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Decreto Local 5 de 2016

Decreto Local 5 de 2016 Alcaldía Local de Puente Aranda

Tipo
Decreto Local
Número
5
Año
2016
Fecha
31 de marzo de 2016
Entidad
Alcaldía Local de Puente Aranda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 005 DE 2016

(Marzo 31)

“Por el cual se ajustan las Obligaciones por Pagar constituidas de Gastos de Funcionamiento e Inversión y Otras Vigencias de la Alcaldía Local de Puente Aranda, para la vigencia fiscal 2016”.

EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 19 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010.

CONSIDERANDO:

Que el artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36 ) del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, determina que el Alcalde por Decreto incrementará o reducirá el monto de obligaciones por pagar al monto real, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL Que de conformidad con lo estipulado en la Circular Conjunta No.02 de septiembre 19 de 2014, _“Guía de Ejecución, Cierre Presupuestal 2015 y Programación Presupuestal 2016 de los FONDOS DE DESARROLLO LOCAL”_, en su numeral 5.4.1, “Casos de ajuste de las Obligaciones por Pagar” cada uno de los rubros de obligaciones por pagar programadas en el presupuesto se ajustará al monto real de las constituidas a 31 de diciembre de la vigencia anterior...

Que el Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda apropió en la vigencia 2015 Obligaciones por Pagar por $14.843.104.000, el cual es superior al valor de $13.431.114.669.18 correspondiente a las obligaciones constituidas a 31 de diciembre de 2015.

Que se presentan diferencias entre los valores y rubros de obligaciones por pagar determinados frente a los programados en el presupuesto de Gastos de la vigencia.

Que el Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, debe ajustar el agregado de obligaciones por pagar de Funcionamiento e Inversión.

Que la Secretaría Distrital de Planeación expidió concepto favorable al Ajuste de las Obligaciones por Pagar de Inversión, mediante comunicación 2-2016-13125 el 30 de Marzo de 2016.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Ajustar el agregado de Obligaciones por Pagar de Gastos de Funcionamiento e Inversión, en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal del 2016, conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | NOMBRE PROYECTO | REDUCIR | AUMENTAR ---|---|---|--- 3 | GASTOS | 1.896.813.792 | 484.824.461 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 171.279.632 | 10.045.364 3.1.8 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 171.279.632 | 10.045.364 3.1.8.02 | GASTOS GENERALES | 171.279.632 | 10.045.364 3.1.8.02.01 | Adquisición de Bienes | 21.193.869 | 357.929 3.1.8.02.01.02 | Gastos de Computador | | 357.929 3.1.8.02.01.03 | Combustibles Lubricantes y Llantas | 3.707.851 | 3.1.8.02.01.04 | Materiales y Suministros | 17.486.018 | 0 3.1.8.02.01.05 | Compra de Equipo | 0 | 0 3.1.8.02.02 | Adquisición de Servicios | 150.366.603 | 9.337.435 3.1.8.02.02.01 | Arrendamientos | 2.850.000 | 0 3.1.8.02.02.03 | Gastos de Transporte y Comunicación | 1.027.354 | 0 3.1.8.02.02.04 | Impresos y Publicaciones | 145.743 | 0 3.1.8.02.02.05 | Mantenimiento y Reparaciones | 141.898.976 | 0 3.1.8.02.02.05 - 0001 | Mantenimiento Entidad | 141.898.976 | 0 3.1.8.02.02.06 | Seguros | 0 | 3.757.230 3.1.8.02.02.06.0001 | Seguros Entidad | 0 | 3.757.230 3.1.8.02.02.06.0004 | Seguros de Vida Ediles | 0 | 0 3.1.8.02.02.06.0005 | Seguros de Salud Ediles | 0 | 0 CÓDIGO | NOMBRE PROYECTO | REDUCIR | AUMENTAR 3.1.8.02.02.08 | Servicios Públicos | 4.163.690 | 3.1.8.02.02.08-0001 | Energía | 263.800 | 3.1.8.02.02.08-0002 | Acueducto y Alcantarillado | 1.499.890 | 3.1.8.02.02.08-0004 | Teléfono | 2.000.000 | 3.1.8.02.02.08-0005 | Gas | 400.000 | 3.1.8.02.02.11 | Promoción Institucional | 0 | 5.580.2051 3.1.8.02.03 | Otros Gastos Generales | | 350.000 3.1.8.02.03 02 | Impuestos,Tasas,Contribuciones,Derechos y Multas | | 350.000 3.3 | INVERSIÓN | 1.725.534.160 | 474.779.097 3.3.6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 1.725.534.160 | 474.779.097 3.3.6.14 | Bogotá Humana | 1.105.909.315 | 474.779.097 3.3.6.14.01**

| Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo | 128.478.644 | 0 3.3.6.14.01.02 | Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad | 1.762.860 | 0 3.3.6.14.01.02.0859 | Fortalecer el sistema local de salud por medio de programas de promoción, prevención, campañas y divulgación en salud primaria | 1.762.860 | 0 3.3.6.14.01.03 | Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender | 2.747.814 | 0 3.3.6.14.01.03-0924 | Fortalecimiento a la educación Local | 2.747.814 | 0 3.3.6.14.01.05 | Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital | 10.180.971 | 0 3.3.6.14.01.05.0822 | Atención a personas mayores en situación de vulnerabilidad | 10.180.971 | 0 3.3.6.14.01.08 | Ejercicio de las libertades culturales y deportivas | 113.786.999 | 3.3.6.14.01.08.0917 | Puente Aranda una localidad cultural. Artística y patrimonial | 76.859.253 | 0 3.3.6.14.01.08.0920 | Puente Aranda una localidad deportiva, recreativa y saludable | 36.927.746 | 3.3.6.14.02 | Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua | 931.710.515 | 140.674.082 3.3.6.14.02.17 | Recuperación rehabilitación y restauración de la (sic) | 1.943.249 | 3.3.6.14.02.17-0910 | Guardianes ambientales y arborización | 1.943.249 | 3.3.6.14.02.19 | Movilidad Humana | 929.767.266 | 83.074.082 3.3.6.14.02.19.0926 | Construcción, adecuación, mantenimiento y dotación de parques de la localidad | | 83.074.082 3.3.6.14.02.19.1249 | Construcción, adecuación, mantenimiento de la malla vial y espacio público de la localidad | 929.767.266 | 0 3.3.6.14.02.22 | Bogotá Humana ambientalmente saludable | | 57.600.000 3.3.6.14.02.22-0862 | Educación Ambiental Local | | 57.600.000 3.3.6.14.03 | Una Bogotá que defiende y fortalece lo público | 45.720.156 | 334.105.015 3.3.6.14.03.24 | Bogotá Humana: participa y decide | | 320.000 3.3.6.14.03.24.0925 | Fortalecimiento para la participación ciudadana | | 320.000 3.3.6.14.03.27 | _Territorios de vida y paz con prevención del delito_ | 45.720.156 | 3.3.6.14.03.27-0929 | La seguridad y la convivencia un asunto de todos y todas | 45.720.156 | 3.3.6.14.03.31 | Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional | 0 | 333.785.015 3.3.6.14.03.31.0815 | Fortalecimiento a la gestión administrativa y desarrollo local | 0 | 333.785.015 3.3.6.90 | OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES | 619.624.845 | 0

Artículo 3.

(sic) El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Dado en Bogotá, a los 31 días del mes de marzo del año 2016.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

JOSÉ MARTÍN CADENA GARZÓN

Alcalde Local (E)

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5806 de abril 04 de 2016

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