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Resolución 186 de 2017

Resolución 186 de 2017 Secretaría Distrital de la Mujer

Tipo
Resolución
Número
186
Año
2017
Fecha
23 de mayo de 2017
Entidad
Secretaría Distrital de la Mujer
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 0186 DE 2017

(Mayo 23)

_Por medio de la cual se corrige un error formal en la Resolución No.[0176](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68088)de 2017_

LA SECRETARIA DISTRITAL DE LA MUJER

En ejercicio de sus facultades legales y en especial, de las conferidas en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y el Decreto Distrital No. 001 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No. 0176 del 16 de mayo de 2017, se nombraron en empleos de Auxiliar Administrativo código 407 Grado 18 de carácter temporal de la Secretaría Distrital de la Mujer, hasta el 30 de junio de 2018 a veinte (20) personas que ocuparon los primeros lugares de la lista de resultados de la convocatoria 01 de 2016.

Que en la parte considerativa y resolutiva de la Resolución No. 0176 del 16 de mayo de 2017, se indicó que los primeros lugares de la lista de resultados eran de la convocatoria 01 de 2016, cuando en realidad obedecen a la convocatoria 04 de 2016.

Que el artículo [45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#45) de la Ley [1437](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249) de 2011, “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativa”, preceptúa: “Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”.

Que la corrección prevista en la presente Resolución cumple con los presupuestos del artículo en cita, por cuanto fue un palpable error de digitación y no genera modificaciones en el sentido material de la decisión adoptada por la Secretaría Distrital de la Mujer.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Corregir la parte considerativa y el artículo primero de la Resolución No. 0176 del 16 de mayo de 2017, en el sentido de indicar que la convocatoria es la 04 de 2016 y no como allí aparece.

Artículo segundo.

La presente Resolución, rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente, la Resolución No. 0176 del 16 de mayo de 2017. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. **Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de mayo de 2017.

CRISTINA VÉLEZ VALENCIA Secretaria Distrital de la Mujer

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