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Resolución 281 de 2017

Resolución 281 de 2017 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV

Tipo
Resolución
Número
281
Año
2017
Fecha
17 de agosto de 2017
Entidad
Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 281 DE 2017 ( Agosto 17) **_Por la cual se adopta el Plan Institucional de Capacitación vigencia 2017 para los_

__ _funcionarios de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial_ EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral[10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40883#19.10)del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 010 del 12 de octubre de 2010 y,**

CONSIDERANDO:

1.- Que el numeral [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40883#19.10) del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 010 del 12 de octubre de 2010, señaló como funciones del Director General entre otras, la siguiente: _“Expedirlos actos administrativos que por su naturaleza correspondan a la_ _Unidad (…)”_ 2.- Que mediante Decreto [1567](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1246) de 1998, se crea el Sistema Nacional de Capacitación y el Sistema de Estímulos para los empleados del Estado. 3.- Que según lo dispuesto en el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#19) de la Ley 909 de 2004, el diseño de cada empleo debe contener la descripción del contenido funcional, el perfil de competencias y la duración del mismo. Así mismo, el Numeral [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#36.1) del Artículo 36 de la citada Ley, señala que la capacitación y la formación de los empleados públicos está orientada al desarrollo de sus. capacidades y destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales, con miras a propiciar su eficacia personal, grupal y organizacional de manera que es posible el desarrollo profesional de los empleados, y el mejoramiento en la prestación de los servicios. 4.- Que de conformidad con lo dispuesto por el Decreto [4665](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27750) del 29 de noviembre de 2007, se adoptó la actualización del Plan Nacional de Formación y Capacitación para los servidores públicos. 4-(sic) Que la Secretaría General - Talento Humano de acuerdo a los instrumentos establecidos en la normativa sobre el tema, consultó las necesidades de cada uno de los funcionarios con derecho a capacitación y a los jefes de las dependencias, con el fin de incorporar prioridades y propuestas en las orientaciones y estrategias de la formación y capacitación. 5.- Que en el marco de sus funciones la Comisión de Personal, en sesión ordinaria y extraordinaria tuvo conocimiento y participó en la elaboración del Plan Institucional de Capacitación para la presente vigencia. 6.- Que es necesario adoptar el Plan Institucional de Capacitación, ya que la capacitación de los servidores públicos se constituye en una inversión perceptiva e invaluable para la vida institucional, el logro de la misión y el alcance de la visión de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo Primero: Adoptar el Plan Institucional de Capacitación de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial vigencia 2017, el cual forma parte integral de esta Resolución, para todos los funcionarios de la Entidad, como lo establece el Decreto Ley [1567](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1246) de 1998. Artículo Segundo: La secretaría General \- Talento Humano deberá adelantar las acciones pertinentes para el cumplimiento y ejecución del Plan Institucional de capacitación. Artículo Tercero: De acuerdo con lo dispuesto en la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, la Comisión de Personal participará en la evaluación y seguimiento del Plan de Capacitación. Artículo Cuarto: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de septiembre de dos mil diecisiete (2017).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ÁLVARO SANDOVAL REYES Director General Ver documento anexo: “Plan Institucional de Capacitación de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – vigencia 2017.

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