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Decreto Local 009 de 2017

Decreto Local 009 de 2017 Alcaldía Local de Fontibón

Tipo
Decreto Local
Número
009
Año
2017
Fecha
18 de diciembre de 2017
Entidad
Alcaldía Local de Fontibón
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 009 DE 2017

(Diciembre 18)

_Por el cual se sanciona el Acuerdo Local[020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73483)de 2017_

LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren los numerales 1, 3 y 4 del artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Administradora Local de Fontibón mediante oficio No. 796/2017 bajo el radicado 2017591015257-2 del 15 de diciembre de 2017, remite el Acuerdo Local No. [020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73483) de 2017 _“Por cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018”_, a efectos que este Despacho lo sancione o formule las objeciones pertinentes.

Que el artículo [81](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#81) del Decreto Ley 1421 de 1993 indica que una vez aprobado en segundo debate el proyecto de acuerdo, pasará al Alcalde Local para su sanción.

Que una vez revisado el Acuerdo Local [020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73483) del 15 de diciembre de 2017, se concluye que éste cumple con los requisitos de ley, no es inconveniente ni ilegal, por lo que es procedente su sanción, ya que se surtió el procedimiento fijado para tal efecto.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, la Alcaldesa Local de Fontibón:

DECRETA:

Artículo primero.

Sancionar el Acuerdo Local No. [020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73483) del 15 de diciembre de 2017.

Artículo segundo.

Remitir el Acuerdo Local No. [020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73483), debidamente sancionado a la Junta Administradora Local, a la Oficina Jurídica de la Secretaría Distrital de Gobierno para lo de su competencia y a la Imprenta Distrital para su publicación.

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73443). **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de diciembre del año 2017.

JOHANNA PAOLA BOCANEGRA OLAYA

Alcaldesa Local de Fontibón

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