Decreto Local 005 de 2017
Decreto Local 005 de 2017 Alcaldía Local de Sumapaz
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 005
- Año
- 2017
- Fecha
- 18 de diciembre de 2017
- Entidad
- Alcaldía Local de Sumapaz
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 005 DE 2017 (Diciembre 18) _Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Sumapaz para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2018._
LA ALCALDESA LOCAL DE SUMAPAZ En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 19 del Decreto 372 de 2010.
CONSIDERANDO:
Que la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para la vigencia fiscal de 2.018 mediante Acuerdo No. [02](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73523#0) de 15 de diciembre de 2017, el cual fue debidamente sancionado por la Alcaldesa local.
Que en virtud de lo establecido en el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#19) del Decreto 372 de 2010, la Alcaldesa debe liquidar el presupuesto anual de ingresos y gastos a nivel de programas y proyectos. Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1.
Fijar el Presupuesto Anual Rentas de Ingresos de la Alcaldía Local de Sumapaz para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, por la cuantía de SESENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/cte ($60.462.727.367,00), conforme al siguiente detalle: DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS | CÓDIGO | CONCEPTO | PRESUPUESTO VALOR ---|---|--- 1 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 25.795.578.367 2 | INGRESOS | 34.667.149.000 2.2 | TRANSFERENCIAS | 34.667.149.000 2.2.4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 34.667.149.000 2.2.4.05 | Participación Ingresos Corrientes del Distrito | 34.667.149.000 2.2.4.05.01 | Vigencia | 34.667.149.000 | TOTAL INGRESOS MAS DISPONIBILIDAD INICIAL | 60.462.727.367**
Artículo 2.
Fijar el Presupuesto Anual de los Gastos e Inversión para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2016, por la suma de **SESENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS MONEDA CORRIENTE ($60.462.727.367,00), conforme al siguiente detalle:
DISTRIBUCIÓN DE GASTOS
CÓDIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 1 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 25.795.579.000 2 | INGRESOS | 34.667.149.000 2.2 | TRANSFERENCIAS | 34.667.149.000 2.2.4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 34.667.149.000 2.2.4.05 | Participación Ingresos Corrientes del Distrito | 34.667.149.000 2.2.4.05.01 | Vigencia | 34.667.149.000 3 | GASTOS | 60.462.728.000 3-1- | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 2.126.064.000 3-1-2 | GASTOS GENERALES | 1.535.000.000 3-1-2-01 | Adquisición de bienes | 337.356.000 3-1-2-01-02 | Gastos de computador | 30.000.000 3-1-2-01-03 | Combustibles Lubricantes y Llantas | 128.100.000 3-1-2-01-04 | Materiales y Suministros | 20.000.000 3-1-2-01-05 | Compra Equipo | 159.256.000 3-1-2-02 | Adquisición de servicios | 1.197.644.000 3-1-2-02-01 | Arrendamientos | 269.998.024 3-1-2-02-03 | Gastos de Transporte y Comunicaciones | 91.200.000 3-1-2-02-04 | Impresos y Publicaciones | 21.000.000 3-1-2-02-05 | Mantenimiento y Reparaciones | 313.334.085 3-1-2-02-05-01 | Mantenimiento Entidad | 313.334.085 3-1-2-02-06 | Seguros | 321.475.140 3-1-2-02-06-01 | Seguros entidad | 232.155.000 3-1-2-02-06-01 | Seguros vida ediles | 14.994.000 3-1-2-02-06-05 | Seguros de Salud Ediles | 74.326.140 3-1-2-02-08 | Servicios públicos | 40.986.751 3-1-2-02-08-01 | Energía | 15.000.000 3-1-2-02-08-02 | Acueducto y alcantarillado | 5.736.751 3-1-2-02-08-03 | Aseo | 4.000.000 3-1-2-02-08-04 | Teléfono | 15.750.000 3-1-2-02-08-05 | Gas | 500.000 3-1-2-02-11 | Promoción Institucional | 108.150.000 3-1-2-02-17 | Información | 31.500.000 3-1-8 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 591.064.000 3-1-8-02 | GASTOS GENERALES | 591.064.000 3-1-8-02-01 | Adquisición de bienes | 63.364.000 3-1-8-02-01-02 | Gastos de computador | 0 3-1-8-02-01-03 | Combustibles Lubricantes y Llantas | 48.374.000 3-1-8-02-01-04 | Materiales y Suministros | 14.990.000 3-1-8-02-01-05 | Compra Equipo | 0 3-1-8-02-02 | Adquisición de servicios | 527.700.000 3-1-8-02-02-01 | Arrendamientos | 64.761.000 3-1-8-02-02-03 | Gastos de Transporte y Comunicaciones | 25.143.000 3-1-8-02-02-04 | Impresos y Publicaciones | 20.000.000 3-1-8-02-02-05 | Mantenimiento y Reparaciones | 78.599.248 3-1-8-02-02-05-0001 | Mantenimiento Entidad | 78.599.248 3-1-8-02-02-06 | Seguros | 216.620.752 3-1-8-02-02-06-0001 | Seguros entidad | 215.653.684 3-1-8-02-02-06-0004 | Seguros vida ediles | 967.068 3-1-8-02-02-06-0003 | Seguros de Salud Ediles | 0 3-1-8-02-02-11 | Promoción Institucional | 88.256.000 3-1-8-02-02-17 | Información | 34.320.000 3-3 | INVERSION | 58.336.664.000 3-3-1 | DIRECTA | 33.132.149.000 3-3-1-15 | BOGOTA MEJOR PARA TODOS | 33.132.149.000 | Eje estratégico / Programa / Proyecto Prioritario | 3-3-1-15-01 | Pilar: Igualdad de Calidad de Vida | 3.784.800.000 3-3-1-15-01-02 | Desarrollo integral desde la gestación hasta adolescencia | 0 3-3-1-15-01-02-1331 | Dotaciones pedagógicas para la primera infancia: niñas y niños más felices. | 0 3-3-1-15-01-03 | Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente | 522.400.000 3-3-1-15-01-03-1334 | Apoyo económico para persona mayor | 522.400.000 3-3-1-15-01-04 | Familias protegidas y adaptadas al cambio climático | 1.000.000.000 3-3-1-15-01-04-1340 | Prevención de riesgos y acciones de mitigación | 1.000.000.000 3-3-1-15-01-06 | Calidad educativa para todos | 56.400.000 3-3-1-15-01-06-1349 | Dotaciones didácticas y pedagógicas para mejores colegios. | 56.400.000 3-3-1-15-01-11 | Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte | 2.206.000.000 3-3-1-15-01-11-1353 | Acciones para la promoción de la cultura, la recreación y el deporte | 2.206.000.000 3-3-1-15-02 | Pilar: Democracia Urbana | 22.760.549.000 3-3-1-15-02-17 | Espacio público, derecho de todos | 100.000.000 3-3-1-15-02-17-1358 | Parques para todos y todas | 100.000.000 3-3-1-15-02-18 | Mejor movilidad para todos | 22.660.549.000 3-3-1-15-02-18-1364 | Movilidad para todos y todas | 22.660.549.000 3-3-1-15-03 | Pilar: Construcción de Comunidad | 400.000.000 3-3-1-15-03-19 | Seguridad y convivencia para todos | 400.000.000 3-3-1-15-03-19-1366 | Seguridad y convivencia por una localidad en paz. | 400.000.000 3-3-1-15-05 | EJE TRANSVERSAL: DESARROLLO ECONÓMICO BASADO EN EL CONOCIMIENTO | 666.400.000 3-3-1-15-05-36 | Bogotá, una ciudad digital | 666.400.000 3-3-1-15-05-36-1368 | Sumapaz digital | 666.400.000 3-3-1-15-06 | Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética | 1.707.400.000 3-3-1-15-06-38 | Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal | 246.400.000 3-3-1-15-06-38-1379 | Ecosistemas protegidos y producciones campesinas ambientalmente sostenibles | 246.400.000 3-3-1-15-06-41 | Desarrollo rural sostenible | 1.461.000.000 3-3-1-15-06-41-1356 | Mejores condiciones para el acceso al agua potable | 469.600.000 