Jurismart

Circular 003 de 2017

Circular 003 de 2017 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS

Tipo
Circular
Número
003
Año
2017
Fecha
30 de noviembre de 2017
Entidad
Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR CONFIS 03 DE 2017

(Noviembre 30)

PARA: ALCALDESAS Y ALCALDES LOCALES

DE: ANDRÉS ORTÍZ GÓMEZ Secretario Técnico del CONFIS

ASUNTO: Concepto previo favorable a los Proyectos de Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversión de los Fondos de Desarrollo Local para la vigencia fiscal 2018.

RADICADO: 2-2017-66313 Me permito comunicarles que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, en sesión N°20 del 30 de noviembre de 2017, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10°, literal [(f)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.f) del Decreto Distrital 714 de 1996 y el artículo [12°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#12) del Decreto Distrital 372 de 2010, emitió concepto favorable sobre los Proyectos de Presupuesto de Ingresos y Gastos de los 20 Fondos de Desarrollo Local para la vigencia fiscal del año 2018, conforme al siguiente detalle: FONDOS DE DESARROLLO LOCAL

Ingresos - 2018 | FDL | Disponibilidad inicial | Ingresos Corrientes | Transferencias | Recursos de Capital | Total Ingresos ---|---|---|---|---|--- Usaquén | 43.536.528.000 | 972.000 | 40.055.509.000 | 17.366.000 | 83.610.375.000 Chapinero | 18.994.468.000 | 490.652.000 | 17.919.848.000 | 144.695.000 | 37.549.663.000 Santa Fe | 26.905.353.000 | 35.440.000 | 27.725.371.000 | 1.732.282.000 | 56.398.446.000 San Cristóbal | 56.761.152.000 | 80.200.000 | 68.636.516.000 | 75.000.000 | 125.552.868.000 Usme | 89.435.501.000 | 0 | 65.398.010.000 | 0 | 154.833.511.000 Tunjuelito | 28.369.000.000 | 6.000.000 | 28.794.967.000 | 21.941.000.000 | 79.110.967.000 Bosa | 89.621.359.000 | 123.000.000 | 81.601.917.000 | 156.885.000 | 171.503.161.000 Kennedy | 121.612.157.000 | 149.500.000 | 95.759.330.000 | 150.000.000 | 217.670.987.000 Fontibón | 33.406.122.000 | 121.200.000 | 31.525.976.000 | 5.000.000 | 65.058.298.000 Engativá | 58.938.853.000 | 60.110.000 | 58.151.610.000 | 0 | 117.150.573.000 Suba | 78.936.000.000 | 108.124.000 | 81.042.728.000 | 138.228.000 | 160.225.080.000 Barrios Unidos | 22.347.863.000 | 196.000.000 | 24.080.758.000 | 11.500.000 | 46.636.121.000 Teusaquillo | 32.279.103.000 | 300.000.000 | 15.500.342.000 | 0 | 48.079.445.000 Los Mártires | 18.392.575.000 | 159.000.000 | 18.265.162.000 | 2.500.000 | 36.819.237.000 Antonio Nariño | 23.522.074.000 | 196.298.000 | 16.724.061.000 | 16.104.000 | 40.458.537.000 Puente Aranda | 28.605.801.000 | 305.000.000 | 28.859.001.000 | 36.500.000 | 57.806.302.000 La Candelaria | 12.850.122.000 | 116.400.000 | 12.301.133.000 | 20.800.000 | 25.288.455.000 Rafael Uribe Uribe | 56.896.135.000 | 367.604.000 | 59.888.944.000 | 3.341.571.000 | 120.494.254.000 Ciudad Bolívar | 158.941.022.000 | 97.653.000 | 107.784.415.000 | 432.640.000 | 267.255.730.000 Sumapaz | 25.795.579.000 | 0 | 34.667.149.000 | 0 | 60.462.728.000 TOTAL | 1.026.146.767.000 | 2.913.153.000 | 914.682.747.000 | 28.222.071.000 | 1.971.964.738.000 Fuente: Secretaría Distrital de Hacienda y FDL *Recursos de capital diferentes a excedentes

INGRESOS

1.1 Disponibilidad Inicial

Se estiman recursos disponibles en Tesorería a 31 de diciembre por un monto de $1.026 mil millones, para financiar las obligaciones por pagar de años anteriores al 2017 y las que se proyectan constituir al cierre de la vigencia fiscal 2017.

