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Resolución 157 de 2017

Resolución 157 de 2017 Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG

Tipo
Resolución
Número
157
Año
2017
Fecha
10 de octubre de 2017
Entidad
Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 157 DE 2017 (Octubre 30) _Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, “por la cual se modifica y se incorpora una medida transitoria en la Resolución CREG[063](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=72954)de 2016”._ LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes[142](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2752)de 1994 y[1151](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25932)de 2007, y en desarrollo de los Decretos 1523 y[2253](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14692)de 1994 y 1260 de 2013,[270](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68196)de 2017, y

CONSIDERANDO:

Conforme a los dispuesto en el artículo [8°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#8) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el artículo [5°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68196#5) del Decreto 270 de 2017 y la Resolución CREG 035 de 2017, la Comisión debe hacer público en su página web todos los proyectos de resolución que pretenda adoptar. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión 811 del 30 de octubre de 2017 acordó expedir esta resolución.

RESUELVE:

Artículo 1°. Hágase público el proyecto de resolución “por la cual se modifica y se incorpora una medida transitoria en la Resolución CREG [063](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=72954) de 2016”. Artículo 2°. Se invita a los agentes, a los usuarios, a las Autoridades Locales Municipales y Departamentales competentes y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, dentro de los cinco días (5) hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en la página web de la Comisión de Regulación de Energía y Gas. Artículo 3°. Las observaciones y sugerencias sobre el proyecto deberán dirigirse al Director Ejecutivo de la Comisión, a la siguiente dirección: avenida calle 116 N° 7-15, Edificio Torre Cusezar, Interior 2, oficina 901 o al correo electrónico creg@ creg.gov.co. Artículo 4°. La presente resolución no deroga ni modifica disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de octubre del año 2017 La Presidenta, Rutty Paola Ortiz Jara, Viceministra de Energía, Delegada del Ministro de Minas y Energía. El Director Ejecutivo, Germán Castro Ferreira

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