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Resolución 111 de 2017

Resolución 111 de 2017 Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG

Tipo
Resolución
Número
111
Año
2017
Fecha
8 de agosto de 2017
Entidad
Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 111 DE 2017

(Agosto 08)

_Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, por la cual se realizan ajustes a la Resolución CREG 243 de 2016 que define la ENFICC de plantas solares fotovoltaicas_

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por las Leyes[142](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2752)y[143](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4631)de 1994 y en desarrollo de los Decretos[1524](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1253)y[2253](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14692)de 1994, y

CONSIDERANDO:

Conforme a lo dispuesto por el artículo [2.2.13.3.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62513#2.2.13.3.2) del Decreto 1078 de 2015, concordante con el artículo 8° del Código de Procedimiento Administrativo de lo Contencioso Administrativo, la Comisión debe hacer públicos en su página web los proyectos de resolución de carácter general que prevé adoptar. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 793 del 8 de agosto de 2017, aprobó hacer público el proyecto de resolución, _por la cual se realizan ajustes a la Resolución CREG 243 de 2016 que define la ENFICC de plantas solares fotovoltaicas_.

RESUELVE:

Artículo 1.

Hágase público el proyecto de resolución, _por la cual se realizan ajustes a la Resolución CREG 243 de 2016 que define la ENFICC de plantas solares fotovoltaicas.

Artículo 2.

Se invita a los agentes, a los usuarios, a las autoridades locales municipales y departamentales competentes y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la publicación de la presente Resolución en la página web de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.

Artículo 3.

Las observaciones y sugerencias sobre el proyecto deberán dirigirse al Director Ejecutivo de la Comisión, al correo electrónico creg@creg.gov.co.

Artículo 4.

La presente resolución no deroga ni modifica disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. **Dada en Bogotá D.C., a los 08 días del mes de agosto del año 2017

| RUTTY PAOLA ORTIZ JARA

Viceministra de Energía, delegada del Ministro de Minas y Energía

Presidente | GERMAN CASTRO FERREIRA Director Ejecutivo ---|--- Nota: Ver anexo

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