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Resolución 2193 de 2017

Resolución 2193 de 2017 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Tipo
Resolución
Número
2193
Año
2017
Fecha
10 de mayo de 2017
Entidad
Instituto de Desarrollo Urbano - IDU
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 002193 DE 2017 ( Mayo 10) _Por medio de la cual se efectúa una modificación a la Resolución No[001114](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69219)del 2017 la cual incorporó recursos del Sistema General de Regalías del bienio 2017-2018 en el Instituto de Desarrollo Urbano_

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo[19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=940)de 1972 del Concejo de Bogotá, el Acuerdo[002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=35759)de 2009 expedido por el Consejo Directivo del IDU, el Artículo[2.2.4.1.2.2.13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71552#2.2.4.1.2.2.13)del Decreto Nacional 1082 de 2015 y demás disposiciones concordantes vigentes, y.**

CONSIDERANDO:

Que el OCAD Centro Oriente mediante Acuerdo No. 58-2016 del 12 diciembre de 2016 y Acuerdo No 59- 2016, del 30 de diciembre del 2016, viabilizó, priorizó y aprobó 10 proyectos por valor de $127.124.620.002 con cargo a los recursos del Fondo de Desarrollo Regional del Sistema General de Regalías con destino a la realización de los Estudios y diseños y designó como entidad ejecutora al Instituto de Desarrollo Urbano IDU tanto de los proyectos como de su interventoría.

Que el Instituto de Desarrollo Urbano IDU mediante Resolución No [001114](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69219) de 2017, incorporó los recursos del Sistema General de Regalías denominando los proyectos de la siguiente manera: | CÓDIGO Bpin | PROYECTO ---|--- 2016000050021 | Estudios de la Av. Longitudinal de Occidente, Ramal Av. Villavicencio hasta la Av. Cali y Ramal Av. Américas hasta la Av. Cali Bogotá D.C. 2016000050019 | Estudios y Diseños del Corredor Troncal Férreo del Norte Entre La Av. Carrera 68 y Limite Del Distrito Capital 2016000050028 | Estudios y Diseños del Corredor Troncal Ferrocarril del Sur, entre Soacha y Av. Américas Bogotá D. C. 2016000050048 | Estudio y Diseño para la Extensión de la Calle 80 Incluye cinco Intersecciones desde la Carrera 68 hasta el Límite de Bogotá D. C. 2016000050018 | Estudios y Diseños de la Troncal Centenario desde el Limite Occidente del Distrito Hasta la Troncal Américas con Carrera 50, Bogotá D.C. 2016000050054 | Estudios y Diseños para La Av. Boyacá desde la Calle 183 a Conectarse con la Troncal Del Peaje y Conexión Auto-norte Por Av. Guaymaral, Bogotá D. C. - Cundinamarca 2016000050047 | Estudios y Diseños de la Circunvalar De Oriente desde Salida al Llano Hasta La Av. Villavicencio Bogotá D. C. 2016000050020 | Estudios y Diseños de la Av. San José (Calle 170) desde La Av. Alberto Lleras Camargo (Carrera 7) Hasta La Carrera 92, a lo largo del Corredor de la Vía Suba Cota hasta el Límite del Distrito - Río Bogotá, Bogotá D. C 2016000050022 | Estudios y Diseños para la Auto-norte desde Héroes hasta La Calle 193, Bogotá D. C. 2016000050017 | Estudios y Diseños de la Conexión Regional Canal Salitre y Río Negro Desde El Rio Bogotá hasta la NQS y La Carrera 7a, Bogotá D. C.

Que de acuerdo a lo solicitado por la Secretaría Técnica del OCAD de la Región Centro Oriente, el día 9 de mayo de 2017, los nombres de los proyectos deben ser idénticos a los viabilizados, priorizados y aprobados por el OCAD Centro Oriente mediante los Acuerdos Nos. 58 y 59 del 2016.

