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Resolución 933 de 2017

Resolución 933 de 2017 Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC

Tipo
Resolución
Número
933
Año
2017
Fecha
10 de agosto de 2017
Entidad
Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 933 DE 2017

(Agosto 10)

_Por la cual se implementa la Política Pública de Protección de Datos Personales en el Instituto Geográfico Agustín Codazzi_

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI

En uso de sus facultades legales y en especial las concedidas por el Decreto 2113 de 1992 artículo 14 numeral 1, la Ley estatutaria 1581 de 2012 artículos 18 literal[f](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#18.L.F), el Decreto Nacional 1377 de 2013 artículo[13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53646#13)y,

CONSIDERANDO:

Que la protección de los datos personales está consagrada en el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#15) de la Constitución Política, como el derecho fundamental que tienen todas las personas a conservar su intimidad personal y familiar, al buen nombre y a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellos en bancos de datos y en archivos de las entidades públicas y privadas.

Que la política de protección de datos se desarrolla teniendo en cuenta que el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#20) Constitucional, que entre otros establece que se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial.

Que mediante Ley estatutaria [1266](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34488#0) de 2008 _“por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones”_, se fijan directrices sobre el derecho a la información establecido en el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#20) de la Constitución Política, particularmente en relación con la información financiera y crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países, disposiciones que son acogidas en la presente política.

Que mediante la Ley Estatutaria [1581](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#0) de 2012 _“por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales”_ se expidió el Régimen General de Protección de Datos Personales y se constituye en el marco general de la Protección de los datos personales en Colombia.

Que el marco jurídico que desarrolló este derecho, incorporó los lineamientos necesarios para que los organismos públicos y privados identificaran los roles y la tipología de datos que son objeto de protección constitucional, así mismo, dispuso las condiciones en las cuales se deben recolectar, almacenar, usar, circular o suprimir los datos personales que posteriormente serán vinculados con la administración de una base de datos.

Que mediante el Decreto [1377](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53646#0) de 2013 _“por el cual se reglamenta parcialmente la Ley[1581](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#0) de 2012”_, se fijan aspectos relacionados con la autorización del titular de información para el Tratamiento de sus datos personales, las políticas de Tratamiento de los Responsables y Encargados, el ejercicio de los derechos de los titulares de información, las transferencias de datos personales y la responsabilidad demostrada frente al tratamiento de datos personales, este último tema referido a la rendición de cuentas.

Que el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53646#13) del citado Decreto establece que los responsables del tratamiento deberán desarrollar sus políticas para el tratamiento de los datos personales y velar porque los encargados del tratamiento den cabal cumplimiento de las mismas.

Que el Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” como sujeto obligado requiere para el ejercicio de sus funciones recolectar datos personales, entendidos estos como cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables según la Ley 1581 de 2012, artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#3), e incorporarlos en bases de datos, así como, dar tratamiento a la información allegada por otras entidades que está relacionada con este tipo de información.

Que la Ley [1712](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882#0) de 2014, regula el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información, la cual tiene por objeto regular el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información y, así mismo, fija los principios de la transparencia y la información pública bajo los cuales se formula presente política de protección de datos personales.

Que el Decreto [103](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60556#0) de 2015 por el cual se reglamenta parcialmente la Ley [1712](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882#0) de 2014 reglamenta el acceso a la Información Pública Nacional los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información, y constituye el marco general de la protección del ejercicio del derecho de acceso a la información pública en Colombia.

Que las políticas de tratamiento de la información deberán constar en medio físico o electrónico, en un lenguaje claro y sencillo y ser puestas en conocimiento de los titulares.

Que con la Implementación de esta política por parte de todos los colaboradores del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, se busca asegurar que los datos personales que administra no sean informados y utilizados por terceros sin contar con la previa, expresa y libre autorización del titular de la información. En mérito de lo expuesto.

RESUELVE:

Artículo 1°. _Objeto._ Adoptar la política de protección de datos personales del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, que contiene los lineamientos a seguir para la creación, tratamiento y cierre de las bases de datos incluyendo buenas prácticas y estándares universales en la materia, en concordancia con las disposiciones legales vigentes, la cual hace parte integral de la presente resolución. Artículo 2°. _Alcance._ Esta política de protección de datos personales se aplicará a todas las bases de datos y/o archivos que contengan datos personales que sean objeto de tratamiento por parte del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, quien actúa en calidad de responsable del tratamiento de los datos personales. Artículo 3°. _Sujetos Obligados_. Todas las personas naturales y jurídicas que tengan algún vínculo con el Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, y que en el ejercicio de sus actividades y/o funciones deban recolectar datos personales para ser ingresados a las bases de datos, están obligadas a cumplir con los lineamientos dados en el documento de Política de Protección de Datos Personales e implementar los formatos anexos al mismo. Artículo 4°. _Seguridad de la Información._ Con el propósito de cumplir con el principio de seguridad de la información que conforma los registros individuales constitutivos de los bancos de datos, se atenderán los lineamientos dados en el manual o lineamientos de seguridad de la información y procedimientos de seguridad de la información, cuyo responsable es la Oficina de Informática y Telecomunicaciones del Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Artículo 5°. _Seguimiento._ La Oficina de Control Interno será la encargada de velar por el cumplimiento de las políticas de protección de datos personales adoptadas a través de la presente resolución, de conformidad con el numeral 4, del artículo 9° del Decreto 208 de 2004. Artículo 6°. _Proceso de implementación._ El proceso de implementación de la política de protección de datos personales, estará a cargo del Comité de Desarrollo Administrativo del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, con el apoyo técnico de la Secretaría General y la Oficina de Informática y Telecomunicaciones. Artículo 7°. _Interoperabilidad._ El Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, aplicará los lineamientos de la política pública de protección de datos personales, y procurará el intercambio de información con otras entidades. Artículo 8°. _Vigencia._ La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el _Diario Oficial.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 10 días del mes de agosto del año 2017

El Director General

Juan Antonio Nieto Escalante

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