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Resolución 283 de 2016

Resolución 283 de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
283
Año
2016
Fecha
31 de mayo de 2016
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 283 DE 2016

(Mayo 31)

“ Por la cual se efectúan modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2016”

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo 257 de 2006 y el Decreto Distrital 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto [517](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63991) del 11 de diciembre de 2015, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos de Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016 y se dictaron otras disposiciones.

Que mediante el Decreto Distrital No. [533](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64113) de diciembre 15 de 2015, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016.

Que a través del Artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3135#1) del Decreto 396 de 1996 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047#1) de 1995 Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fé (sic) de Bogotá Distrito Capital”, se estableció que _“Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y_ _ entidades que hace parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda_ _- Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital”._ Que el numeral 3.2.1.4.2. de la Resolución No. SDH-[000226](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61688) del 8 de octubre de 2014 _“Por lá (sic) cual _se _adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito capital”,_ se establecieron los requisitos para efectuar un traslado presupuestal al interior __ de agregados.__ Que mediante comunicación Nro. 2016EE92432 de 31 de mayo de 2016, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Inversiones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia 2016, por valor de Un Millón Novecientos Sesenta Mil Pesos ($1.960.000,00) M/cte así: Entidad 104 Secretaría General - Unidad Ejecutora 01 Despacho Código 12 y Detalle Fuente Otros Distrito | Rubro | Concepto | Contracrédito | Crédito ---|---|---|--- 3 | GASTOS | $1.960.000 | $1.960.000 3.3 | INVERSIÓN | $1.960.000 | $1.960.000 3.3.1 | DIRECTA | $1.960.000** |

3.3.1.14 | Bogotá Humana | $1.960.000 | 3.3.1.14.03 | Una Bogotá que defiende y fortalece lo público | $1.960.000 | 3.3.1.14.03.31 | Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional | $1.960.000 | 3.3.1.14.03.31.7377 | Desarrollo Integral y Mejoramiento de la Gestión en la Administración Distrital | $1.960.000 | 3.3.1.14.03.31.7377.235 | Sistema de Mejoramiento de la Gestión y de la Capacidad Operativa de las Entidades | $1.960.000 | 3.3.4 | PASIVOS EXIGIBLES | | $1.960.000

Artículo 2°.

Remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda y demás oficinas pertinentes.

Artículo 3°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 31 días del mes de mayo del año 2016

DALILA ASTRID HERNANDEZ CORZO

Secretaria General

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