1.2 Ingresos Corrientes

Los ingresos corrientes se programan en $3 mil millones y en la mayoría de los F.D.L corresponden al cobro de las multas diferentes a las de aplicación del Código Nacional de Policía y Convivencia y especialmente por invasión del espacio público.

1.3 Recursos de Capital

En el agregado se programa el valor de $28 mil millones. Incluye recursos por:

\- $27 mil millones de procesos de contratación en curso:

$22 mil millones del FDL de Tunjuelito para la construcción de la sede de la alcaldía local e interventoría de la misma, toda vez no se ha podido contratar este presupuesto por cuanto las licencias de construcción han estado demoradas.

$1.7 mil millones del FDL de Santa Fe, para la contratación de los diseños de la Sede Administrativa Local.

3.3 mil millones del FDL de Rafael Uribe Uribe, para la adecuación de predios para obras de mitigación y su interventoría por $2,5 mil millones, para Deporte, arte y cultura mejor para todos, implementación y fortalecimiento de escuelas de formación deportiva y actividades físicas y recreativas dirigidas a personas mayores de la localidad por $0.8 mil millones.

\- $1 mil millones correspondientes a rendimientos financieros.

1.4 Transferencias

Conforme con lo establecido en el artículo [89](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#89) del Decreto Ley 1421 de 1993, la Transferencia corresponde al 10% de los Ingresos Corrientes de la Administración Central, distribuida de acuerdo con el Plan Financiero de la Administración Central y los Establecimientos Públicos 2018 aprobado por el CONFIS en sesión No.16 del 29 de septiembre de 2017, la aprobación del Anteproyecto de Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá D.C. 2018 en sesión CONFIS N° 18 del 20 de octubre de 2017 y a los índices de distribución[1] comunicados a este Despacho por parte de la Secretaría Distrital de Planeación mediante oficio 2-2016-33682 del 27 de julio de 2016.

En tal sentido, para la vigencia 2018 la transferencia asciende a $915 mil millones, de los cuales $827 mil millones corresponden al cálculo de proyección del 2018 y $88 mil millones por reaforo, por mayor recaudo de los Ingresos Corrientes de la Administración Central de la vigencia anterior 2016.

2. GASTOS

FONDOS DE DESARROLLO LOCAL

Gastos – 2018

FDL | Funcionamiento | Inversión | Total Gastos ---|---|---|--- Usaquén | 2.926.727.000 | 80.683.648.000 | 83.610.375.000 Chapinero | 2.543.621.000 | 35.006.042.000 | 37.549.663.000 Santa Fe | 1.493.292.000 | 54.905.154.000 | 56.398.446.000 San Cristóbal | 2.560.831.000 | 122.992.037.000 | 125.552.868.000 Usme | 1.781.944.000 | 153.051.567.000 | 154.833.511.000 Tunjuelito | 2.270.135.000 | 76.840.832.000 | 79.110.967.000 Bosa | 1.395.620.000 | 170.107.541.000 | 171.503.161.000 Kennedy | 2.689.762.000 | 214.981.225.000 | 217.670.987.000 Fontibón | 4.454.387.000 | 60.603.911.000 | 65.058.298.000 Engativá | 3.694.196.000 | 113.456.377.000 | 117.150.573.000 Suba | 4.302.000.000 | 155.923.080.000 | 160.225.080.000 Barrios Unidos | 2.290.267.000 | 44.345.854.000 | 46.636.121.000 Teusaquillo | 2.343.352.000 | 45.736.093.000 | 48.079.445.000 Los Mártires | 3.037.034.000 | 33.782.203.000 | 36.819.237.000 Antonio Nariño | 1.186.495.000 | 39.272.042.000 | 40.458.537.000 Puente Aranda | 1.917.505.000 | 55.888.797.000 | 57.806.302.000 La Candelaria | 2.341.506.000 | 22.946.949.000 | 25.288.455.000 Rafael Uribe Uribe | 2.501.200.000 | 117.993.054.000 | 120.494.254.000 Ciudad Bolívar | 1.760.683.000 | 265.495.047.000 | 267.255.730.000 Sumapaz | 2.126.064.000 | 58.336.664.000 | 60.462.728.000 TOTAL | 49.616.621.000 | 1.922.348.117.000 | 1.971.964.738.000 Fuente: Secretaría Distrital de Hacienda y FDL

