Resolución 096 de 2017
Resolución 096 de 2017 Empresa Metro de Bogotá S.A.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 096
- Año
- 2017
- Fecha
- 26 de septiembre de 2017
- Entidad
- Empresa Metro de Bogotá S.A
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 096 DE 2017
(Octubre 19) __ _Por medio de la cual se delegan unas funciones_
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.
En ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el Acuerdo Distrital 642 de 2016; Estatutos, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, y,
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Distrital [642](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65998#0) de 2016 autorizó al Alcalde Mayor de Bogotá en representación del Distrito Capital para participar conjuntamente con otras entidades descentralizadas del Orden Distrital, en la constitución de la Empresa Metro de Bogotá S.A.
Que mediante la Escritura Pública [5.291](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67774) del 14 de diciembre de 2016 de la Notaría Primera del Círculo de Bogotá se constituyó en los términos del Acuerdo Distrital [642](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65998#0) de 2016, la Empresa Metro de Bogotá S.A., bajo la naturaleza de sociedad anónima del orden distrital con la participación exclusiva de entidades públicas y, en virtud de la cual la representación legal de la Empresa estará a cargo del Gerente General, en los términos de los artículos 22 y 46 de los estatutos sociales.
Que el artículo 47 de los Estatutos de la Empresa dispone que el Gerente General es mandatario con representación y como tal tiene a su cargo la representación legal, que comprende entre otras la promoción y coadyuvancia en las acciones judicial, administrativas o contencioso – administrativa en que la empresa tenga interés, interponer todos los recursos que sean procedentes conforme a la ley, desistir de las acciones o recursos que interponga, constituir apoderados judiciales, revocar mandatos y sustituciones.
Que el Acuerdo [02](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68654#0) de diciembre 23 de 2016, modificado por el Acuerdo [02](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70447#0) de febrero 9 de 2017, establece la estructura organizacional de la Empresa Metro de Bogotá.
Que tal y como lo dispone el literal [d)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70447#6.l.d) del artículo 6º del Acuerdo No. 02 del 9 de febrero de 2017, por medio de la cual se modifica la estructura organizacional de la Empresa, la Oficina Asesora Jurídica, debe cumplir entre otras, la función de representación judicial en los procesos que se vinculen a la empresa, así como intervenir en aquellas diligencias para las cuales sea expresamente delegada y bajo las directrices que en materia de defensa judicial establezca la Empresa.
Que el artículo [9º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, dispone que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que la misma disposición señala que los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente.
Que conformorme a lo previsto en los Estatutos de la Empresa Metro de Bogotá S.A. y con el fin de optimizar la marcha organizacional de la Empresa, se hace necesario delegar las funciones relacionadas con la representación judicial a la Oficina Asesora Jurídica. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 o. Delegar en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Empresa Metro de Bogotá, la función de representar judicial en forma directa u otorgando poder a los abogados vinculados a la Entidad, en los procesos judiciales, administrativo y contencioso administrativo que se instauren en su contra o que éste promueva contra terceros.
Parágrafo. Para tal efecto, la Oficina Asesora Jurídica tendrá las siguientes facultades: 1. Notificarse de las providencias judiciales, a través del buzón de correo electrónico que se disponga para el efecto o por el medio que dispongan los Despachos Judiciales del pais. 2. Representar a la Empresa, en los procesos de cualquier naturaleza que se surtan ante la Corte Constitucional, Consejo de Estado, Consejo Superior de la Judicatura y Corte Suprema de Justicia. 3. Representar a la Empresa, ante las autoridades administrativas y judiciales de cualquier naturaleza que se originen en actos, hechos, u operaciones administrativas proferidos o ejecutados. Esta delegación comprende la facultad de promover en representación de la Empresa las acciones judiciales, administrativas y constitucionales necesarias para la defensa de los intereses de la Entidad. 4. Representar a la Empresa, en las diligencias y audiencias de conciliación de conformidad con los lineamientos señalados por el Comité de Conciliación, para cada caso. 5. Acudir en representación del Gerente General a las diligencias de conciliación y a las audiencias de pacto de cumplimiento que se surtan dentro de las distintas acciones populares. 6. Representar a la Empresa, en los procesos penales que se adelanten por la presunta comisión de conductas punibles detectadas y denunciadas por los empleados públicos, en calidad de víctima. 7. Interponer los recursos ordinarios y extraordinarios que sean procedentes conforme a la ley dentro de las actuaciones judiciales o administrativas en las que la Empresa sea parte. Esta delegación comprende la facultad de desistir de las acciones o recursos que interponga.
ARTÍCULO 2o. Delegar en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Empresa Metro de Bogotá, las siguientes funciones: 1. Otorgar poder a los abogados funcionarios de la Empresa o externos contratados, para que actúen como apoderados de la misma, en toda clase de asuntos judiciales y actuaciones administrativas en que la Empresa sea parte o deba intervenir. 2.Revocar mandatos y sustituciones a los abogados funcionarios de la Empresa o externos contratados para que actúen como apoderados de la Empresa. 3. Suscribir los escritos a través de los cuales se atienden las acciones de tutela, en las que la entidad sea parte. 4. Realizar las gestiones necesarias para la publicación de los actos administrativos de carácter general.
ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=72547).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D. C. a los 19 días del mes de octubre de 2017.
ANDRES ESCOBAR URIBE
Gerente General Proyectó: Adriana María Plazas Tovar – Abogada Oficina Asesora Jurídica Revisó: Luisa Fernanda Mora Mora – Jefe Oficina Asesora Jurídica
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