En mérito de lo expuesto, la Directora del Instituto de Desarrollo Urbano,

RESUELVE:

Artículo Primero: Modifíquese la Resolución No. [001114](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69219) DE 2017 en el sentido que los nombres de los proyectos deben ser idénticos a los aprobados por el OCAD Centro Oriente mediante los Acuerdos Nos. 58 y 59 del 2016 y que corresponden a los que se relacionan a continuación:

CODIGO BPIN | PROYECTO | APROBACIÓN MEDIANTE ACUERDO OCAD ---|---|--- 2016000050021 | ESTUDIOS DE LA AVENIDA LONGITUDINAL DE OCCIDENTE, RAMAL AV. VILLAVICENCIO HASTA LA AV. CALI Y RAMAL AV. AMÉRICAS HASTA LA AV. CALI, BOGOTÁ D. C. | Acuerdo 58 de 2016 2016000050019 | ESTUDIOS Y DISEÑOS DEL CORREDOR TRONCAL FÉRREO DEL NORTE ENTRE LA AV. CARRERA 68 Y LÍMITE DEL DISTRITO, BOGOTÁ D.C. | Acuerdo 59 de 2016 2016000050028 | ESTUDIOS Y DISEÑOS DE LA TRONCAL FERROCARRIL DEL SUR, ENTRE SOACHA Y AV. AMÉRICAS BOGOTÁ D. C. | Acuerdo 59 de 2016 2016000050048 | ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA EXTENSIÓN DE LA CL. 80 - INCLUYE CINCO INTERSECCIONES DESDE CR. 68 HASTA EL LÍMITE DE BOGOTÁ D. C | Acuerdo 59 de 2016 2016000050018 | ESTUDIOS Y DISEÑOS DE LA TRONCAL CENTENARIO DESDE EL LÍMITE OCCIDENTE DEL DISTRITO HASTA LA TRONCAL AMÉRICAS CON CARRERA 50, BOGOTÁ D.C. | Acuerdo 59 de 2016 2016000050054 | ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA AVENIDA BOYACA DESDE LA CALLE 183 A CONECTARSE CON LA TRONCAL DEL PEAJE Y CONEXIÓN AUTONORTE POR AVENIDA GUAYMARAL, BOGOTÁ D. C. - CUNDINAMARCA | Acuerdo 59 de 2016 2016000050047 | ESTUDIOS Y DISEÑOS DE LA CIRCUNVALAR DE ORIENTE DESDE SALIDA AL LLANO HASTA LA AV. VILLAVICENCIO BOGOTÁ D. C. | Acuerdo 59 de 2016 2016000050020 | ESTUDIOS Y DISEÑOS DE LA AV. SAN JOSÉ (CALLE 170) DESDE LA AV. ALBERTO LLERAS CAMARGO (CARRERA 7) HASTA LA CARRERA 92, A LO LARGO DEL CORREDOR DE LA VÍA SUBA-COTA HASTA EL LÍMITE CON EL DISTRITO - RÍO BOGOTÁ, BOGOTÁ D. C. | Acuerdo 59 de 2016 2016000050022 | ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA AUTONORTE DESDE HÉROES HASTA LA CALLE 193, BOGOTÁ D. C. | Acuerdo 59 de 2016 2016000050017 | ESTUDIOS Y DISEÑOS DE LA CONEXIÓN REGIONAL CANAL SALITRE Y RÍO NEGRO DESDE EL RIO BOGOTÁ HASTA LA NQS Y LA CARRERA 7, BOGOTÁ D. C. | Acuerdo 59 de 2016 Fuente: Acuerdos OCAD Nos. 58 y 59 del 2016 Artículo Segundo. Recursos. Contra este acto administrativo no proceden recursos de conformidad con lo previsto en el Artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo Tercero. - Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70616) en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes de mayo de dos mil diecisiete (2017).

YANETH ROCÍO MANTILLA BARÓN

Directora General

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