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Decreto Local 009 de 2017

Decreto Local 009 de 2017 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Tipo
Decreto Local
Número
009
Año
2017
Fecha
26 de octubre de 2017
Entidad
Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 009 DE 2017 ( Octubre 26) _Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto Anual de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017_ EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.”. Con la asignación presupuestal inicial del proyecto 1549 por valor de: cuatro mil doscientos noventa y cinco millones cuatrocientos sesenta y tres mil pesos m/cte. ($4.295’463.000), se proyectó el cumplimiento de las metas con corte a 31 de diciembre de 2017. Sin embargo, se han suscitado cambios de normatividad en lo relacionado puntualmente con aspectos de Inspección, Vigilancia y Control, como lo es la entrada en vigencia del [Nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia,](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66661) por lo que han surgido nuevas obligaciones legales tanto para los Inspectores de Policía como para el Alcalde Local, que no estaban contempladas al momento de la programación de la inversión de la vigencia 2017, las que debemos cumplir con eficiencia, lo que conlleva la inminente necesidad de realizar un mayor fortalecimiento institucional mediante las apropiaciones respectivas para contratación de personal mediante prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión y la implementación de los respectivos puestos de trabajo.

Que la partida inicial asignada al proyecto 1536 “Apoyo e igualdad para el adulto mayor” fue de: diez mil cuatrocientos ochenta y cinco millones catorce mil pesos m/cte. ($10.485.014.000) para la vigencia 2017, cumpliendo la meta del plan de desarrollo que consiste en “Beneficiar a 6.500 personas de la Localidad con el apoyo para la seguridad económica Tipo C”. Es así, que la Profesional de apoyo a la supervisión informa mediante radicado Orfeo 20176820012303 del 04.Sep.2017 (anexo) que a la fecha fueron proyectados los costos y gastos operativos para personas mayores de esta localidad con cobertura hasta el mes de febrero de 2018, y los demás componentes administrativos con cobertura hasta Diciembre de 2017, esta proyección asciende al valor de: diez mil ciento quince millones setecientos mil quinientos noventa y nueve pesos m/ cte. ($10.115’700.599) garantizando el cubrimiento para la presente vigencia.

Que el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, en los Gastos de Inversión Directa, en el rubro “Apoyo e Igualdad para el Adulto mayor”, presenta saldos de apropiación libres de afectación, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal 570 suscrito por el Responsable del Presupuesto, los cuales pueden trasladarse para financiar faltantes de apropiación en otros rubros. De acuerdo a lo mencionado anteriormente y con el fin de hacer eficiente la ejecución de recursos asignados, se presenta la oportunidad de realizar un contracrédito del proyecto 1536. para cubrir las necesidades del Proyecto 1549 “Apoyo a la gestión Pública Local”, para cubrir contratación por nuevas responsabilidades a los Inspectores de Policía requiriendo adicionar $94’993.151 para cubrir contratación de 3 Abogados, 3 Arquitectos y/o Ingenieros civiles 2 Bachilleres Asistenciales. Para el Fortalecimiento Institucional se hace necesario la contratación de 2 conductores de volqueta 3 conductores de maquinaria amarilla, 1 Ingeniero civil con un año de experiencia, 2 Arquitectos y/o ingeniero civiles con 2 años de experiencia para la oficina de de Infraestructura, 2 bachilleres con 3años de experiencia para el Área de Desarrollo Local y 1 Promotor Ambiental territorial con 1 año de experiencia específica para las actividades de PIGA, todo este personal se requiere por el termino de 3 meses, para lo cual se necesita una apropiación de $137’006.849. En cuanto a la infraestructura de mobiliario se requiere la adecuación de 8 nuevos puestos de trabajo para la Casa del Consumidor de acuerdo al Convenio Interadministrativo 1286 de 2017 celebrado con la Superintendencia de Industria y Comercio y el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe el cual tiene como objeto “aunar esfuerzos institucionales que contribuyan al Fortalecimiento y empoderamiento para la implementación efectiva de la ley [1480](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44306) de 2011 en el Distrito Capital, se requiere la suma de $20’000.000. Por lo anterior para cumplir con estas acciones se requiere de un total de recursos por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES DE PESOS ($ 252’000.000) MONEDA CORRIENTE.

Que la Dirección Distrital de Planeación, según Radicado N° 2-2017-57031 del 18 de Octubre de 2017, emitió concepto favorable sobre éste traslado presupuestal al interior de los Gastos de Inversión –Directa del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de $252’000.000.00.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, según Radicado N° 2017EE193054 del 24 de Octubre de 2017, emitió concepto favorable sobre éste traslado presupuestal al interior de los Gastos de Inversión –Directa del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de $252.000.000 En mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo Primero: Efectúense el siguiente Contracrédito en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS | RUBRO | NOMBRE DEL RUBRO | Valor ---|---|--- 3 | GASTOS | **$252.000.000

3.3 | INVERSIÓN | $252.000.000 3.3.1 | DIRECTA | $252.000.000 3.3.1.15 | Bogotá Mejor Para Todos | $252.000.000 3.3.1.15.01 | Pilar Igualdad de Calidad de vida | $252.000.000 3.3.1.15.01.03 | Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente | $252.000.000 3.3.1.15.01.03.1536 | Apoyo e Igualdad para el Adulto Mayor | $252.000.000 | TOTAL CONTRACREDITOS | $252.000.000 Artículo Segundo: Efectúense el siguiente Crédito en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle:

CRÉDITOS

RUBRO | NOMBRE DEL RUBRO | Valor ---|---|--- 3 | GASTOS | $252.000.000 3.3 | INVERSIÓN | $252.000.000 3.3.1 | DIRECTA | $252.000.000 3.3.1.15 | Bogotá Mejor para todos | $252.000.000 3.3.1.15.07 | Eje transversal Gobierno Legítimo, fortalecimiento Local y eficiencia | $252.000.000 3.3.1.15.07.45 | Gobernanza e influencia local, regional e internacional | $252.000.000 3.3.1.15.07.45.1549 | Apoyo a la Gestión Pública Local | $252.000.000 | TOTAL CRÉDITOS | $252.000.000 Artículo Tercero:** El presente Decreto rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017).

JAIME MARTÍNEZ SUESCÚN

Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe (E.)

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