Circular 032 de 2017
Circular 032 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital
- Tipo
- Circular
- Número
- 032
- Año
- 2017
- Fecha
- 16 de noviembre de 2017
- Entidad
- Secretaría Jurídica Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 032 DE 2017
(Noviembre 16)
Para: Secretarios/as de Despacho, Subsecretarios/as Jurídicos/as, Directores/as Jurídicos/as y/o de Asuntos Legales, y Jefes/as de Oficinas Asesoras Jurídicas o quien haga sus veces, en las Secretarías de Despacho y Veeduría Distrital.
De: Secretaria Jurídica Distrital
Asunto: Remisión de proyectos de decreto en el mes de diciembre de 2017.
Radicación: 2-2017-12946 El parágrafo del artículo [27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45159#27) del Decreto Distrital 654 de 2011, en concordancia con la Circular [016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69822) de 2017 expedida por esta Secretaría, establece que en el mes de diciembre de cada año solo se tramitarán los proyectos de acto administrativo para firma del Alcalde Mayor, que se radiquen en la Secretaría Jurídica Distrital dentro de los primeros 10 días hábiles del mes, salvo casos excepcionales que defina este organismo, o cuando su expedición obedezca al cumplimiento de disposiciones legales, reglamentarias o distritales. En ese orden de ideas, teniendo en cuenta que todos los proyectos de Decreto, independientemente de que sean elaborados por las Secretarías de Despacho o por las entidades descentralizadas adscritas o vinculadas a éstas, deben ser suscritos por el/los/las titularles del despacho de la Secretaría correspondiente, se solicita priorizar los proyectos que deben ser expedidos por el Alcalde Mayor durante la presente anualidad, y radicarlos ante esta entidad a más tardar el día 15 de diciembre de 2017, con el fin de surtir el trámite de revisión y posterior firma por parte del jefe del ejecutivo distrital. Lo anterior contribuirá al ejercicio efectivo de la función de revisión a cargo de esta Secretaría, por lo que es preciso señalar que aquellos proyectos de Decreto que sean radicados con posterioridad a la fecha indicada, que no correspondan a los presupuestos enunciados y que se radiquen con posterioridad al plazo indicado, serán objeto de revisión y análisis a partir del primer día hábil del mes de enero del año 2018. Cordialmente, DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Proyectó: Duvan Sandoval Rodríguez Revisó: Ana Lucy Castro Castro Aprobó: William Antonio Burgos Durango
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