3-3-1-15-06-41-1382 | Ecosistemas protegidos y producciones campesinas ambientalmente sostenibles | 991.400.000 3-3-1-15-07 | Eje Transversal: Gobierno Legítimo y Eficiente | 3.813.000.000 3-3-1-15-07-45 | Gobernanza e influencia local y regional | 3.813.000.000 3-3-1-15-07-45-1375 | Gobierno Local fortalecido, transparente | 3.313.000.000 3-3-1-15-07-45-1377 | Fortalecimiento de la participación y el control social | 500.000.000 3-3-6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 25.204.515.000 3-3-6-15 | BOGOTA MEJOR PARA TODOS | 22.903.941.601 3-3-6-15-01 | Pilar: Igualdad de Calidad de Vida | 1.519.593.264 3-3-6-15-01-02 | Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia | 34.444.817 3-3-6-15-01-02-1331 | Dotaciones pedagógicas para la primera infancia: niñas y niños más felices. | 34.444.817 3-3-6-15-01-03 | Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente | 40.347.175 3-3-6-15-01-03-1334 | Mejores oportunidades para la población vulnerable | 40.347.175 3-3-6-15-01-04 | Familias protegidas y adaptadas al cambio climático | 620.495.110 3-3-6-15-01-04-1340 | Prevención de riesgos y acciones de mitigación | 620.495.110 3-3-6-15-01-06 | Calidad educativa para todos | 72.959.397 3-3-6-15-01-06-1349 | Dotaciones didácticas y pedagógicas para mejores colegios. | 72.959.397 3-3-6-15-01-11 | Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte | 751.346.765 3-3-6-15-01-11-1353 | Acciones para la promoción de la cultura, la recreación y el deporte | 751.346.765 3-3-6-15-02 | Pilar: Democracia Urbana | 18.659.091.477 3-3-6-15-02-17 | Espacio público, derecho de todos | 130.000.000 3-3-6-15-02-17-1358 | Parques para todos y todas | 130.000.000 3-3-6-15-02-18 | Mejor movilidad para todos | 18.529.091.477 3-3-1-15-02-18-1364 | Movilidad para todos y todas | 18.529.091.477 3-3-6-15-03 | Pilar: Construcción de Comunidad y cultura ciudadanía | 359.453.000 3-3-6-15-03-19 | Seguridad y convivencia para todos | 359.453.000 3-3-6-15-03-19-1366 | Seguridad y convivencia por una localidad en paz. | 359.453.000 3-3-6-15-05 | EJE TRANSVERSAL: DESARROLLO ECONÓMICO BASADO EN EL CONOCIMIENTO | 571.574.694 3-3-6-15-05-36 | Bogotá, una ciudad digital | 571.574.694 3-3-6-15-05-36-1368 | Sumapaz digital | 571.574.694 3-3-6-15-06 | EJE TRANVERSAL SOSTENIBLE AMBIENTAL BASADA EN LA EFICIENCIA ENERGÉTICA | 906.132.810 3-3-6-15-06-38 | Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal | 428.993.000 3-3-6-15-06-38-1379 | Ecosistemas protegidos y producciones campesinas ambientalmente sostenibles | 428.993.000 3-3-6-15-06-41 | Desarrollo rural sostenible | 477.139.810 3-3-6-15-06-41-1356 | Mejores condiciones para el acceso al agua potable | 0 3-3-6-15-06-41-1382 | Desarrollo rural sostenible | 477.139.810 3-3-6-15-07 | Eje Transversal: Gobierno Legítimo y Eficiente | 888.096.356 3-3-6-15-07-45 | Gobernanza e influencia local y regional | 888.096.356 3-3-6-15-07-45-1375 | Gobierno Local fortalecido, transparente | 141.309.052 3-3-6-15-07-45-1377 | Fortalecimiento de la participación y el control social | 746.787.304 3-3-6-90 | OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES | 2.300.573.399
Artículo 3.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73443#0) y surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de 2.018.
Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de diciembre del año 2017.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
FRANCY LILIANA MURCIA DÍAZ
Alcaldesa Local de Sumapaz
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