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Decreto Local 012 de 2017

Decreto Local 012 de 2017 Alcaldía Local de Suba

Tipo
Decreto Local
Número
012
Año
2017
Fecha
26 de diciembre de 2017
Entidad
Alcaldía Local de Suba
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 012 DE 2017 ( Diciembre 26) _Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto Anual de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017_ EL ALCALDE LOCAL DE SUBA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que una vez revisada la ejecución del Presupuesto de la Localidad de Suba con corte a 30 de Noviembre de 2017 y atendiendo el estado de contratación en Gastos de Funcionamiento, el rubro de Obligaciones por Pagar Mantenimiento Entidad, cuenta con saldos disponibles liberados mediante Acta de Liberación No. 001 expedida por la Localidad el 15 de junio de 2017.

Que la Circular 009 del 22 de marzo de 2011 emitida por la Secretaria Distrital de Hacienda y la Secretaría Distrital de Gobierno, en el parágrafo cuarto del numeral 1.1, en cuanto a los recursos liberados de obligaciones por pagar, establece que: “…, los recursos liberados podrán ser destinados a la financiación de los proyectos de inversión del Plan Operativo Anual de Inversiones –POAI-…”. y la Alcaldía Local de Suba durante la presente vigencia fiscal en el proceso de seguimiento y depuración de las Obligaciones por Pagar ha liberado saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Suba, según Actas de liberación y fenecimiento de saldos Números 1, 2, 3, y 4 del 15 de Junio, 30 de Agosto y 28 de Septiembre de 2017, liberó saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Suba.

Que según Acta No. 001 del 15 de Junio de 2017, se liberarón por depuración de Obligaciones por Pagar $9.968.006.oo, del rubro presupuestal 3.1.8.02.02.05.001 Mantenimiento Entidad.

Que en el rubro Seguro de Salud Ediles se verifica la falta de recursos para dar cumplimiento a la legalización en el cubrimiento del pago de salud de los Ediles de la Localidad de Suba, correspondiente al mes de Diciembre de 2017.

Que en el rubro Aseo se verifica la falta de recursos para dar cumplimiento al pago por éste servicio durante el mes de Diciembre de 2017.

Que para el presente traslado se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1041 del 18 de Diciembre de 2017.

Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.”.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, según Radicado No. 2017EE305224 del 22 de Diciembre de 2017, emitió concepto favorable sobre éste traslado presupuestal al interior de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Suba, por valor de $ 8.739.000.oo. En mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo Primero: Efectúense el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle: | RUBRO | NOMBRE DEL RUBRO | CONTRACREDITOS ---|---|--- 3 | GASTOS | 8.739.000 3-1 | FUNCIONAMIENTO | 8.739.000 3-1-8 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 8.739.000 3-1-8-02 | GASTOS GENERALES | 8.739.000 3-1-8-02-02 | Adquisición de Servicios | 8.739.000 3.1.8.02.02.05 | Mantenimiento y Reparaciones | 8.739.000 3.1.8.02.02.05.0001 | Mantenimiento Entidad | 8.739.000

Artículo Segundo: Efectúense el siguiente crédito al Presupuesto anual de inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle:

RUBRO | NOMBRE DEL RUBRO | CRÉDITOS ---|---|--- 3 | GASTOS | 3.1 | FUNCIONAMIENTO | 8.739.000 3.1.2 | GASTOS GENERALES | 8.739.000 3.1.2.02 | Adquisición de Servicios | 8.739.000 3.1.2.02.06 | Seguros | 7.739.000 3.1.2.02.06.05 | Seguros de Salud Ediles | 7.739.000 3.1.2.02.08 | Servicios Públicos | 1000.000 3.1.2.02.08.03 | Aseo | 1.000.000 Artículo Tercero: El presente Decreto rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73545).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de Diciembre de 2017.

DIEGO ALEJANDRO RIOS BARRERO

Alcalde Local de Suba (E.)

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