Proyecto de Acuerdo 017 de 2017
Proyecto de Acuerdo 017 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Proyecto de Acuerdo
- Número
- 017
- Año
- 2017
- Entidad
- Concejo de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
MEMORANDO **PROYECTO DE ACUERDO 017 DE 2017
_Por el cual se establecen lineamientos para la reducción de la pérdida y desperdicio de alimentos en el Distrito Capital_** __
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL,
**En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente de las contenidas en el artículo 12, numerales 1 y 3 del Decreto 1421 de 1993,
ACUERDA:
Artículo 1º.
OBJETO:** Establecer lineamientos para que se coordinen y articulen esfuerzos de todos los actores involucrados en la cadena alimentaria, tanto del sector público como privado, con el fin de buscar la reducción de la pérdida y desperdicio de alimentos dentro del Distrito Capital.
Artículo 2º.
ENTIDADES RESPONSABLES:
Corresponderá a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y al Instituto para la Economía Social -IPES, realizar las acciones tendientes a la implementación, seguimiento y verificación.
Parágrafo.
Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y el Instituto para la Economía Social podrán articularse con entidades del sector público, privado, mixto y/o de carácter internacional.**
Artículo 3º.
LINEAMIENTOS PARA EL PLAN ESTRATÉGICO PARA
LA REDUCCIÓN DE LA PÉRDIDA Y DESPERDICIO DE ALIMENTOS EN EL DISTRITO CAPITAL:** Con el fin de lograr el objetivo propuesto en el artículo primero del presente acuerdo, la Administración formulará públicamente e implementará un Plan Estratégico para la Reducción de la pérdida y desperdicio de Alimentos en el Distrito Capital teniendo en cuenta, como mínimo, los siguientes lineamientos:
a. Complementar la Política Pública de Seguridad Alimentaria y Nutricional y el Plan Maestro de Abastecimiento de Alimentos y Seguridad Alimentaria para Bogotá, para incluir medidas orientadas a la reducción de la pérdida y desperdicio de alimentos. b. Crear el “BANCO DISTRITAL DE ALIMENTOS DE BOGOTÁ” en articulación con los Bancos Solidarios de Alimentos de las localidades de Bogotá y demás redes establecidas en el Plan Maestro de Abastecimiento de Alimentos y Seguridad Alimentaria. c. Establecer el reconocimiento: “CONTRIBUYO, NO DESPERDICIO NI PIERDO ALIMENTOS”, por la Responsabilidad Social Empresarial de los actores públicos y privados que demuestren el ejercicio de buenas prácticas tendientes a reducir la Pérdida y Desperdicio de Alimentos. d. Fortalecer la vigilancia y control de toda la Cadena de Suministro de Alimento s, con el fin de reducir la pérdida y desperdicio de alimentos en Bogotá. e. Implementar sanciones a infractores por motivo de pérdida y desperdicio de alimentos.
f. Crear y promover un“PROTOCOLO DE HÁBITOS DE COMPRA Y CONSUMO”. g. Crear y promover un “PROTOCOLO DE BUENAS PRÁCTICAS EMPRESARIALES PARA PRODUCTORES, TRANSFORMADORES, DISTRIBUIDORES Y COMERCIALIZADORES DE ALIMENTOS EN EL DISTRITO CAPITAL”.
h. Crear la MESA TÉCNICA PERMANENTE DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y PREVENCIÓN DE LA PÉRDIDA Y DESPERDICIO DE ALIMENTOS, en la cual podrán participar representantes de cada uno de los actores de la cadena de suministro de alimentos, como son: productores, transformadores, distribuidores y consumidores de productos alimenticios, la cual participará en el proceso de diseño y formulación de los documentos a que hace referencia el presente Acuerdo
Artículo 4º.
Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Nota:** Ver anexos
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