Resolución 664 de 2017
Resolución 664 de 2017 Ministerio de Educación Nacional
- Tipo
- Resolución
- Número
- 664
- Año
- 2017
- Fecha
- 24 de enero de 2017
- Entidad
- Ministerio de Educación Nacional
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
Resolucion 664 de 2017 (mod Res 21292 de 2016).PDF RESOLUCIÓN 664 DE 2017 ( Enero 24) _Por la cual se modifica el artículo[1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70513#1)de la Resolución 21292 de 2016_ __ LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el[parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5353#35.P)del artículo 35 del Decreto Ley 1278 de 2002, en los artículos[2.4.1.4.2.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#2.4.1.4.2.1)y[2.4.1.4.3.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#2.4.1.4.3.2)del Decreto 1075 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Ley [1278](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5353#2.4.1.4.3.2) de 2002 se expidió el Estatuto de Profesionalización Docente, el cual regula las relaciones entre el Estado y los docentes y directivos docentes que prestan sus servicios en las instituciones educativas oficiales de preescolar, básica y media que hacen parte de las entidades territoriales certificadas en educación.
Que el mencionado Decreto Ley consagra en su artículo [35](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5353#35) y en el numeral [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5353#36.2) del artículo 36 la Evaluación de Competencias como el mecanismo voluntario que evalúa la práctica educativa y pedagógica por los educadores oficiales en su puesto de trabajo, con el fin de lograr su ascenso de grado o reubicación en el Escalafón Docente.
Que el Decreto [1657](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70700#1657) de 2016. adicionado al Decreto 1075 de 2015. subrogó las secciones 1.2.3 y 4 del Capítulo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#p.4.t.1.c.4). Titulo 1 Parte 4 Libro 2 del Decreto 1075 en donde se reguló la evaluación de la que trata el articulo [35](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5353#35) y el numeral [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5353#36.2) del artículo 36 del Decreto Ley 1278 de 2002. atribuyéndole a la misma un carácter diagnóstico formativo.
Que dentro de las responsabilidades dispuestas en el artículo [2.4.1.4.2.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#2.4.1.4.2.1) del Decreto 1075 de 2015, al Ministerio de Educación Nacional le compete definir el cronograma de la evaluación de carácter diagnóstico formativo (ECDF) y. por tanto, expidió la Resolución No [21292](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70513) de 2016.
Que con el fin de promover la participación efectiva de los educadores inscritos en el escalafón de que trata el Decreto [1278](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5353) de 2002 en la ECDF que inició trámites en el año 2016 y que se desarrollará en el año 2017. el Ministerio de Educación Nacional encuentra necesario adelantar campañas pedagógicas sobre el uso de la plataforma en la cual se desarrollará la evaluación y aumentar el plazo de inscripción para dicho proceso, al igual que el plazo para iniciar el cargue de instrumentos a la plataforma por lo que se hace necesario modificar en ese sentido el cronograma de actividades de qué trata el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70513#1) de la Resolución 21292 de 2016.
Que con la modificación de la fecha del cierre de inscripciones e inicio del cargue de instrumentos no se modifica la fecha de finalización de la evaluación. En mérito de lo expuesto.
RESUELVE:
Artículo 1. _Modificación al artículo[1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70513#1)de la Resolución 21292 de 201_6. Modifíquese el artículo 1 de la Resolución 21292 de 2016. a partir de la etapa de inscripción, el cual quedará así: | Actividad
| **Periodo de Ejecución ---|--- Inscripción. | _Desde el 02 de enero de 2017 hasta el día 03 de febrero de 2017._ Cargue y valoración de los instrumentos de evaluación. | _Desde el 20 de febrero de 2017._ Estas etapas finalizarán como máximo el 23 de julio de 2017. Publicación de resultados por parte del ICFES. | El Ministerio de Educación Nacional o la entidad contratada para operar la evaluación, publicará los resultados el 24 de julio de 2017. Término para presentar reclamaciones frente a los resultados. | Los aspirantes a ser ascendidos o reubicados en los términos que indique la normatividad. podrán interponer reclamación de considerarlo necesario a partir del día hábil siguiente a la publicación de resultados. Término para resolver las reclamaciones. | El Ministerio de Educación Nacional o la entidad contratada para tal fin. contará con un término máximo cuarenta y cinco (45) días calendario para resolver las reclamaciones interpuestas. Publicación lista de candidatos | Una vez enviados los listados de candidatos por parte del Ministerio de Educación Nacional a las ETC, estas efectuarán la publicación de los listados dentro de los diez (10) días siguientes a la remisión. Acreditación de requisitos y expedición de actos administrativos de ascenso, reubicación o negación del movimiento. | A partir de la publicación de los listados de candidatos, la entidad territorial contará con quince (15) días hábiles para expedir el acto administrativo de ascenso o reubicación salarial, previa verificación del cumplimiento de los requisitos previstos para tal efecto.
Artículo 2.
La presente resolución rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de enero del año 2017
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL,
YANETH GIHA TOVAR
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