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Resolución 820 de 2017

Resolución 820 de 2017 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses

Tipo
Resolución
Número
820
Año
2017
Fecha
13 de octubre de 2017
Entidad
Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 820 DE 2017

(Octubre 13)

_Por la cual se establece el “Programa Básico de la Asignatura de Medicina Legal y Ciencias Forenses", para las Facultades de Pregrado en Medicina_

EL DIRECTOR GENERAL,

En ejercicio de sus facultades legales, en especial en las conferidas en las Leyes 938 de 2004 y el Acuerdo número 08 de 2012 de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 34 de la Ley 938 de 2004, en concordancia con el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6548#31) de la Ley 270 de 1996, estableció que el “Sistema de Medicina Legal y Ciencias Forenses en todo el territorio nacional, es organizado y controlado por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses”;

Que el numeral 5 del artículo 36 de la Ley 938 de 2004, establece que corresponde al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en desarrollo de su misión, definir los reglamentos técnicos que deben cumplir los distintos organismos y personas que realicen funciones periciales asociadas con medicina legal, ciencias forenses y ejercer control sobre su desarrollo y cumplimiento;

Que de acuerdo con los numerales 6 y 7 del artículo 36 ibídem, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en desarrollo de su misión, debe servir de organismo de verificación y control de las pruebas periciales y exámenes forenses practicados por los cuerpos de policía judicial del Estado y otros organismos, a solicitud de autoridad competente y servir como centro científico de referencia nacional en asuntos relacionados con medicina legal y ciencias forenses, respectivamente;

Que el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, tiene como función organizar y dirigir el Sistema Único de Medicina Legal y Ciencias Forenses y vigilar su funcionamiento; y en este sentido, mediante el Acuerdo número 08 de 2012 del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, se otorga específicamente a la Escuela de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la función de _“Diseñar y desarrollar planes y programas de formación en Medicina Legal y Ciencias Forenses, así como “dirigir, controlar las prácticas de docencia y capacitación de instituciones aprobadas por autoridad competente, organismos científicos, forenses, nacionales y extranjeros, que hayan suscrito convenio de cooperación con el Instituto”;_ __ Que mediante la Ley 50 de 1981 se creó el Servicio Social Obligatorio en todo el territorio nacional, el cual debería ser prestado por todas aquellas personas con formación tecnológica o universitaria, de acuerdo con los niveles establecidos en el artículo 25 del Decreto-ley 80 de 1980;

Que con el Decreto número 2455 de 1986 se integraron los servicios periciales de Medicina Legal a los centros y puestos de salud, a los hospitales del subsector Oficial y Sector Privado del Sistema de Salud, teniendo en cuenta que _“los organismos locales del Sistema de Salud tienen el carácter de oficinas municipales de Medicina Legal para la práctica de Necropsias y reconocimientos medico legales”;_ Que el artículo 9° del Decreto número 786 de 1990 determinó cuáles son los profesionales competentes para la práctica de autopsias médico-legales; enumerando los siguientes: _“los Médicos dependientes de Medicina Legal, debidamente autorizados; Médicos en servicio social obligatorio; los Médicos Oficiales; otros médicos designados para realizarlas por parte de una autoridad competente y previa su posesión para tales fines”;_ Que en virtud de lo antes expuesto, se hace necesario establecer el Programa Básico de la asignatura de Medicina Legal y Ciencias Forenses para Facultades de Pregrado en Medicina, a nivel nacional,

RESUELVE:

Artículo 1°. _Establecimiento del Programa Básico de Medicina Legal._ Establécese el “Programa Básico de la Asignatura de Medicina Legal y Ciencias Forenses para Facultades de Pregrado en Medicina”, el cual deberá ser integrado a las cátedras de medicina legal a nivel nacional y hace parte de la presente resolución como un anexo. Artículo 2°. _Destinatarios._ La presente resolución tiene como destinatarios a las Subdirecciones de Investigación Científica y de Servicios Forenses, las Facultades de Medicina a nivel nacional, y demás autoridades. Artículo 3°. _Vigencia._ La presente resolución regirá a partir de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de octubre del año 2017

Carlos Eduardo Valdés Moreno NOTA: Ver anexo

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