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Circular 018 de 2017

Circular 018 de 2017 Ministerio de Salud y Protección Social

Tipo
Circular
Número
018
Año
2017
Fecha
29 de marzo de 2017
Entidad
Ministerio de Salud y Protección Social
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 018 DE 2017

(Marzo 29)

**Para:

GOBERNADORES, ALCALDES SECRETARIOS DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES DE SALUD, EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE PLANES DE BENEFICIOS -EAPB-, ADMINISTRADORAS DE REGÍMENES ESPECIALES Y DE EXCEPCIÓN, INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD -IPS-, PUNTOS DE ENTRADA, DIRECCIÓN GENERAL MARÍTIMA -DIMAR-, AEROLÍNEAS NACIONALES E INTERNACIONALES Y COMUNIDAD EN GENERAL.

De:

MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Asunto:

ACTUALIZACIÓN A LA CIRCULAR 014 DE MARZO 1 DE 2017 “DIRECTRICES PARA EL CONTROL DE LA FIEBRE AMARILLA Y EXIGENCIA DE CERTIFICACIÓN INTERNACIONAL O CARNÉ NACIONAL DE VACUNACIÓN”.

Fecha:

Agosto 15 de 2017 [Ver Circular Circular Externa 018 de 2024 Ministerio de Salud y Protección Social.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=167903), [Circular 12 de 2025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178630). [Resolución 691 de 2025.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178657) En concordancia con la alerta internacional sobre fiebre amarilla emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y ante la necesidad de actualizar la situación epidemiológica mundial, el Ministerio de Salud y Protección Social determina los países a los cuales se les solicitará la certificación internacional de fiebre amarilla contemplada en el anexo 7 del Reglamento Sanitario Internacional RSI 2005, así como se puntualizan los sitios de riesgo en el territorio nacional, previa la siguiente consideración: Frente a la situación mundial, desde el inicio del brote en diciembre de 2016 y hasta el 17 de marzo de 2017, se notificaron en Brasil 1.561 casos de fiebre amarilla, de los cuales 28,7% fueron confirmados (n=448), 16,9% fueron descartados (n=263) y 54,41% (n=850) sospechosos permanecen en investigación, y se contabilizan 264 defunciones (144 confirmadas, 10 descartadas y 110 en investigación). La tasa de letalidad entre los casos confirmados es de 32%.1 En Colombia, al cierre del 2016, se confirmaron 7 casos por laboratorio, de los cuales 6 fallecieron, entre ellos uno proveniente de Caballococha, Perú. La letalidad fue del 86%. A marzo 18 de 2017 no se han confirmado nuevos casos. Bajo el contexto anteriormente mencionado, se determina que los viajeros que procedan de los países de Angola, República Democrática del Congo, Uganda y Brasil se les solicitará el Certificado Internacional de Fiebre Amarilla para el ingreso a Colombia. Por otra parte, se recomienda a los viajeros (nacionales e internacionales) que se desplacen a los municipios de riesgo que a continuación se relacionan, que por lo menos 10 días previos a su viaje a los mismos, se vacunen contra la fiebre amarilla, y como medidas de protección adicional usen repelente, camisa manga larga, pantalón largo y toldillos impregnados para evitar la picadura del mosquito. Municipios con riesgo para fiebre amarilla por circulación viral o nexo ecológico, Colombia, Marzo 2017 | Departamento | Municipios ---|--- ANTIOQUIA | Dabeiba (zona rural), Mutatá (zona rural) Turbo y Yondó. LA GUAJIRA | Dibulla, Barrancas (zona rural de la serranía del Perijá), Fonseca (zona rural de la serranía del Perijá), San Juan del Cesar (zona rural de la serranía del Perijá y de la Sierra Nevada de Santa Marta), El Molino (zona rural de la serranía del Perijá), Villanueva (zona rural de la serranía del Perijá), La Jagua del Pilar (zona rural de la serranía del Perijá) y Urumita (zona rural de la serranía del Perijá), Riohacha ( zona rural de la Sierra Nevada de Santa Marta) CESAR | Manaure, Balcón del Cesar (zona rural de la serranía del Perijá), La Paz Robles (zona rural de la serranía del Perijá), San Diego (zona rural de la serranía del Perijá), Agustín Codazzi (zona rural de la serranía del Perijá), Becerril (zona rural de la serranía del Perijá), La Jagua de Ibirico (zona rural de la serranía del Perijá), Chiriguaná (zona rural de la serranía del Perijá), Curumaní (zona rural de la serranía del Perijá), Pailitas (zona rural de la serranía del Perijá) y Pelaya (zona rural de la serranía del Perijá). Pueblo Bello, Valledupar (zona rural de la Sierra Nevada de Santa Marta). CHOCÓ | Carmen del Darién, Jurado, Acandí, Riosucio, Nuquí y Unguía. MAGDALENA | Santa Marta, Aracataca, Ciénaga, Fundación, (zona rural de la Sierra Nevada de Santa Marta), NORTE DE SANTANDER | Convención (zona rural), El Carmen (zona rural), El Tarra, El Zuliá (zona rural), Hacarí, San Calixto, Sardinata (zona rural), Teorama y Tibú (zona rural). META | Mapirlpán, Mesetas, El Castillo, Granada, La Macarena, La Uribe, Puerto Concordia, Puerto Gaitán, Puerto Rico, San Juan de Arama y Vista hermosa. CASANARE | Maní (zonas rurales en las riberas del río Meta), Orocué (zonas rurales y urbanas en las riberas del río Meta), Paz de Ariporo (zonas rurales en las riberas del río Meta), San Luis de Palenque (zonas rurales en las riberas del río Meta), Monterrey, Nunchía, Trinidad (zonas rurales en las riberas del río Meta), Pore y Hato Corozal (zonas rurales en las riberas de los ríos Meta y Casanare). TOLIMA**(Adicionado por la Circular Externa 002 de 2025 de MinSalud) | Los municipios de Alpujarra, Carmen de Apicalá, Coyaima, Cunday, Dolores, Guamo, Icononzo, Melgar, Natagaima, Prado, Purificación, Saldaña, Suárez y Villarica.

Para los departamentos de ARAUCA, CAQUETÁ, PUTUMAYO, AMAZONAS, GUAINÍA, GUAVIARE, VAUPÉS Y VICHADA se consideran de riesgo todos los municipios.

Cabe mencionar que la exigencia del carné de vacunación contra la fiebre amarilla a la entrada de los parques nacionales, está vigente desde el año 2013.

Por último, es necesario indicar que la lista de los países a quienes se les exigirá la Certificación Internacional de Fiebre Amarilla se actualizará, dependiendo de la presencia y magnitud del brote en cada país, previa la respectiva evaluación de riesgo que Colombia realice en cumplimiento del Reglamento Sanitario Internacional RSI 2005.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de marzo del año 2017.

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE

Ministro de Salud y Protección Social

_NOTA DE PIE DE PAGINA:_

1Organización Panamericana de la Salud / Organización Mundial de la Salud. Actualización Epidemiológica: Fiebre amarilla, 23 de marzo de 2017, Washington, D.C. OPS/OMS. 2017

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