2.1 Funcionamiento

Gastos Generales

Se estiman en Gastos Generales $31 mil millones, con los cuales se atenderá el normal funcionamiento de los FDL.

Obligaciones por Pagar

A partir de la vigencia 2011, en virtud del Decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) de 2010, se refleja la constitución de obligaciones por pagar de gastos de funcionamiento-gastos generales, según la estructura presupuestal de los F.D.L. Se estima constituir el valor de $19 mil millones.

2.2 Inversión

Se programa un monto de $914 mil millones en Inversión Directa. En el 2017 asciende a $874 mil millones, lo que representa un aumento del 5% y su distribución es tal como se presenta en el Plan Operativo Anual de Inversión - SEGPLAN.

En virtud de las Directiva [005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65645) y [013](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69216) de 2016, Líneas de Inversión Local para la formulación de los Planes Locales de Desarrollo 2017-2020 y modificatorios, se presenta la matriz consolidada de inversión, teniendo en cuenta los siguientes criterios en su distribución:

\- 85% en inversión en temas estratégicos del Plan de Desarrollo Local. En casos de excepcionalidad puede variar el porcentaje cuando se destinen recursos para proyectos estratégicos, subsidio tipo C y salones comunales.

\- 15% aplicación para otras inversiones del Plan.

El concepto previo y favorable se emite con base en los documentos enviados por cada Alcaldía Local, la recomendación emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, la revisión de la Secretaría Distrital de Planeación – Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local y las orientaciones que sobre la inversión local definió el CONFIS. En especial el CONFIS recomienda que con el fin de lograr un alto nivel de ejecución presupuestal de los fondos de desarrollo local durante el primer semestre, se debe fortalecer la coordinación técnica y operativa con el nivel central, en particular lo destinado a malla vial y espacio público y peatonal. Por lo tanto, el Proyecto de Presupuesto que se presente a la respectiva Junta Administradora Local (JAL) deberá soportarse en la misma información sobre la cual el CONFIS emitió concepto favorable.

En este sentido, el CONFIS recomienda mantener las prioridades definidas en el marco del Plan de Desarrollo Distrital Bogotá Mejor Para Todos, la Directiva [005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65645) de 2016 y el alcance a la Directiva [013](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69216) de 2016.

El proceso de presentación, discusión y aprobación que se surte ante las JAL, deberá hacerse en el marco de las normas y disposiciones vigentes. La observancia de los procedimientos legales y presupuestales a los que haya lugar son responsabilidad y competencia exclusiva de las correspondientes autoridades locales. Se anexa el cuadro de prioridades de inversión analizadas por el CONFIS, con la inversión detallada por cada localidad (anexo 1).

ANDRÉS ORTIZ GÓMEZ

Secretario Técnico

Aprobó: María Alejandra Botiva León - Subsecretaria de Planeación de la Inversión - Secretaría Distrital de Planeación.

Revisó: Carlos Alberto Olaya Rueda - Director de CONFIS - Secretaría Distrital de Planeación.

Nota: ver anexos y norma original en Anexos

NOTAS DE PIE DE PAGINA:

* * * [1] Articulo 89. Participación en el Presupuesto Distrital, Decreto Ley 1421 de 1993.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar