Resolución 065 de 2017
Resolución 065 de 2017 Empresa Metro de Bogotá S.A.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 065
- Año
- 2017
- Fecha
- 21 de julio de 2017
- Entidad
- Empresa Metro de Bogotá S.A
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, RESOLUCIÓN 065 DE 2017 (Julio 21) __ _Por medio de la cual se liquida una modificación presupuestal al interior del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2017_ EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A.
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el Decreto Distrital 195 del 11 de mayo de 2007,
CONSIDERANDO:
Que la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A., mediante Acuerdo No. [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68635) del 16 de diciembre de 2016, conceptuó favorablemente sobre el Proyecto de Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia fiscal 2017 Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS), mediante la Resolución No. 14 de 2016, aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
Que mediante Resolución No. 01 de 2016, se liquidó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2017.
Que mediante Resoluciones No. 006, 026, 030 Y 043 de 2017, se ha modificado el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2017.
Que la Empresa Metro de Bogotá S.A., dentro de los requerimientos logísticos que se deben cubrir para el adecuado desarrollo de las funciones encomendadas a la empresa, se identifica la necesidad de contar con el servicio de vigilancia y seguridad en modalidad de recepcionista, el cual incluya el sistema de circuito cerrado de televisión y un sistema de control de acceso a la sede de la empresa Metro de Bogotá. Lo anterior teniendo en cuenta que, en desarrollo de su objeto social, la Empresa Metro de Bogotá S.A., tiene la obligación de salvaguardar sus bienes y garantizar la seguridad personal de los servidores públicos, visitantes de otras entidades y el público en general. Por lo tanto, resulta conveniente para la entidad el servicio de guarda recepcionista con medio de comunicación sin arma.
Que así mismo se requiere el sistema de control de acceso para garantizar el ingreso y salida de servidores públicos de la empresa de forma controlada en cualquier horario. Por último, el circuito cerrado de televisión se requiere con el fin de garantizar la vigilancia y control de tránsito en los pasillos de la sede de la empresa, en cualquier horario.
Que adicionalmente la Empresa requiere contratar los servicios profesionales y de apoyo a la gestión de implementación, puesta en marcha y mantenimiento del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo; así mismo se requiere la contratación de asesorías y consultorías especializadas para la Empresa Metro de Bogotá.
Que la Empresa Metro requiere la suscripción a un sistema de consulta normativa que permita la actualización legal constante y oportuna para todos los empleados y trabajadores de la entidad.
Que la Empresa requiere realizar la compensación en dinero de las vacaciones causadas y no disfrutadas al personal que se desvincula definitivamente de la entidad.
Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, está identificada la necesidad de efectuar algunos traslados presupuestales al interior del Agregado Gastos de Funcionamiento, con el fin de garantizar los rubros y asignaciones necesarias para contar con los servicios profesionales de apoyo a la gestión, consultorías y asesorías especializadas, suscripción a una base de actualización legislativa, el sistema de circuito cerrado de televisión y un sistema de control de acceso a la sede de la Empresa Metro de Bogotá.
Que los recursos para financiar estos rubros, se proveen a través de contra crédito parcial en el rubro de Servicios personales asociados a la Nómina los cuales, de acuerdo a la proyección de las obligaciones derivadas de la planta de personal, tendrán una menor ejecución en la vigencia 2017. Que, de acuerdo a lo establecido, corresponde al Gerente General de la Empresa Metro de Bogotá S.A., liquidar la correspondiente modificación presupuestal.
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RESUELVE:
Artículo 1º-: Liquidar la modificación presupuestal al interior del Agregado de Gastos de Funcionamiento del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2017, consistente en un traslado por valor de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($265.000.000), conforme al siguiente detalle: | IMPUTACION | DESCRIPCIÓN | CONTRACREDITOS | CREDITOS ---|---|---|--- 3 | GASTOS | 265.000.000 | 265.000.000 31 | Gastos de Funcionamiento | 265.000.000 | 265.000.000 311 | Servicios personales | 265.000.000 | 225.000.000 _31101_ | _Servicios personales asociados a la nómina_ | _265.000.000_ | _5.000.000_ 3110101 | Sueldo personal de nómina | 265.000.000 | 3110113 | Vacaciones en Dinero | | 5.000.000 _31102_ | _Servicios personales indirectos_ | __ | _220.000.000_ 3110203 | Honorarios | | 220.000.000 312 | Gastos generales | 0 | 40.000.000 _31202_ | _Adquisición de servicios_ | _0_ | _40.000.000_ 3120203 | Impresos y publicaciones | 0 | 15.000.000 3120204 | Mantenimiento y reparaciones | 0 | 25.000.000 Artículo 2º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a 21 días del mes de julio del año 2017.
ANDRÉS ESCOBAR URIBE
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Gerente General
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