Resolución 14874 de 2017
Resolución 14874 de 2017 Superintendencia de Transporte
- Tipo
- Resolución
- Número
- 14874
- Año
- 2017
- Fecha
- 28 de abril de 2017
- Entidad
- Superintendencia de Transporte
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 14874 DE 2017
**(Abril 28)
_Por la cual se amplía el plazo de reporte de información financiera para las entidades clasificadas en el Grupo 2 establecido en la Resolución 7419 del 28 de marzo de 2017_**
El Superintendente de Puertos y Transporte, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 27 de la Ley 1ª de 1991, el artículo 34 de la Ley 222 de 1995, el artículo[10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36833#10)de la Ley 1314 y los numerales 4, 6, 17 y 18 del artículo 4° del Decreto 1016 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República, en ejercicio de su función legislativa, expidió la Ley [1314](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36833) de 2009, “ _por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento_ ”;
Que el artículo [6°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36833#6) de la citada ley, estableció como autoridades de regulación y normalización técnica, a la Contaduría General de la Nación, en materia de contabilidad pública y a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, quienes obrando conjuntamente, deben expedir principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera, y de aseguramiento de información;
Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36833#10) de la norma ibídem, señala que corresponde a las autoridades de supervisión, vigilar que los entes económicos sujetos a su inspección, vigilancia y control, así como sus administradores, funcionarios y profesionales de aseguramiento de la información, cumplan con las normas en materia de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información;
Que el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36833#12) de la ley en comento, determina que las autoridades con competencia sobre entes privados o públicos deberán garantizar que las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información de quienes participen en un mismo sector económico, sean homogéneas, consistentes y comparables;
Que a través de los Decretos Reglamentarios de la Ley [1314](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36833) de 2009, se establecieron los criterios para que los preparadores de información financiera, se clasifiquen en diferentes grupos de acuerdo con sus características, y se definieron las condiciones que deben observar para la aplicación de los marcos normativos durante los periodos de preparación obligatoria, transición, primer periodo de aplicación y de allí en adelante;
Que de conformidad con lo señalado en los decretos reglamentarios de la Ley [1314](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36833) de 2009, cesaron los efectos de los Decretos [2649](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9863) y 2650 de 1993;
Que la Contaduría General de la Nación, expidió las Resoluciones N° 743 del 17 de diciembre de 2013 y 414 del 8 de septiembre de 2014, mediante las cuales incorporó en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable para algunas empresas sujetas a su ámbito y se dictan otras disposiciones y a través de la Resolución N° 533 del 8 de octubre de 2015, incorporó en el Régimen de Contabilidad Pública el marco normativo aplicable a entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones”;
Que el Extensible Business Reporting Language (XBRL), permite el reporte de información financiera de forma estandarizada, facilitando la comparabilidad, transparencia y fiabilidad, incorporando las reglas de negocio en su implementación. Por esto, se han desarrollado al interior de la entidad taxonomías correspondientes a cada uno de los marcos normativos, para recibir la información financiera en el sistema Vigía, y se han definido los reportes obligatorios para la vigencia 2015, como se muestra en la guía de implementación publicada en el Portal web de la entidad. Lo anterior, sin perjuicio de que la totalidad de la información contenida en este requerimiento, deba prepararse y estar a disposición en caso de ser solicitada;
Que así mismo, para la preparación de la información financiera, se ha dispuesto de un archivo de Excel para cada taxonomía y tipo de informe, el cual se encuentra disponible en el módulo financiero del sistema VIGÍA de la Superintendencia de Puertos y Transporte, con la finalidad de facilitar la conversión de la información en Excel al lenguaje XBRL;
Que los sujetos de supervisión, deberán implementar los mecanismos necesarios para el cargue de la información financiera en formato XBRL, de acuerdo al Instructivo para el cargue de información financiera preparada de conformidad con la Ley [1314](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36833) de 2009, disponible en el Portal Web de la Entidad;
