Jurismart

Resolución 305 de 2017

Resolución 305 de 2017 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV

Tipo
Resolución
Número
305
Año
2017
Fecha
4 de septiembre de 2017
Entidad
Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 305 de 2017

( Septiembre 4)

_Por la cual se suspenden unos términos en los trámites administrativos que adelanta la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial (UMV)_

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

En ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 10 del Artículo 2º del Acuerdo 11 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto No. 458 de 30 de agosto de 2017 expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, se declaró día cívico en Bogotá, D.C., el 7 de septiembre de 2017.

Que el citado Decreto, señaló que no habrá actividades laborales en las entidades y organismos del Distrito Capital excepto los organismos y entidades que por su naturaleza y misión tengan por objetivo la prestación de servicios públicos esenciales, funciones de policía, salud, prevención y atención de desastres, movilidad, seguridad y orden público, adoptando las medidas que garanticen las actividades a desarrollarse el día 7 de septiembre de 2017.

Que teniendo en cuenta que la UAERMV, no se encuentra dentro de las excepciones establecidas en el citado decreto, el día 7 de septiembre no prestará sus servicios por lo que para el efecto es procedente la suspensión de términos en las actuaciones administrativas a cargo de la UAERMV. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo Primero.- Suspender los términos de las actuaciones y trámites administrativos que adelanta la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial incluidos los derechos de petición, conceptos, procesos disciplinarios, procesos contractuales, procesos de responsabilidad y jurisdicción coactiva a través de sus distintas áreas, el día 7 de septiembre de 2017. Artículo Segundo.- La suspensión de que trata el artículo primero de la presente resolución comprenderán las solicitudes y requerimientos de los órganos de control y demás organismos del Distrito Capital que demanden entre otros información, consulta, expedición de copias y todas aquellas actuaciones en las que se imposibilite la respuesta por requerir el acceso a archivos, expedientes, sistemas tecnológicos y demás elementos objeto de traslado de la sede administrativa y de las dependencias a trasladar. Artículo Tercero.- Los servidores públicos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, durante el término de suspensión responderán a las instrucciones que les imparta el Director, los Subdirectores y Gerentes y Jefes de Oficina de la Entidad, en caso de presentarse una emergencia conforme lo establece la normativa al respecto. Artículo Cuarto.- Reiniciar el trámite normal de todas las actuaciones y trámites administrativos que adelanta la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial a través de sus distintas áreas a partir del día 8 de septiembre de 2017. Artículo Quinto.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

ÁLVARO SANDOVAL REYES Director General

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar