Resolución 323 de 2017
Resolución 323 de 2017 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV
- Tipo
- Resolución
- Número
- 323
- Año
- 2017
- Fecha
- 29 de septiembre de 2017
- Entidad
- Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL RESOLUCIÓN 323 DE 2017
( Septiembre 29) **_Por la cual se adopta el Plan Anual de Estímulos e Incentivos a través de los programas de Bienestar Social e Incentivos y se reglamenta el Programa de Apoyo Educativo a la Educación Formal para los Empleados Públicos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial vigencia 2017_
EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL
En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 10 del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 010 del 12 de octubre de 2010 y,
CONSIDERANDO:
1.- Que el numeral [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40883#19.10) del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 010 del 12 de octubre de 2010, señaló como funciones del Director General entre otras, la siguiente: _“Expedir los actos administrativos que por su naturaleza correspondan a la Unidad (...)”._ __ 2.- Que el Artículo [57](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#57) de la Constitución Política de Colombia establece que: _“_ _La ley podrá establecer los estímulos y los medios para que los trabajadores participen en la gestión de las empresas._ 3.- Que de conformidad con el Artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1246#13) del Decreto 1567 de 1998, se establece el sistema de estímulos, el cual estará conformado por el conjunto interrelacionado y coherente de políticas, planes, entidades, disposiciones legales y programas de bienestar e incentivos que interactúan con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción, desarrollo y bienestar de los empleados del Estado en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales. 4.- Que el Artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#36) de la Ley 909 de 2004, reglamentada por el Decreto [1227](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16313) de 2005 dispone que, con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de las capacidades, habilidades, destrezas, valores y competencias de los empleados públicos en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán formular programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas vigentes y las que se desarrollen en la presente ley. 5.- Que los Artículos [2.2.10.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.10.1) y [2.2.10.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.10.2) del Decreto 1083 de 2015 establecen que las Entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados. Los estímulos se implementarán a través de programas de bienestar social, mediante la coordinación con los organismos de seguridad. (Sic) y previsión social, estos podrán ofrecer a todos los empleados y sus familias los programas de protección y servicios sociales que se relacionan a continuación: Deportivos, recreativos y vacacionales; artísticos y culturales; promoción y prevención de la salud; capacitación informal en artes y artesanías u otras modalidades que conlleven la recreación y el bienestar del empleado y que puedan ser gestionadas en convenio con Cajas de Compensación u otros organismos que faciliten subsidios o ayudas económicas, todos los programas estarán orientados a mantener los niveles adecuados de calidad de vida laboral. 6.- Que el Artículo [2.2.10.6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.10.6) de la norma ibídem señala: _“(…)__Los programas de bienestar responderán a estudios técnicos que permitan, a partir de la identificación de necesidades y expectativas de los empleados, determinar actividades y grupos de beneficiarios bajo criterios de equidad, eficiencia mayor cubrimiento institucional.”._ 7.- Que el Artículo [2.2.10.9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.10.9) del citado Decreto dispone: _“(…) El jefe de cada entidad adoptará anualmente el plan de incentivos institucionales y señalará en él los incentivos no pecuniarios que se ofrecerán al mejor empleado de carrera de la entidad, a los mejores empleados de carrera de cada nivel jerárquico, al mejor empleado de libre nombramiento y remoción de la entidad, (…)”._ __ 8.- Que el Artículo [2.2.10.17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.10.17) del Decreto 1083 de 2015 establece: _“(…) Con la orientación del Jefe de la Entidad será responsabilidad de las dependencias de recursos humanos o de quienes hagan sus veces, la formulación, ejecución y evaluación de los programas de bienestar, para lo cual contarán con la colaboración de la Comisión de Personal. (…)”._ 9.- Que los numerales [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40883#19.3), [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40883#19.8) y [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40883#19.10) de los Artículos 19 y [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40881#2) de los Acuerdos números 10 y 11 del 12 de octubre de 2010 expedidos por el Consejo Directivo, delegaron en el Director General de la Unidad las facultades de: _“Coordinar interna y externamente las acciones necesarias para el logro de la misión y objetivos de la Unidad”; “Definir las políticas de la administración de los recursos y bienes de que dispone la Unidad (…)” y “Expedir los actos administrativos que por su naturaleza correspondan a la Unidad y suscribir los contratos necesarios para el desarrollo de sus funciones, planes y programas, de acuerdo con las normas legales vigentes”,_ respectivamente.__ 10.- Que se hace necesario adoptar el Plan Anual de Estímulos e Incentivos a través de los Programas de Bienestar Social y reglamentar el Programa de Apoyo Educativo a la educación formal para los Empleados Públicos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial para la vigencia 2017. 11.- Que dando cumplimiento a la Directiva No. [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60913) de fecha 06 de febrero de 2015 emitida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil, mediante Resolución No. 116 de fecha 27 de marzo de 2015 la UAERMV creó el Comité de Incentivos y Bienestar Social. 12- Que la Secretaría General - Talento Humano de acuerdo con los resultados de la Encuesta de Calidad de Vida realizada en conjunto con la Caja de Compensación Familiar Compensar, consultó las necesidades de cada uno de los funcionarios con derecho a las actividades de bienestar, incentivos y apoyos educativos, con el fin de incorporar prioridades y propuestas en las orientaciones y estrategias en el Plan. 13.- Que en el marco de sus funciones la Comisión de Personal, en sesión ordinaria y extraordinaria tuvo conocimiento y participó en la elaboración del Plan Anual de Estímulos e Incentivos para la presente vigencia.
Que por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Adoptar el Plan Institucional de Bienestar Social, Estímulos e Incentivos a través del Programa de Bienestar Social para los Empleados Públicos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial -UAERMV-, para la vigencia 2017 el cual forma parte integral de esta Resolución, conforme lo expuesto en la parte motiva.
Artículo segundo.
La Secretaría General – Talento Humano deberá adelantar las acciones pertinentes para el cumplimiento y ejecución del Plan Anual de Estímulos e Incentivos.
Artículo tercero.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, la Comisión de Personal participará en la evaluación y seguimiento del Plan Bienestar y Estímulos.
Artículo cuarto.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=72925).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de septiembre de dos mil diecisiete (2017). GIACOMO SANTIAGO LEOPOLDO MARCENARO JIMÉNEZ Director General (E) Elaboró: Yiby Yajaira Carrascal Sánchez - Profesional Especializado Secretaría General Talento Humano Revisó: Dra. Luz Karem Moreno Victorino - Abogada Contratista - Secretaría General Aprobó: Dra. Blanca Stella Bohórquez Montenegro - Secretaria General Dra. Marcela Rocío Márquez Arenas – Jefe Oficina Asesora Jurídica
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Resolución 860 de 2024
RESOLUCIÓN 860 DE 2024 Por medio de la cual se establecen las medidas de emergencia a mujeres en todas sus diversidades en riesgo de feminicidio, familias y pe…
-
Resolución 20237000700 de 2023
RESOLUCIÓN 20237000700 DE 2023 ( O ctubre 17) P or medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Desarrollo …
-
Resolución 838 de 2023
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ 838 DE 2023 (Septiembre 05) Por medio de la cual se adopta el Diccionario de Competencias Comportamentales de los empleos de la C…
-
Resolución 20223040044858 de 2022
SERVI001 RESOLUCIÓN 20223040044858 DE 2022 Por la cual se prorroga la entrada en vigencia de la Resolución 20223040044585 de 2022, aplicable a sistemas de fren…
-
Resolución 355 de 2021
RESOLUCIÓN 355 DE 2021 Por medio de la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Movilidad en los Consejos Distrital y Consultivo de la Bicic…