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Decreto Local 012 de 2017

Decreto Local 012 de 2017 Alcaldía Local de La Candelaria

Tipo
Decreto Local
Número
012
Año
2017
Fecha
1 de diciembre de 2017
Entidad
Alcaldía Local de La Candelaria
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 012 DE 2017

( Diciembre 1)

_Por el cual se efectúa un traslado presupuestal entre rubros de inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal de 2017_ EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 1 del Artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde al Alcalde Local decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mismos agregados.

Que de acuerdo con el oficio 20176720013633 de 10 de noviembre de 2017, emitido por el Alcalde Local de La Candelaria, se solicita Certificados de Disponibilidad Presupuestal para efectuar un traslado entre rubros de inversión de la presente vigencia.

Que mediante radicado 2-2017-64756 de 24 de noviembre de 2017, la Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local de la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable sobre el traslado presupuestal al interior de la Inversión Directa del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria.

Que mediante radicado 2017EE293278 de 01 de diciembre de 2017, la Dirección Distrital de Presupuesto \- DDP emitió concepto favorable sobre el traslado presupuestal al interior de la Inversión Directa del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria.

Que para efectuar este traslado se expidieron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 515, 516, 517, 518, 519, 520 y 521 de 2017.

Que en mérito de lo expuesto anteriormente,

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese un contracrédito en el presupuesto de Inversión para la vigencia de 2017, de acuerdo con el siguiente detalle: | CÓDIGO | NOMBRE | MODIFICACION PRESUPUESTAL ---|---|--- 3 | GASTOS | 1.044.995.360 3-3 | INVERSIÓN | 1.044.995.360 3-3-1 | Inversión directa | 794.615.115 3-3-1-15 | Plan de desarrollo "Bogotá Mejor para Todos" | 794.615.115 3-3-1-15-01 | Pilar Igualdad de calidad de vida | 794.615.115 3-3-1-15-01-03 | Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente |

3-3-1-15-01-03-1386 | Subsidio bono tipo C | 27.000.000 3-3-1-15-02 | Pilar Democracia urbana | 3-3-1-15-02-17 | Espacio público, derecho de todos | 3-3-1-15-02-17-1390 | Parques mejores para todos | 693.615.115 3-3-1-15-03 | Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana | ---|---|--- 3-3-1-15-05 | Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento | 3-3-1-15-05-37 | Consolidar el turismo como factor de desarrollo, confianza y felicidad para Bogotá Región | 3-3-1-15-05-37-1394 | Candelaria turística mejor para todos | 74.000.000 3-3-6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 250.380.245 3-3-6-14 | Plan de desarrollo "Bogotá Humana" | 139.600.860 3-3-6-14-01 | Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo | 3-3-6-14-01-08 | Ejercicio de las libertades culturales y deportivas | 3-3-6-14-01-08-1269 | Candelaria cultural y deportiva | 42.399.045 3-3-6-14-02 | Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua | 3-3-6-14-02-17 | Recuperación rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua | 3-3-6-14-02-17-1271 | Sensibilización, prevención y adecuaciones para la recuperación, preservación y conservación de los espacios del agua y el medio ambiente- | 82.884.400 3-3-6-14-03 | Una Bogotá que defiende y fortalece lo público | 3-3-6-14-03-31 | Fortalecimiento de la función Administrativa y Desarrollo Institucional | 3-3-6-14-03-31-1279 | Acciones de fortalecimiento institucional- | 14.317.415 3-3-6-90 | OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES | 110.779.385 4 | TOTAL CONTRACREDITO | 1.044.995.360

Artículo segundo.

Efectúese un crédito en el presupuesto de Inversión para la vigencia de 2017 de acuerdo con el siguiente detalle:

CÓDIGO | NOMBRE | MODIFICACION PRESUPUESTAL ---|---|--- 3 | GASTOS | 1.044.995.360 3-3 | INVERSIÓN | 1.044.995.360 3-3-1 | Inversión directa | 1.044.995.360 3-3-1-15 | Plan de desarrollo "Bogotá Mejor para Todos" | 1.044.995.360 3-3-1-15-01 | Pilar Igualdad de calidad de vida | 3-3-1-15-01-03 | Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente | 3-3-1-15-01-03-1387 | Banco de ayudas técnicas | 20.000.000 3-3-1-15-01-11 | Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte | 3-3-1-15-01-11-1389 | Candelaria cultural y deportiva mejor para todos | 74.000.000 3-3-1-15-02 | Pilar Democracia urbana | 3-3-1-15-02-18 | Mejor movilidad para todos | 3-3-1-15-02-18-1391 | Movilidad y espacio público mejor para todos | 693.615.115 3-3-1-15-07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | 3-3-1-15-07-45 | Gobernanza e influencia local, regional e internacional | 3-3-1-15-07-45-1395 | Gobierno local legítimo | 257.380.245 | TOTAL CREDITOS | 1.044.995.360

Artículo tercero.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

Dado en Bogotá, D. C., al 1 día del mes de diciembre de 2017.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

MANUEL CALDERÓN RAMÍREZ

Alcalde Local de La Candelaria

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