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Decreto Local 011 de 2017

Decreto Local 011 de 2017 Alcaldía Local de Usaquén

Tipo
Decreto Local
Número
011
Año
2017
Fecha
19 de diciembre de 2017
Entidad
Alcaldía Local de Usaquén
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 011 DE 2017

(Diciembre 19)

LA ALCALDESA LOCAL DE USAQUÉN

En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial la que le confiere el Decreto 372 de 2010.

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 1421 de 1993, Estatuto Orgánico de Bogotá, define en su artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#5) a los alcaldes locales como autoridades del Distrito Capital, asignándoles la gestión de los asuntos propios de su territorio, de conformidad con el artículo [61](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#61) ibídem, y les atribuye entre otras funciones del artículo 86 las de su numeral [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#86.13) “Ejercer las demás funciones que les asignen la Constitución, la Ley, los acuerdos distritales y los decretos del alcalde mayor.”

Que el mismo Decreto Ley 1421 de 1993, Estatuto Orgánico de Bogotá, consagra en su artículo [76](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#76) la facultad del Alcalde Local de presentar proyectos de acuerdo, así como la posibilidad de apelar las decisiones de la Junta Administradora Local, así “Todo proyecto de acuerdo local debe referirse a una misma materia y serán inadmisibles las disposiciones o modificaciones que no se relacionen con ella. La presidencia de la junta rechazará las iniciativas que no se avengan con este precepto, pero sus decisiones serán apelables ante la corporación.”

Que el Acuerdo Local [006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63408#0) de 2015, “Por medio del cual se modifica el acuerdo local Nº. [005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27531#0) de 2007, Reglamento Interno de la Junta Administradora Local de Usaquén” en sus artículos [64](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63408#64) y [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63408#65) recoge lo establecido por el Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#0) de 1993 para la presentación de Proyectos por parte del Alcalde Local.

Que el Decreto [714](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#0) de 1996 que compiló los Acuerdos [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047#0) de 1995 y Acuerdo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2051#0) de 1996, conformando el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, consagra en el literal [f)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.f) del artículo 10, la función a cargo del CONFIS de emitir concepto previo favorable sobre los proyectos de Presupuesto de Ingresos y Gastos de los Fondos de Desarrollo Local.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación Nº 2017EE275593 del día 30 de Octubre de 2017, comunicó la cuota de asignación por un monto de $40.073.847.000 para la vigencia 2018.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS- en sesión No. 20 del 30 de Noviembre de 2017, emitió concepto previo favorable al proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, el cual asciende a la suma de Ochenta y tres mil seiscientos diez millones trescientos setenta y cuatro mil pesos ($83.610.374.000) pesos M/CTE., para la vigencia fiscal 2018.

Que la Alcaldesa Local de Usaquén radicó en la Junta Administradora Local Proyecto de Acuerdo de Presupuesto 2018 dentro del término legal establecido para el efecto, siendo devuelto por la Presidencia de la corporación el 6 de diciembre de 2017, por no cumplir con requisitos de forma del decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#0) de 2010, decisión que fue objeto del recurso de apelación por parte de la Alcaldía Local, argumentando que el proyecto cumplía con la unidad de materia exigida por la ley, y que fue rechazado por la JAL, tal como consta en radicado 20175110250192 en la que se comunica a la Alcaldía Local de Usaquén que “Sin embargo se le dio trámite a la votación de la apelación que dio como resultado 5 votos a favor y 5 en contra razón por la cual se declara negada la apelación toda vez que no alcanzó el 75% de votos necesarios para ser aprobada conforme al artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63408#65) del acuerdo local 006 de 2015 reglamento interno de la JAL de Usaquén.”

Que el Decreto 372 de 2010, que reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local, faculta a los Alcaldes Locales a presentar el Proyecto de Presupuesto a nivel de agregados a la JAL, dentro de los tres primeros días de las sesiones ordinarias de diciembre, así como también a expedirlo directamente mediante Decreto tal como lo consagra en su artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#17) ”La JAL deberá expedir el Presupuesto Anual del respectivo F.D.L., antes de la media noche del 15 de diciembre; si no lo hace regirá el proyecto presentado por el Alcalde Local, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas durante los debates. En dicho caso, el Alcalde Local deberá expedirlo mediante Decreto a nivel de agregados y luego liquidarlo mediante Decreto a nivel de programas y proyectos.”

DECRETA:

Artículo 1.

Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de Ochenta y tres mil seiscientos diez millones trescientos setenta y cuatro mil ($83.610.374.000) PESOS MC/TE., conforme al siguiente detalle: | | CLASIFICACIÓN | VALOR ---|---|--- 1 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 43.536.527.000 2 | INGRESOS | 40.073.847.000 2-1 | INGRESOS CORRIENTES | 972.000 2-2 | TRANSFERENCIAS | 40.055.509.000 TOTAL | INGRESOS+ DISPONIBILIDAD INICIAL | 83.610.374.000**

Artículo 2.

Fíjense los cómputos del presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, para la vigencia fiscal de enero 1º de diciembre 31 de 2018, por la suma de Ochenta y tres mil seiscientos diez millones trescientos setenta y cuatro mil ($83.610.374.000) PESOS MC/TE., conforme al siguiente detalle:

| CLASIFICACIÓN | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | 83.610.374.000 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 2.926.726.614 3-3 | INVERSIÓN | 80.683.647.386 4 | DISPONIBILIDAD FINAL | 0 TOTAL | GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | 83.610.374.000

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá D.C., a los 19 días del mes de diciembre del año 2017.

MAYDA VELÁSQUEZ RUEDA

Alcaldesa Local de Usaquén

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