Decreto Local 017 de 2017
Decreto Local 017 de 2017 Alcaldía Local de Antonio Nariño
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 017
- Año
- 2017
- Fecha
- 7 de diciembre de 2017
- Entidad
- Alcaldía Local de Antonio Nariño
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 017 DE 2017 (Diciembre 07) _Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia local de 2017_
EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421/93 y artículo 31 del Decreto Distrital 372 del 30 de agosto 2010, y en especial el artículo 16 del Decreto 597 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.1) del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, determina que los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local, con concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que el Decreto Ley 1421 en el artículo [34](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#34) establece que el Alcalde contratará con una compañía autorizada el seguro de salud entre otros.
Que el inciso segundo del artículo [72](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#72) del Decreto Ley 1421 señala que, los ediles tendrán derecho a los mismos seguros reconocidos por este Decreto a los Concejales.
Que mediante Decreto Local No.17 de diciembre 20 de 2016, se liquidó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
Que del rubro 3-1-2-02-08-02 Acueducto y Alcantarillado se le asignaron $19.430.000 para la presente vigencia quedando recursos disponibles, que se requieren trasladar al rubro de Seguros de Salud Ediles en un monto equivalente a $1.900.000, para cubrir los seguros de salud de los Honorables Ediles.
Que del rubro 3-1-2-02-06-05 Seguros de Salud Ediles le fue asignado para la vigencia 2017 un monto equivalente a $65.957.000, siendo necesario adicionar recursos por $1.900.000, para pago de salud de los 7 honorables Ediles de la Localidad de Antonio Nariño del mes de diciembre de 2017.
Que con oficio No. 2017EE296757 del 7 de diciembre de 2017, la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable a la solicitud presentada por el Alcalde Local, para el traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento – Gastos Generales por valor de $1.900.000. Que, en mérito de lo expuesto, ####
DECRETA
Artículo primero.
Efectúese un Contra crédito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 por $1.900.000 (UN MILLON NOVECIENTOS MIL PESOS M/CTE) de acuerdo al siguiente detalle: | FONDO DE DESARROLLO LOCAL ANTONIO NARIÑO --- CONTRACREDITOS | | CODIGO | NOMBRE | MODIFICACIONES 3 | GASTOS | 1.900.000 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 1.900.000 3.1.2 | GASTOS GENERALES | 1.900.000 3.1.2.02 | Adquisición de Servicios | 1.900.000 3.1.2.02.08 | Servicios Públicos | 1.900.000 3.1.2.02.08.02 | Acueducto y Alcantarillado | 1.900.000 | SUBTOTAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 1.900.000**
Artículo segundo.
Efectúese unos Créditos en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, por $1.900.000 (UN MILLON NOVECIENTOS MIL PESOS M/CTE) de acuerdo al siguiente detalle:
FONDO DE DESARROLLO LOCAL ANTONIO NARIÑO --- CREDITOS CODIGO | NOMBRE | MODIFICACIONES 3 | GASTOS | 1.900.000 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 1.900.000 3.1.2 | GASTOS GENERALES | 1.900.000 3.1.2.02 | Adquisición de Servicios | 1.900.000 3.1.2.02.06 | Seguros | 1.900.000 3.1.2.02.06.05 | Seguros de Salud Ediles | 1.900.000 | SUBTOTAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 1.900.000
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73316).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 7 días del mes de diciembre del año 2017.
EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO
Alcalde Local de Antonio Nariño
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