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Decreto Local 006 de 2017

Decreto Local 006 de 2017 Alcaldía Local de Usme

Tipo
Decreto Local
Número
006
Año
2017
Fecha
16 de junio de 2017
Entidad
Alcaldía Local de Usme
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 006 DE 2017 (Junio 16) _Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Usme en la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2017_ EL ALCALDE LOCAL DE USME En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que teniendo en cuenta lo establecido en los artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010 y el numeral 5.4.1 Modulo 3 de la Resolución SDH -000226 de 2014 “Por la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal en el Distrito Capital”, una vez efectuado el ajuste de las Obligaciones por Pagar, calculado el monto de los Excedentes Financieros y realizada la distribución de los mismos mediante Circular CONFIS N° 02 de 2017, se debe ajustar la Disponibilidad Inicial.

Que el valor de los excedentes financieros del Fondo de desarrollo Local de Usme se asignó a otras localidades, según lo establecido en la Circular CONFIS No. 02 de 2017. Que, de acuerdo a lo anterior, y según oficio radicado No. 2017EE103842 del 07 de junio de 2017, de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, el Fondo de Desarrollo Local de Usme debe disminuir la Disponibilidad Inicial en un monto neto de $ 1.190.798.178, frente al programado para la vigencia 2017. Que, efectuadas las operaciones presupuestales correspondientes, la Disponibilidad Inicial definitiva debe ser $ 67.828.532.822 y la Disponibilidad Final debe ser cero (0).

Que de conformidad con lo señalado en el numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.3) del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, la disminución en las apropiaciones presupuestales deberá efectuarse por Decreto del Alcalde Local.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Ajustar la Disponibilidad Inicial del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Usme, para la vigencia 2017 conforme al siguiente detalle: | Código | Concepto Disponibilidad Inicial | Aumentar | **Reducir ---|---|---|---
1. | | $1.190.798.178

Artículo segundo.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los dieciseis (16) días del mes de junio de 2017

JORGE ELIÉCER PEÑA PINILLA

Alcalde Local de Usme

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