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Resolución 571 de 2017

Resolución 571 de 2017 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
571
Año
2017
Fecha
1 de diciembre de 2017
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 571 DE 2017

(Diciembre 01)

_Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2017_ __ EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y el Decreto Distrital 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo Distrital No. [657](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67722) de 2016 del 20 de diciembre de 2016, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictaron otras disposiciones.

Que mediante el Decreto Distrital No. [627](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67780) del 26 de diciembre de 2016, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictan otras disposiciones.

Que de acuerdo al principio de especialización consagrado en el literal [g)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#13.l.g) del artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#13) del Decreto Distrital [714](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693) de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047) de 1995 y Acuerdo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2051) de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

Que el Artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del mencionado Decreto Distrital [714](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693) de 1996, dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditosadicionales y la cancelación de apropiaciones".

Que el Artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3135#1) del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047) de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital", establece que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable dela Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Sise trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital".

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-14309 del 13 de junio de 2017, la doctora Sonia Janeth Rodríguez Rincón en su calidad de responsable del proyecto de inversión con código 1143"Comunicación para fortalecer las instituciones y acercar a la ciudadanía a la Alcaldía Mayor de Bogotá", remitió a la Oficina Asesora de Planeación, requerimiento de adición de recursos para el rubro presupuestal 3-3-4 "Pasivos Exigibles", con la finalidad de respaldar presupuestalmente el pago de los excontratistas: EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. ESP- ETB S.A. ESP e IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA.

Que mediante comunicación con radicado No.. 3-2017-19429 del 29 de agosto de 2017, la doctora Cristina Aristizábal Caballero en su calidad de responsable del proyecto de inversión con código 1125 "Fortalecimiento y modernización de la gestión pública distrital", remitió a la Oficina Asesora de Planeación, requerimiento de adición de recursos para el rubro presupuestal 3-3-4 "Pasivos Exigibles", con la finalidad de respaldar presupuestalmente el pago de la excontratista: LAURA PATRICIA GARCÍA MEJÍA.

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-23194 del 13 de octubre de 2017, la doctora Luz Helena Víllamil Medina, responsable del proyecto de inversión con código 1143 "Comunicación para fortalecer las instituciones yacercar a la ciudadanía a la Alcaldía Mayor de Bogotá", en su calidad de supervisora contractual, remitió a la Subdirección Financiera de la Entidad, los documentos de soporte para el pago del excontratista EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. ESP - ETB S.A. ESP.

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-23454 del 19 de octubre de 2017, la doctora Cristina Arístizábal Caballero, responsable del proyecto de inversión con código 1125 "Fortalecimiento y modernización de la gestión pública distrital", en su calidad de supervisora contractual en sede de liquidación, remitió a la Subdirección Financiera de la Entidad, los documentos de soporte parael pago de laexcontratista LAURA PATRICIA GARCÍA MEJÍA.

Que mediante radicados Nros.: 3-2017-24064 y 3-2017-24194 del 25 y 27 de octubre de 2017, la doctora Luz Helena Villamil Medina, responsable del proyecto de inversión con código 1143 "Comunicación para fortalecer las instituciones y acercar a la ciudadanía a la Alcaldía Mayor de Bogotá" y el Subdirector de Servicios Administrativos, respectivamente, allegaron a la Subdirección Financiera de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, los documentos de soporte para el pago del excontratista IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA.

Que mediante las resoluciones 537 y 538 del 20 de octubre de 2017, así como la resolución 568 del 31 de octubre de la misma vigencia, los pasivos exigibles derivados de las obligaciones contractuales recién mencionadas, fueron reconocidos por el Ordenador del Gasto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Que mediante comunicaciones con radicados de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, con Nos.: 1-2017-23787 y 1-2017-24576, la Subsecretaría de Planeación de la Inversión, remitió a la Entidad conceptos favorables para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

Que mediante comunicación No. 2017EE287694 del 21 de noviembre de 2017, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia 2017, por valor de Sesenta y nueve millones novecientos veinticinco mil cuatrocientos noventa y ocho pesos m/cte ($69.925.498), así:

| CÓDIGO PRESUPUESTAL | CONCEPTO | Contracrédito | Crédito ---|---|---|--- Valor | Valor 3 | Gastos | 69.925.498 | 69.925.498 3.3 | Inversión | 69.925.498 | 69.925.498 3.3.1 | Directa | 69.925.498 | - 3.3.1.15 | Bogotá Mejor Para Todos | 69.925.498 | - 3.3.1.15.07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | 69.925.498 | 3.3.1.15.07.42 | Transparencia, gestión pública y servicio a la ciudadanía | 69.925.498 | 3.3.1.15.07.42.1125 | Fortalecimiento y modernización de la gestión pública distrital | 866.667 | 3.3.1.15.07.42.1125.185 | Fortalecimiento a la gestión pública efectiva y eficiente | 866.667 | 3.3.1.15.07.42.1143 | Comunicación para fortalecer las instituciones y acercar a la ciudadanía a la Alcaldía Mayor de Bogotá | 69.058.831 | 3.3.1.15.07.42.1143.185 | Fortalecimiento a la gestión pública efectiva y eficiente | 69.058.831 | 3.3.4 | Pasivos Exigibles | | 69.925.498 TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL | 69.925.498 | 69.925.498

Artículo 2°.

Mediante la Subdirección de Servicios Administrativos, remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Así como a la Subsecretaría Técnica, Oficina Consejería de Comunicaciones, Oficina Asesora de Planeación y Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 3°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 1 días del mes de diciembre de 2017

RAUL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

Secretario General

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