Decreto Local 003 de 2017
Decreto Local 003 de 2017 Alcaldía Local de Santa Fe
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 003
- Año
- 2017
- Fecha
- 28 de junio de 2017
- Entidad
- Alcaldía Local de Santa Fe
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 003 DE 2017
( Junio 28)
_Por el cual se efectúa una adición al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe para la vigencia fiscal de 2017_
EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE
En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Decreto 1421 de 1993 y el Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo [31°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) Modificaciones Presupuestales – del Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”- establece que cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: Literal [C:](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.l.c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L. mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes.
Que el Artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010 sobre “Distribución de Excedentes” señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto del excedente Financieros de los FDL, teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe a 31 de Diciembre de 2016 presentó un monto de excedentes de liquidez de TRES MIL VEINTINUEVE MILLONES VEINTITRÉS MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($3.029.023.186.00) Que mediante Circular No 02 de 2017 de fecha 04-04-2017 con radicado 2-2017-15207 de fecha 06-04-2017 radicado Alcaldía Local No. 2017-531- 004233-2 el día 17-04-2017, el CONFIS informa que en Sesión No. 03 celebrada el 30 y 31-03-2017 y conforme a lo establecido en los artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto Distrital 372 de 2010 resolvió: 1. Determinar un monto de Excedentes Financieros a 31 de Diciembre de 2016 por valor de SESENTA MIL CUATROSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($60.452.231.233,00) generados por los 20 Fondos de Desarrollo. Los cuales se distribuirán según la circular. 2. Distribuir los Excedentes Financieros de los Fondos de Desarrollo Local 2016 por valor de $60.452.231.233.00 de acuerdo con lo establecido en el Artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto Distrital 372 de 2010 considerando los conceptos y propuestas de los alcaldes Locales y las necesidades apremiantes que presenta la Ciudad. La distribución del Excedente por parte del CONFIS se detalla así: 1 i) $50.981.381.673.00 para las Sedes Administrativas de las Alcaldías Locales de Usaquén, Santa Fe, Tunjuelito y Puente Aranda. De los cuales Para la Localidad de SANTA FE DOS MIL CIENTO SETENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL TRECIENTOS VEINTICUATRO PESOS MCTE ($2.176.280.324,00), para la contratación de los Estudios y diseños del Centro Administrativo Local. 2 iv) $2.015.074.374,00 Para la Atención de los Puntos críticos de residuos sólidos en las Localidades de Chapinero, Santa Fe, San Cristóbal, Usme, Fontibón, Engativá, Barrios Unidos, Teusaquillo, Los Mártires, Antonio Nariño, La Candelaria y Rafael Uribe. De los cuales Para la Localidad de SANTA FE la suma de CIENTO TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS M/ CTE ($130.866.990.00) Que para la ejecución de los recursos se solicita a los Alcaldes Locales realizar en acompañamiento de la Empresa Aguas de Bogotá, la ejecución de las actividades relacionadas con los puntos críticos de residuos sólidos identificados en cada zona.
Que la Junta Administradora Local de Santa Fe con Oficio JAL 183 de fecha Junio 22 de 2017 remite Acuerdo Local No. [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70046) de Junio 16 de 2017. Radicado 2017-531-007164-2.
Que el Alcalde Local de Santa Fe Sanciona el Acuerdo Local No. [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70046) de 2017 el día 27 de Junio de 2017 (27-06-2017).
Que en mérito de lo expuesto el Alcalde Local de Santa Fe.
DECRETA:
Artículo 1.
Adicionar el Presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe para la Vigencia Fiscal de 2017, conforme al siguiente detalle. INGRESOS | **Código
| Concepto | Valor ---|---|---
2. | INGRESOS | 2.307.147.314.00 2.4 | RECURSOS DE CAPITAL | 2.307.147.314.00 2.4.5 | Excedentes Financieros | **2.307.147.314.00
GASTOS
Código | Concepto | Valor ---|---|--- 3.
| GASTOS | 2.307.147.314.00 **3.3.
| INVERSION | 2.307.147.314.00 **3.3.1.
| DIRECTA | 2.307.147.314.00 3.3.1.15 | Bogotá Mejor para todos | 2.307.147.314.00 3.3.1.15.07 | Eje Transversal Gobierno Legítimo, fortalecimiento Local y eficiencia | 2.307.147.314.00 3.3.1.15.07.45 | Gobernanza e Influencia local, Regional e Internacional | 2.307.147.314.00 3-3-1-15-07-45-1326 | Santa Fe al día | 2.307.147.314.00
Artículo segundo.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los 28 días del mes de junio del año 2017
GUSTAVO ALONSO NIÑO FURNIELES
Alcalde Local de Santa Fe
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