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Decreto Local 008 de 2017

Decreto Local 008 de 2017 Alcaldía Local de Usme

Tipo
Decreto Local
Número
008
Año
2017
Fecha
4 de agosto de 2017
Entidad
Alcaldía Local de Usme
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 008 DE 2017

(Agosto 4) _Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local_

EL ALCALDE LOCAL DE USME En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Articulo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 y

CONSIDERANDO:

Que el inciso segundo del artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993 prevé que las Juntas Administradoras Locales se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionaran por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparan de los asuntos que el mismo someta a su consideración.

Que de conformidad con el literal [c](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.l.c) del numeral 2 del artículo 31 del Decreto 372 de 2010 “Si persistiera el saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por el F.D.L. mediante acuerdo JAL, de acuerdo con la distribución que efectué el CONFIS, quien para el efecto consultara criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”.

Que de acuerdo con la Circular No. 02 de 2017 emitida por el CONFIS y de conformidad con lo establecido en los Artículos [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10) y [78](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#78) del Decreto Distrital 714 de 1996, del Articulo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto Distrital 372 de 2010, y con la sesión No. 03 del 30 y 31 de marzo de 2017, se determinó que la localidad debe distribuir excedentes financieros por el valor de CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRECIENTOS DIECIOCHO ($198.283.318).

Que mediante comunicación No. 2-2017-17747 de fecha veintiséis (26) de abril de 2017, la Secretaria Distrital de Planeación, conceptúa favorablemente sobre la modificación de la inversión por CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRECIENTOS DIECIOCHO ($198.283.318) en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Usme, para la presente vigencia fiscal.

Que en mérito de lo expuesto anteriormente,

DECRETA:

Artículo primero.

Convocar a sesiones extraordinarias por el periodo comprendido entre el Nueve (09) al Doce (12) de Agosto de dos mil diecisiete (2017) inclusive, con el fin de que la Junta Administradora Local adelante estudio, evaluación y aprobación del Acuerdo Local “Por el cual se efectúa una Adición al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal de 2017”.

Artículo segundo.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, D. C., a los cuatro (04) días del mes de agosto de dos mil diecisiete (2017). **JORGE ELIÉCER PEÑA PINILLA

Alcalde Local de Usme

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