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Resolución 112 de 2017

Resolución 112 de 2017 Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG

Tipo
Resolución
Número
112
Año
2017
Fecha
9 de agosto de 2017
Entidad
Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 112 DE 2017 (Agosto 08) **_Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, por la cual se modifica el artículo 14 de la Resolución CREG 126 de 2010_

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las leyes[142](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2752)de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1523 y[2253](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14692)de 1994, 1260 de 2013,[270](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68196)de 2017, y**

CONSIDERANDO:

Conforme a lo dispuesto en el artículo [8°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#8) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el artículo [5°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68196#5) del Decreto 270 de 20171 y la Resolución CREG 035 de 2017, la Comisión debe hacer público en su página web todos los proyectos de resolución que pretenda adoptar. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 793 del 8 de agosto de 2017 acordó expedir esta resolución.

RESUELVE:

ARTÍCULO

1. Hágase público el proyecto de resolución “por la cual se modifica el artículo 14 de la Resolución CREG 126 de 2010”. ARTÍCULO 2.** Se invita a los agentes, a los usuarios, a las autoridades locales municipales y departamentales competentes y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en la página web de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.

Artículo 3.

Las observaciones y sugerencias sobre el proyecto deberán dirigirse al Director Ejecutivo de la Comisión, a la siguiente dirección: avenida calle 116 No. 7-15, edificio Torre Cusezar, interior 2, oficina 901 o al correo electrónico creg@creg.gov.co.ARTÍCULO 4. La presente resolución no deroga ni modifica disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de agosto del año 2017 | **RUTTY PAOLA ORTIZ JARA

Viceministra de Energía, delegada del Ministro de Minas y Energía

Presidente | GERMAN CASTRO FERREIRA Director Ejecutivo ---|---

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