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Resolución 121 de 2017

Resolución 121 de 2017 Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG

Tipo
Resolución
Número
121
Año
2017
Fecha
28 de agosto de 2017
Entidad
Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 121 DE 2017 (Agosto 28)

_Por la cual se ordena hacer público el proyecto de resolución “Por la cual se regulan las actividades de autogeneración a pequeña escala y de generación distribuida en el sistema interconectado nacional”_ __ La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes[142](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2752#142)y[143](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4631#143)de 1994, y en desarrollo de los Decretos[1524](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1253)y[2253](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14692)de 1994, y 1260 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Conforme a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el artículo [2.2.13.1.4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62513#2.2.13.1.4) del Decreto número 1078 de 2015, la Comisión debe hacer público en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar. Mediante Resolución CREG 039 de 2017, se expide el Reglamento Interno de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), donde se dispone los plazos de publicidad de un proyecto de regulación de carácter general. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión número 798 del 28 de agosto de 2017, acordó expedir esta resolución,

RESUELVE:

Artículo 1 _°. Objeto._ Hágase público el proyecto de resolución “Por la cual se regulan las actividades de autogeneración a pequeña escala y de generación distribuida en el sistema interconectado nacional”. Artículo 2°._Presentación de comentarios, observaciones y sugerencias._ Se invita a los usuarios, a los agentes, a las autoridades locales, municipales y departamentales, a las entidades y a los demás interesados para que, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la publicación de la presente resolución, remitan sus observaciones o sugerencias sobre las propuestas contenidas en el proyecto de resolución adjunto. Las observaciones y sugerencias sobre el proyecto deberán dirigirse al director ejecutivo de la Comisión, a la dirección: calle 116 N° 7-15, Interior 2 Oficina 901 en Bogotá, D. C. o al correo electrónico creg@creg.gov.co. Artículo 3°._Vigencia._ La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y no deroga ni modifica disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de agosto del año 2017

El Presidente,

Ministro de Minas y Energía Germán Arce Zapata**

El Director Ejecutivo

Germán Castro Ferreira

NOTA:** Ver anexo

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