Resolución 166 de 2017
Resolución 166 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital
- Tipo
- Resolución
- Número
- 166
- Año
- 2017
- Fecha
- 3 de noviembre de 2017
- Entidad
- Secretaría Jurídica Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 166 DE 2017
**( Noviembre 3)
[ Derogada por el art. 3, Resolución 163 de 2019.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88159#3)**
_Por la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo –COPASST de la Secretaría Jurídica Distrital para el periodo 2017 - 2019_**
LA SECRETARIA JURÍDICA DISTRITAL En ejercicio de sus facultades consagradas en el Decreto Nacional 614 de 1984, la Resolución 2013 de 1986 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Decreto Nacional 1295 de 1994, el Acuerdo Distrital 638 de 2016, y los Decretos Distritales 323 y 324 de 2016, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1357#25) del Decreto Nacional [614](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1357) de 1984, establece la obligación para todas las empresas e instituciones públicas o privadas, de constituir un comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial (Hoy Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo), integrado por un número igual de representantes por parte de los patronos y de los trabajadores.
Que el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5411#1) de la Resolución [2013](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5411#1) del 6 de junio de 1986, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establece: “Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto que se reglamenta y con la presente Resolución”.
Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5411#2) ibídem, dispone que cada Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes.
Que el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5411#5) ídem establece que el empleador nombrará directamente a sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre.
Que el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo-COPASST, anteriormente llamado Comité Paritario de Salud Ocupacional-COPASO, fue modificado en su denominación mediante el Decreto Nacional 1443 de 2014, por medio del cual se dictaron las disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
Que la Secretaría Jurídica Distrital acoge las directrices establecidas en el Decreto [1072](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62506) de 2015 _“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo”_ y la Resolución [2013](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5411) de 1986, expedida por el entonces denominado Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, “Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo”
Que de acuerdo con el número de cargos de la planta de personal prevista en el Decreto Distrital 324 de 2016, el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo-COPASST de la Secretaría Jurídica Distrital, deberá estar conformado por dos (2) representantes principales y dos (2) suplentes, tanto del empleador como de los trabajadores.
Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2629#63) del Decreto-Ley [1295](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2629) de 1994, establece que el periodo de los miembros del Comité será de dos (2) años.
Que la Secretaria Jurídica Distrital en su calidad de empleador, designó a sus representantes al Comité Paritario de Seguridad y Salud –COPASST en el Trabajo, así: | | PRINC | IPALES ---|--- CARGO | DEPENDENCIA Jefe Oficina Asesora | Oficina Asesora de Planeación Profesional Especializado | Dirección de Gestión Corporativa SUPLENTES --- CARGO | DEPENDENCIA Director Técnico | Dirección de Gestión Corporativa Asesor | Despacho Secretaría Jurídica Distrital Que mediante memorando radicado bajo el No. 3-2017-2782 del 11 de agosto de 2017, la Dirección de Gestión Corporativa convocó a la elección de los Representantes de los trabajadores y sus suplentes en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que la votación para la elección de los representantes de los empleados de la Secretaría Jurídica Distrital y sus suplentes en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST, efectuada el 25 de agosto de 2017, arrojó los siguientes resultados:
NOMBRE DE CANDIDATO | NÚMERO DE VOTOS ---|--- Judith Ortiz Rodríguez | 14 Sonia Teresa Roa Silva | 33 Yulimar Bielva Vásquez | 11 Vanessa Salas Sánchez | 19 Votos en blanco: | 3 Votos anulados: | 0 TOTAL VOTOS: | 80 Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1-: Conformar el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST de la Secretaría Jurídica Distrital para el periodo 2017-2019, así:
REPRESENTANTES DE LA SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL:
| PRINCIPALES | ---|---|--- NOMBRE | CÉDULA | CARGO | DEPENDENCIA Camilo Peña Carbonell | 80.767.640 | Jefe Oficina Asesora | Oficina Asesora de Planeación Dora Gutiérrez Hernández | 51.649.014 | Profesional Especializado | Dirección de Gestión Corporativa | | SUPLENTES | | | NOMBRE | CÉDULA | CARGO | DEPENDENCIA | | Ethel Vásquez Rojas | 39.546.837 | Director Técnico | Dirección de Gestión Corporativa | | Alejandra Tobón Díaz | 52.394.165 | Asesor | Despacho Secretaría Jurídica Distrital | | | | | | | | |
REPRESENTANTES DE LOS EMPLEADOS:
| PRINCIPALES | ---|---|--- NOMBRE | CÉDULA | CARGO | DEPENDENCIA Sonia Teresa Roa Silva | 1.018.435.583 | Profesional Universitario | Dirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico Vanessa Salas Sánchez | 52.352.995 | Profesional Especializado | Dirección de Gestión Corporativa | SUPLENTES | NOMBRE | CÉDULA | CARGO | DEPENDENCIA Judith Ortiz Rodríguez | 41.774.744 | Profesional Universitario | Dirección Distrital de Política e Informática Jurídica Yulimar Bielva Vásquez | 22.520.512 | Profesional Universitario | Oficina Asesora de Planeación | | | | | | | ARTÍCULO 2-: Comunicar a los servidores relacionados en el artículo 1 de la presente Resolución y a los demás servidores de la Secretaría Jurídica Distrital el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa de la misma Secretaría.
ARTÍCULO 3 -: La presente resolución rige a partir del día siguiente la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=72784).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 3 días del mes de noviembre de 2017.
DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO
Secretaria Jurídica Distrital
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