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Circular 005 de 2017

Circular 005 de 2017 Veeduría Distrital

Tipo
Circular
Número
005
Año
2017
Fecha
28 de febrero de 2017
Entidad
Veeduría Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 005 DE 2017

(Febrero 28)

| PARA: | **SECRETARIOS DE DESPACHO; DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS;

GERENTES Y DIRECTORES DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS; ALCALDES LOCALES; JEFESDE LAS OFICINAS JURÍDICAS, DE CONTRATACIÓN, DE CONTROL INTERNO Y ÓRGANOS DE CONTROL. ---|--- DE: | VEEDOR DISTRITAL ASUNTO: | Resultados de la publicación de los Planes Anticorrupción y Atención al Ciudadano 2017 en las entidades distritales.**

La Veeduría Distrital, como ente de control preventivo que promueve la transparencia y previene los hechos de corrupción en la gestión pública distrital mediante el fortalecimiento de las capacidades institucionales, ha venido promoviendo el fortalecimiento de los Planes Anticorrupción y Atención al Ciudadano (PAAC).

Estos PAAC, junto con sus Mapas de Riesgos de Corrupción deben ser publicados a más tardar el 31 de enero de cada año en el sitio web de cada entidad, según lo previsto en el artículo [73](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43292#73) de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción) y en el Decreto [124](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64787#73) de 2016 reglamentario de dicha norma.

En el marco de dicha obligación, la Veeduría Distrital verificó en los sitios web de las entidades distritales su cumplimiento, ejercicio que se realizó en la segunda semana de febrero del año en curso. A continuación, se presentan dichos resultados:

1. Cumplimiento de los criterios de publicidad y accesibilidad del PAAC: Se identificó que sólo el 76% de las entidades distritales[[1]](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71631&iu=876&pf=U#_ftn1) tienen publicado su PAAC 2017. Del total de las entidades que tienen el PAAC publicado, el 68% lo publicó en el banner de “Transparencia y Acceso a la Información Pública”, mientras que el resto de entidades, si bien lo publicó, lo hizo asociado a otras secciones de la página web, dificultando su acceso.

2. Cumplimiento de los criterios de publicidad y accesibilidad de los Mapas de Riesgos de Corrupción, En relación a dichos mapas sólo el 52% del total de entidades revisadas los publicó. Con el 48% de entidades restantes la Veeduría identificó las siguientes situaciones: a) Las entidades no publicaron el mapa o publicaron el mapa correspondiente al año 2016, b) Los mapas no pudieron ser visualizados o c) El Mapa está publicado en un lugar diferente al señalado por la Ley y es de difícil acceso al público.

Sobre la publicidad de los mapas también se presentó el caso de nueve (9) entidades, que si bien publicaron el Mapa de Riesgos 2017, acorde con lo señalado por la norma, no publicaron el PAAC 2017 asociado a ese mapa.

Se encontró que sólo el 32% de las entidades cuenta con la publicación de la Política de Administración de Riesgos.

3. Accesibilidad de la información: De acuerdo con los lineamientos establecidos por la Ley [1712](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882#73) de 2014 o Ley de Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública, se encontró que aún existen entidades que no están publicando en formatos de datos abiertos. En este sentido, nueve (9) entidades publicaron el PAAC en un formato que no permite acceso ni descarga.

4. Avances en la formulación de PAAC: Del 20% de las entidades evaluadas, no fue posible evidenciar los procesos de construcción y ajuste en el PAAC, ya que en sus páginas web no se encontraron los planes de las vigencias anteriores.

Es importante recordar, que las entidades distritales que no han publicado el Plan Anticorrupción o el Mapa de Riesgos, deben publicarlo de forma inmediata, (ambos documentos deben estar en los sitios web de las entidades).

Existen lineamientos específicos y detallados, sobre los lugares y espacios destinados a la publicación de estos documentos, la publicidad es un requerimiento, pero hacerlo de manera adecuada es dar cumplimiento a un derecho.

La Alta Consejera Distrital TIC, tiene a su disposición los formatos establecidos para dar cumplimiento a las políticas de datos abiertos, a lo cual también se debe de dar cumplimiento.

Para finalizar, se recomienda mantener el acceso a los PAAC y Mapas de las vigencias anteriores, así como las evidencias del seguimiento al que fueron sujetos estos documentos.

Para la Veeduría Distrital, la apuesta es seguir trabajando con las entidades en promover que estos ejercicios se hagan de manera comprometida, integral y cumpliendo los plazos y criterios establecidos por la Ley.

Cordial saludo,

JAIME TORRES MELO

Veedor Distrital

* * * [[1]](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71631&iu=876&pf=U#_ftnref1) Para esta primera revisión se contó con un universo de 54 entidades (Las Alcaldías Locales fueron excluidas de esta medición, ya que las alcaldías construyen el Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano de manera conjunta con la Secretaria de Gobierno).

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