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Resolución 1119 de 2017

Resolución 1119 de 2017 Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC

Tipo
Resolución
Número
1119
Año
2017
Fecha
27 de septiembre de 2017
Entidad
Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 1119 DE 2017 (Septiembre 27) _Por la cual se Adiciona la Resolución 871 de 2017 que fija el precio unitario de venta a los bienes y servicios que produce y comercializa el Instituto Geográfico Agustín Codazzi_ EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI En uso de sus facultades legales y en general las concedidas por el Decreto 208 del 27 de enero de 2004, artículo 6° numeral 14 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 871 de 2017 se fijaron los precios unitarios de venta a los bienes y servicios que produce y comercializa el Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

Que mediante memorando número 8002017IE9841 del 20 de septiembre de 2017 la Subdirección de Catastro solicita la inclusión de un nuevo certificado catastral para su comercialización, sobre el cual se hace necesario fijar el precio de venta.

Que la Oficina de Difusión y Mercadeo de Información, creó el código: 2164 en el módulo de facturación –ERP, para este certificado catastral.

Que en este orden de ideas es competencia de la Dirección General en virtud del artículo 6 numeral 14 del Decreto 208 de 2004, fijar los precios que deben ser cobrados por los productos y servicios del instituto. En mérito de lo expuesto.

RESUELVE:

Artículo 1°. Objeto. Adicionar la Resolución 871 de 2017 “por la cual se fija el precio unitario de venta a los bienes y servicios que produce y comercializa el Instituto Geográfico Agustín Codazzi”, en el sentido de incorporar el Certificado especial para territorios colectivos comunidades negras y su precio unitario de venta. Artículo 2°. Adicionar al artículo 6° de la Resolución 871 de 2017, el valor unitario del Certificado especial para territorios colectivos comunidades negras, así: | Código | NOMBRE PRODUCTO | VALOR $ ---|---|--- 2164 | CERTIFICADO ESPECIAL PARA TERRITORIOS COLECTIVOS COMUNIDADES NEGRAS | 35.938

Artículo 3°.

Publicación. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web del instituto.

Artículo 4°.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de su expedición y adiciona el artículo 6° de la Resolución 871 de 2017.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 27 días del mes de septiembre del año 2017

EL DIRECTOR GENERAL,

Juan Antonio Nieto Escalante.

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