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Proyecto de Acuerdo 007 de 2017

Proyecto de Acuerdo 007 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Proyecto de Acuerdo
Número
007
Año
2017
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

MEMORANDO PROYECTO DE ACUERDO 007 DE 2017 _ _ _Por medio del cual se institucionaliza la campaña “Dia Bogotá limpia” como promoción de una estrategia de cultura de aseo, reciclaje y ornato en la ciudad_ **EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C., En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 18 y 23 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

ACUERDA:

Artículo primero.

Objeto. El presente acuerdo tiene por objeto establecer en Bogotá D.C la jornada “DÍA BOGOTÁ LIMPIA”**, durante la primera semana del mes de agosto, con el fin de promover brigadas de limpieza y aseo en el Distrito Capital, contribuyendo en la construcción de una ciudad sostenible y así ofrecer mejor calidad de vida a sus habitantes promoviendo una amplia participación ciudadana para llevar a cabo sus funciones urbanas, con el fin de ayudar a mejorar la apariencia de la ciudad y promover un medio ambiente sano.

Artículo segundo.

Responsabilidades y componentes de la estrategia. “DÍA BOGOTÁ LIMPIA”. Las Secretarias Distritales de Ambiente y de Hábitat junto con la U.A.E.S.P y el I.D.P.A.C, establecerán los programas específicos para crear e incentivar estrategias para el ornato, aseo y embellecimiento de espacios públicos en el “Día de Bogotá Limpia”. Utilizando estrategias en las que se vinculen el sector público y el sector privado, a los ciudadanos del Distrito Capital y demás entidades del Distrito Capital.

Artículo tercero.

Reconocimiento. El I.D.P.A.C., y la U.A.E.S.P., crearán un incentivo para las comunidades e instituciones participantes en la jornada “DIA BOGOTA LIMPIA”. Los incentivos o reconocimientos se asignarán a través de concursos donde se determinen los sectores con mayores resultados dentro del marco de la jornada “DÍA BOGOTÁ LIMPIA”.

Parágrafo. Corresponderá a la administración el diseño y características del incentivo de participación, así como los criterios según los cuales este será entregado.

Artículo cuarto.

Vigencia.** El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

**PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Nota:** Ver anexos

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