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Decreto Local 007 de 2017

Decreto Local 007 de 2017 Alcaldía Local de La Candelaria

Tipo
Decreto Local
Número
007
Año
2017
Fecha
11 de julio de 2017
Entidad
Alcaldía Local de La Candelaria
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 007 DE 2017

(Julio 11)

_Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal de 2017_

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que según el Decreto 372 de 2010 en su artículo [36°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36). Estipula “El alcalde Local ajustará por decreto las obligaciones por pagar hasta el monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y reflejará en el ingreso el monto ajustado en la Disponibilidad Inicial”.

Que de conformidad con el oficio de la Secretaria Distrital de Hacienda Nº2017EE1831 y una vez efectuado el cierre presupuestal para la vigencia fiscal 2016 se determinó el monto real de las obligaciones por pagar por valor de $12.213.898.749 y un saldo real en caja por el mismo valor.

Que en el presupuesto para la vigencia fiscal 2017, se estimó un valor tanto de obligaciones por pagar como de disponibilidad inicial de $16.778.517.000 por lo que se hace necesario ajustar el rubro hasta el valor realmente constituido y ajustado en las Obligaciones por Pagar.

Que de Acuerdo a lo anterior el Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria debe disminuir la disponibilidad inicial en un monto de $4.564.618.251, frente al programado para la vigencia fiscal 2017, cuyo valor real es de $12.213.898.749.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Reducir el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la Vigencia Fiscal de 2017, de conformidad con el siguiente detalle: **INGRESOS

| Código | Concepto | Reducir ---|---|--- 1. | Disponibilidad Inicial | $4.564.618.251**

Artículo segundo.

El presente Decreto rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los 11 días del mes de julio del año 2017

MANUEL CALDERÓN RAMÍREZ

Alcalde Local de La Candelaria

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