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Decreto Local 004 de 2017

Decreto Local 004 de 2017 Alcaldía Local de Santa Fe

Tipo
Decreto Local
Número
004
Año
2017
Fecha
13 de julio de 2017
Entidad
Alcaldía Local de Santa Fe
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 004 DE 2017

(Julio 13)

_Por medio del cual se realiza una modificación en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe. Traslado presupuestal en la suma de setecientos cuarenta y siete mil seiscientos pesos mcte ($747.600.00) vigencia fiscal de 2017_

EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda. Dirección Distrital de Presupuesto. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Planeación.

Que en la Resolución No. SDH–[000226](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61688#31) del 8 de Octubre de 2014, por medio del cual se adopta y consolida el manual de programación, ejecución y cierre presupuestal del Distrito Capital se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.

Que según el Manual 4.1 Traslado Presupuestal: “Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales... Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión 1.

Que se hace necesario realizar un traslado – Crédito en el Presupuesto para complementar los recursos de los rubros Gastos de Funcionamiento vigencia 2017 en el componente Seguros de salud Ediles en cuantía de $747.600.00 con los cuales se busca brindar un completo servicio a la Administración- amparo Salud Ediles corte 31 de Diciembre de 2017. 2.

Que se dispone de recursos en la suma de $747.600.00 el Rubro Seguros de Vida Ediles.

Que efectuada la revisión de Gastos, procesos de formulación y contratación a la fecha se considera que los componentes de gastos cuentan con recurso suficiente y se cumple con lo requerido para la protección de Vida de los ediles de la localidad Vigencia 2017. Por lo tanto se puede efectuar un Contracrédito del Rubro Seguros de Vida Ediles, sin afectar el normal funcionamiento de la Administración Local en cuantía de $747.600.00.

Que en virtud a lo anteriormente expuesto, se hace necesario realizar el traslado presupuestal solicitado para poder dar cumplimiento a las necesidades de la administración Local, así mismo cumplir las metas establecidas para este componente en el Plan de Desarrollo Local de Santa Fe “Bogotá Mejor para todos”. 3.

Que se cuenta con el Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 385 de fecha 14-06-2017 mediante el cual se informa de la disponibilidad de recursos a trasladar. 4.

Que la Secretaria de Hacienda. Dirección Distrital de Presupuesto con oficio No. 2017EE125352 de fecha 13-07-2017, emite concepto favorable a la propuesta de Traslado.

Que en mérito de lo expuesto el Alcalde Local de Santa Fe

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese un CRÉDITO en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe de la vigencia 2017 en la suma de SETESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS PESOS MCTE ($747.600.00) de acuerdo con el siguiente detalle: CRÉDITO | CODIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | 747.600 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 747.600 3-1-2 | GASTOS GENERALES | 747.600** 3-1-2-02 | Adquisición de Servicios | 747.600 3-1-2-02-06 | Seguros | 747.600 3-1-2-02-06-05 | Seguros de Salud Ediles | 747.600

Artículo segundo.

Efectúese un CONTRACRÉDITO en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe de la vigencia 2017 en la suma de SETESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS PESOS MCTE ($747.600.00) de acuerdo con el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITO

CODIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | 747.600 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 747.600 3-1-2 | GASTOS GENERALES | 747.600 3-1-2-02 | Adquisición de Servicios | 747.600 3-1-2-02-06 | Seguros | 747.600 3-1-2-02-06-04 | Seguros de Vida Ediles | 747.600

Artículo tercero.

El presento Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los 13 días del mes de julio del año 2017

GUSTAVO ALONSO NIÑO FURNIELES

Alcalde Local de Santa Fe

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