Circular 020 de 2016
Circular 020 de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Circular
- Número
- 020
- Año
- 2016
- Fecha
- 9 de marzo de 2016
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 020 DE 2016
(Marzo 09) **Para:
SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS) PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, Y RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO VEEDURÍA DISTRITAL. De: SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
Asunto:
Adopción de medidas para el ahorro de energía eléctrica y agua en la Administración Distrital.** Estimados Servidores Públicos: Atendiendo que el uso racional y eficiente de la Energía ha sido declarado como un asunto de interés social, público y de conveniencia nacional, fundamental para asegurar el abastecimiento energético pleno y oportuno, de acuerdo con lo establecido en el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4449#1) de la Ley 697 de 2001.
Que la emergencia Nacional generada por el _"Fenómeno del Niño",_ ha causado un impacto directo en la variación de las condiciones medio ambientales disminuyendo las fuentes hídricas y debilitando la capacidad de generación de energía eléctrica del país. La Administración Distrital se dirige a las Entidades, Órganos y Organismos Distritales, para que se implemente y haga seguimiento, a las siguientes medidas de ahorro de energía eléctrica y agua: *Apagar los equipos de cómputo, impresoras, sistemas de aire acondicionado entre otros, cuando no se estén utilizando, en especial durante la noche y los fines de semana. *Apagar las luces de las instalaciones Distritales a partir de las 6:00 p.m., siempre que no se afecte la continuidad de las actividades que de manera necesaria deban seguirse desarrollando. *Desconectar los secadores de manos y demás aparatos de alto consumo de energía eléctrica. *Desconectar los cargadores de celulares y demás aparatos electrónicos después de usarlos. *Instalar y mantener las luminarias y bombillas de bajo consumo. *Restringir al máximo el uso de ascensores. *Instalar dispositivos ahorradores de agua en baños y cocinas. *Adoptar todas las medidas que contribuyan al ahorro de energía eléctrica y agua, viables a partir de las condiciones particulares de cada una de las entidades. El cumplimiento de esta (sic) medidas debe implementarse a partir de la fecha y dentro del menor tiempo posible, asimismo se deberán tener en cuenta a futuro dentro de la planeación de los presupuestos de funcionamiento, planes de contratación y compra de las entidades. Finalmente, se invita a formar una cultura de apropiación, autorregulación y buen uso de los bienes públicos, a difundir, aprehender, crear nuevas estrategias de ahorro, a publicar la presente directiva en los diferentes despachos públicos distritales, así como a incentivar permanentemente a los ciudadanos, comenzando desde nuestros hogares y familias, para iniciar una concientización colectiva que contribuya con el cuidado del medio ambiente, el respeto de lo público y el mejoramiento de la calidad de vida, en el anhelo de alcanzar juntos una "BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS." Cordialmente, DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria General Proyectó: Pedro Andrés Cuéllar Trujillo. Revisó: Ernesto Cadena Rojas. Aprobó: Miguel Antonio Burgos Durango.
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