Que para efectos del reporte de la información financiera, la Superintendencia de Puertos y Transporte implementó en el Sistema Vigía, las taxonomías extendidas aplicables a los Grupos 1, 2, 3 y la Resolución 414 del 2014 de la Contaduría General de la Nación, cada una de estas de tipo informe individual y/o consolidado, con excepción de la taxonomía del Grupo 3, que aplica únicamente el tipo informe individual;
Que con el fin de dar continuidad a la preparación, implementación y uso de esta forma de reporte de información financiera, la Superintendencia no modificará estas taxonomías, hasta tanto no se presenten cambios significativos en los marcos normativos que deban ser incluidos en nuevas versiones de las taxonomías. En todo caso, cuando se produzcan los cambios se publicarán en la página web de la entidad, Que con fundamento en lo anterior, es necesario sustituir el reporte de información financiera bajo los planes de contabilidad generalmente aceptados por el reporte de información financiera en taxonomías en formato XBRL, con el objeto que los sujetos de supervisión realicen el reporte de la información conforme a los estándares internacionales;
Que mediante Resolución 78669 del 30 de diciembre de 2016, se estableció los plazos para el reporte de información financiera en las notas y formatos de la taxonomía en lenguaje informático Extensible Business Reporting Language (XBRL), para las entidades clasificadas en el Grupo 2, de conformidad con la Resolución 414 de 2014 emitida por la Contaduría General de la Nación y Voluntarios del grupo 1 con cronograma del Grupo2, en cumplimiento de Ley [1314](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36833) de 2009;
Que mediante la Resolución 7419 del 28 de marzo de 2017, se amplió el plazo de reporte de información financiera para las entidades clasificadas en el Grupo 2 establecido en la Resolución 78669 del 30 de diciembre de 2016, para los vigilados Grupo 2, Voluntarios Grupo 1 de información financiera del 28 de marzo al 28 de abril de 2017 y para los vigilados clasificados en Resolución 414 de 2014 / CGN (Entidades Estatales) del 28 de marzo al 25 de abril de 2017;
Que los vigilados clasificados en la Resolución 414 de 2014 / CGN (Entidades Estatales) del 28 de marzo al 25 de abril de 2017, no reportarán información financiera adicional, toda vez que durante la vigencia 2015, el reporte de la información se realizó bajo el Decreto [2649](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9863) de 1993;
Que con el objeto que los sujetos de supervisión realicen el reporte de la información financiera de la vigencia 2015, conforme a las normas internacionales, se hace necesario ampliar los plazos establecidos en la Resolución 7419 del 28 de marzo de 2017; En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Ampliar los plazos establecidos en el artículo 1° de la Resolución 7419 del 28 de marzo de 2017, el cual quedará así: __ _– Vigilados Grupo 2, Voluntarios Grupo 1 de información financiera:_ | ÚLTIMOS DÍGITOS | DESDE | **HASTA ---|---|--- 76 - 99 | 28/04/2017 | 15/05/2017 51 -75 | 16/05/2017 | 30/05/2017 26 - 50 | 1/06/2017 | 15/06/2017 00 - 25 | 16/06/2017 | 30/06/2017
Parágrafo. Los vigilados clasificados en Resolución 414 de 2014 / CGN (Entidades de Economía Mixta), no presentarán información financiera adicional, toda vez que durante el 2015 su reporte lo hicieron bajo el Decreto [2649](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9863) de 1993.
Artículo 2°.
_Vigencias y derogatorias._ La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial __ y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Expedida en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de abril de 2017
EL SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE,
__
JAVIER ANTONIO JARAMILLO RAMÍREZ
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Resolución 860 de 2024
RESOLUCIÓN 860 DE 2024 Por medio de la cual se establecen las medidas de emergencia a mujeres en todas sus diversidades en riesgo de feminicidio, familias y pe…
-
Resolución 20237000700 de 2023
RESOLUCIÓN 20237000700 DE 2023 ( O ctubre 17) P or medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Desarrollo …
-
Resolución 838 de 2023
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ 838 DE 2023 (Septiembre 05) Por medio de la cual se adopta el Diccionario de Competencias Comportamentales de los empleos de la C…
-
Resolución 20223040044858 de 2022
SERVI001 RESOLUCIÓN 20223040044858 DE 2022 Por la cual se prorroga la entrada en vigencia de la Resolución 20223040044585 de 2022, aplicable a sistemas de fren…
-
Resolución 355 de 2021
RESOLUCIÓN 355 DE 2021 Por medio de la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Movilidad en los Consejos Distrital y Consultivo de la Bicic…