesionales del más alto grado de cada Dirección de la Secretaria General, relacionada en el artículo primero de esta Resolución.
Artículo tercero.
Remitir una copia de la presente Resolución a los (las) Alcaldes (as) (sic) Locales de Bogotá. D.C., así como a cada uno (a) de los (las) delegados (as).
Artículo cuarto.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C; a los 18 días del mes de octubre del año 2016
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General
NOTA: Publicada en el ReGIstro Distrital No. 5940 del 24 de Octubre de 2016.
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