Resolución 344 de 2017
Resolución 344 de 2017 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 344
- Año
- 2017
- Fecha
- 17 de julio de 2017
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 344 DE 2017 (Julio 17)
_Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 026 del 23 de enero de 2017_
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Distrital 06 1 del 1 4 de febrero de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución [DDC-1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38755) del 12 de mayo del 2009. "_Por la cual se adopta el manual para el manejo y control de las cajas menores"_, expedida por el Contador General de Bogotá D.C. se implementó la guía que facilita la gestión administrativa y contable aplicable a los fondos de cajas menores, acorde con las nuevas normas de contabilidad pública establecidas por la Contaduría General de la Nación.
Que en el numeral [8°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3768#8) de la Directiva 1 de 2001, expedida por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., modificada por la Directiva Distrital [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=24017) de 2007, aclarada por la Directiva [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31959) de 2008 se establece que los representantes legales de las entidades deberán reglamentar internamente las cajas menores, de tal manera que se reduzcan sus cuantías y que su número no sea superior a dos (2) por entidad.
Que mediante resolución [026](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68454) del 23 de enero de 2017 se constituyó la caja menor por valor de CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($ 4.154.000), para atender las siguientes necesidades. | NOMBRE DEL RUBRO | IDENTIFICACIÓN | VALOR ACTUAL ---|---|--- Combustibles, Lubricantes y Llantas | 104-01-3-1-2-01-03 | $ 91.667 Materiales y Suministros | 104-01-3-1-2-01-04 | $ 500.500 Gastos de Transporte Comunicación | 104-01-3-1-2-02-03 | $ 936.000 Impresos y Publicaciones | 104-01-3-1-2-02-04 | $ 595.833 Mantenimiento Entidad | 104-01-3-1-2-02-05-01 | $ 780.000 C.A.D.E. | 104-01-3-1-2-02-13-02 | $ 1.250.000 TOTAL | | $ 4.154.000 Que se requiere atender los gastos de funcionamiento definidos en el Presupuesto Anual del Distrito Capital que tengan el carácter de urgentes, imprescindibles, inaplazables y necesarios para el buen funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que se hace necesario disminuir el Rubro C.A.D.E en TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($ 350.000) y adicionar el Rubro Presupuestal Gastos de Computador 104-01-3-1-2-01-02 por valor de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($ 350.000) para cubrir los gastos de necesidades urgentes que se ocasionan para el funcionamiento de la administración.
Que se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No. 1092 del 13 de Julio de 2017, expedido por el Responsable de Presupuesto de la Entidad.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1-. Modificar el "Artículo[4°.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68454#4)Unidad Ejecutora, Rubros Presupuestales y Cuantía" de la Resolución [026](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68454) de 2017, así: Los gastos realizados con cargo a esta Caja Menor, serán imputados presupuestalmente a los rubros que se indican a continuación, sin superar mensualmente las siguientes cuantías:
NOMBRE DEL RUBRO | IDENTIFICACIÓN | NUEVOS VALORES ---|---|--- Combustibles, Lubricantes y Llantas | 104-01-3-1-2-01-03 | $ 91.667 Materiales v Suministros | 104-01-3-1-2-01-04 | $ 500.500 Gastos de Transporte y Comunicación | 104-01-3-1-2-02-03 | $ 936.000 Impresos y Publicaciones | 104-01-3-1-2-02-04 | $ 595.833 Mantenimiento Entidad | 104-01-3-1-2-02-05-01 | $ 780.000 C.A.D.E. | 104-01-3-1-2-02-13-02 | $ 900.000 Gastos de Computador | 104-01-3-1-2-01-02 | $ 350.000 TOTAL | | $ 4.154.000 Artículo 2-. Vigencia.** La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 17 días del mes de julio del año 2017
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
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