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Resolución 379 de 2017

Resolución 379 de 2017 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
379
Año
2017
Fecha
15 de agosto de 2017
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 379 de 2017

( Agosto 15) __ _Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2017_

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y el Decreto Distrital 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo Distrital No. [657](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67722) de 2016 del 20 de diciembre de 2016, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictaron otras disposiciones.

Que mediante el Decreto Distrital No. [627](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67780) del 26 de diciembre de 2016, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictan otras disposiciones.

Que de acuerdo al principio de especialización consagrado en el literal [g)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#13.l.g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047) de 1995 y Acuerdo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2051) de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

Que el Artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones".

Que el Artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3135#1) del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047) de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital", establece que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital".

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-17627 del 1 de agosto de 2017, el Alto Consejero Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió a la Oficina Asesora de Planeación requerimiento sustentado de adición de recursos para el rubro presupuestal 3.3.1.15.05.36.1111 "Fortalecimiento de la economía, el gobierno y la ciudad digital de Bogotá D.C."

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-18328 del 9 de agosto de 2017, la Subsecretaria Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió a la Oficina Asesora de Planeación justificación de disponibilidad permanente de recursos en el rubro presupuestal 3.3.1.15.07.43.7516 "Implementación de asociaciones público privadas para una Bogotá Mejor para Todos".

Que mediante comunicación con radicado de la Secretaría Distrital de Planeación No.: 2-201740883, la Subsecretaria de Planeación de la Inversión, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

Que mediante comunicación No. 2017EE142328 del 15 de agosto de 2017, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

Que en mérito de lo expuesto, **

RESUELVE:

Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2017, por valor de Once mil seiscientos millones de pesos m/cte. ($11.600.000.000) así: | CÓDIGO PRESUPUESTAL | CONCEPTO | Contracrédito

| Crédito ---|---|---|--- Valor | Valor 3 | GASTOS | 11.600.000.000 | 11.600.000.000 3.3 | INVERSIÓN | 11.600.000.000 | 11.600.000.000 3.3.1 | DIRECTA | 11.600.000.000 | 11.600.000.000 3.3.1.15 | Bogotá Mejor Para Todos | 11.600.000.000 | 11.600.000.000 3.3.1 15.05 | Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento | | 11 600.000.000 3.3.1 15.05.36 | Bogotá, una ciudad digital | | 11.600.000.000 3.3.1.15.06.36.1111 | Fortalecimiento de la economía, el gobierno y la ciudad digital de Bogotá D.C. | | 11.600.000.000 3.3.1 15.07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | 11.600.000.000 | 3.3.1 1507.43 | Modernización institucional | 11.600.000.000 | 3.3.1.15.07.43.7516 | Implementación de asociaciones público privadas para una Bogotá Mejor para Todos | 11.600.000.000 | TOTAL MODIFICACION PRESUPUESTAL | 11.600.000.000 | 11.600.000.000

Artículo 2°.

Mediante la Subdirección de Servicios Administrativos, remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Así como a la Oficina Alta Consejería Distrital para las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TIC, Subsecretaría Técnica, Oficina Asesora de Planeación y Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 3°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

###

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de agosto del año 2017.

JOSÉ RAÚL BUITRAGO ARIAS

Secretario General

Elaboró: Diego Alejandro Molano Puerto — Profesional Especializado Revisó' Luis Eugenio Herrera Páez — Subdirector Financiero Revisó: Juan Carlos Sánchez Mera — Director Administrativo y Financiero Aprobó' Juan Carlos Malagón Basto — Subsecretario Corporativo

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