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Resolución 35 de 2016

Resolución 35 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
35
Año
2016
Fecha
27 de mayo de 2016
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 035 DE 2016

**(Mayo 27)

[Derogada por el Art. 4, Resolución 072 de 2018 Alcalde Mayor.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81374#4) __ _Por medio de la cual se designa el delegado del Alcalde Mayor de Bogotá D.C. en la Junta Directiva, en la Asamblea General y demás reuniones y actividades de la Corporación de Abastos de Bogotá S.A., CORABASTOS_**

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, el numeral 6° del artículo 38 y el inciso 2° del artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 17 del Acuerdo 257 de 2006 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo [53](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#53) del Decreto Ley 1421 de 1993, señala que el Alcalde Mayor de Bogotá ejerce sus atribuciones por medio de los organismos o entidades Distritales.

Que de conformidad con el numeral [6°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38.6) del artículo 38, y con el inciso [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#55.i.2) del artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, le corresponde al Alcalde Mayor distribuir los asuntos y los negocios, según su naturaleza y afinidades entre las Secretarías, Departamentos Administrativos y las entidades descentralizadas.

Que el artículo [9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998 autoriza a las autoridades administrativas a transferir, mediante delegación, el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que de conformidad con el artículo 36 de los Estatutos de la Corporación de Abastos de Bogotá S.A. CORABASTOS, la Junta Directiva está integrada por el Ministro de Agricultura o su delegado; el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado; el Gobernador de Cundinamarca o su delegado; el Gerente del Instituto de Mercadeo Agropecuario "IDEMA" o su delegado y tres (3) miembros elegidos por el sistema del cuociente electoral, por los accionistas de la clase "B "con sus respectivos suplentes personales.

Que en el artículo 26 de los Estatutos de la referida Corporación, se establece que la Asamblea General de Accionistas la constituyen los Accionistas reunidos con el quórum, en el lugar y en las condiciones señaladas en estos estatutos. Así mismo, se indica en los artículos 29 y 30 estatutarios, que la Asamblea General debe reunirse en forma ordinaria dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento de cada ejercicio y en la fecha que acuerde la Junta Directiva dentro del domicilio de la sociedad, y que podrá reunirse en forma extraordinaria cuando lo exijan las necesidades o conveniencias de la administración.

Que en el artículo 35 de los referidos estatutos de la citada Corporación, se señala que en todas las reuniones de la Asamblea General de Accionistas los miembros de Junta Directiva tendrán derecho a voz aun cuando no fueren accionistas pues siendolo, también podrán participar en las decisiones que se adopten, por medio del voto, salvo en aquellos actos que les estén prohibidos por la ley.

Que según las notas a los Estados Financieros con corte a Diciembre 31 de 2014, la composición accionaria de la Corporación de Abastos de Bogotá, S.A. CORABASTOS, como Sociedad de Derecho Privado de Economía Mixta, del orden nacional, está conformada por el Sector Oficial en un 48%, de los cuales un 4.03% corresponde a la participación del Distrito Capital de Bogotá, que representan un total de 82.926 acciones.

Que el Acuerdo [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#0) de 2006 y el Decreto Distrital [552](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22587#0) de 2006, señalan como función de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, la de coordinar con las autoridades competentes la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, planes, programas y estrategias en materia de abastecimiento de alimentos y seguridad alimentaria.

Que en concordancia con las atribuciones generadas por la función referida, el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22587#21) del Decreto Distrital 552 de 2006, establece en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico la Dirección de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario, para la cual se señalan entre sus funciones las de Proponer y coordinar las políticas que garanticen el abastecimiento alimentario de la ciudad-región, en una perspectiva de seguridad alimentaria, en el marco del Plan Maestro de Abastecimiento del Distrito Capital, así como los esquemas y mecanismos para su integración; orientar el diseño, implementación y funcionamiento del Sistema Integrado de Abastecimiento de Bogotá SIAAB y las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

Que por la afinidad entre los objetivos de la Corporación de Abastos de Bogotá S.A. CORABASTOS con la misionalidad de la Dirección de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico, es necesario designar como delegado del Alcalde Mayor de Bogotá en la Junta Directiva de la Corporación de Abastos de Bogotá S.A. CORABASTOS, así como en su Asamblea General y demás reuniones y actividades de la referida Asociación, al Director de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico, o quien haga sus veces.

Que de conformidad con lo establecido en el inciso [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#10.i.2) del artículo 10 de la Ley 489 de 1998, el Alcalde Mayor deberá informarse sobre el desarrollo de la delegación que mediante esta Resolución se otorga, en tal sentido, solicitará al delegado correspondiente la presentación de un informe anual que contenga los objetivos, estrategias, metas e indicadores, que de cuenta de la gestión y resultados alcanzados por el D.C., en su condición de integrante de dicha corporación. En merito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1°.

-** Designar como delegado del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., en la Junta Directiva, en la Asamblea General de Accionistas y demás reuniones y actividades de la Corporación de Abastos de Bogotá S.A. CORABASTOS, al Director de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico, o quien haga sus veces.

Artículo 2°.

-** El aquí delegado, deberá presentar a este Despacho un informe anual que dé cuenta de la gestión y los resultados alcanzados por el Distrito Capital en su condición de integrante de dicha Corporación, que contenga objetivos, estrategias, metas e indicadores.

Artículo 3°.

- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 27 días del mes de mayo del año 2016.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor

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