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Resolución 557 de 2017

Resolución 557 de 2017 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
557
Año
2017
Fecha
27 de noviembre de 2017
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 557 DE 2017 ( Noviembre 27) _Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2017_ EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital[638](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65635)de 2016 y el Decreto Distrital[714](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693)de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo Distrital No. [657](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67722) de 2016 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictaron otras disposiciones.

Que mediante el Decreto Distrital No. [627](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67780) del 26 de diciembre de 2016, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictaron otras disposiciones.

Que de acuerdo al principio de especialización consagrado en el literal [g)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#13.L.g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047) de 1995 y Acuerdo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2051) de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que _“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones”._ Que el artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3135#1) del Decreto Distrital No. 396 de 1996 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047) de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital, establece que: _“Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ _Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital"._ Que mediante comunicaciones con radicados Nos.: 3-2017-24130 y 3-2017-25358 del 26 de octubre y 8 de noviembre de 2017, respectivamente, la Directora de Talento Humano de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., remitió a la Subdirección Financiera de la Entidad, requerimiento sustentado de adición de recursos para el rubro presupuestar 3-1- 1-01-21 "Vacaciones en Dinero", con la finalidad de respaldar el pago de prestaciones sociales de exfuncionarios de la Entidad.

Que mediante comunicación No. 2017EE289180 del 23 de noviembre de 2017 la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2017, por valor de Seis millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil quinientos cincuenta y dos pesos m/cte ($6.464.552), así: | CÓDIGO PRESUPUESTAL | CONCEPTO | CONTRACRÉDITO | CRÉDITO ---|---|---|--- Valor | Valor 3 | GASTOS | 6.464.552 | 6.464.552 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 6.464.552 | 6.464.552 3-1-1 | SERVICIOS PERSONALES | 6.464.552 | 6.464.552 3-1-1-01 | Servicios Personales Asociados a la Nómina | 6.464.552 | 6.464.552 3-1-1-01-15 | Prima Técnica | 6.464.552 | 3-1-1-01-21 | Vacaciones en Dinero | | 6.464.552 TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL | 6.464.552 | 6.464.552

Artículo 2°.

Mediante la Subdirección de Servicios Administrativos, remítase copia de la presente Resolución a la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Así como a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 3°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQÚESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

Secretario General

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