Proyecto de Acuerdo 023 de 2017
Proyecto de Acuerdo 023 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Proyecto de Acuerdo
- Número
- 023
- Año
- 2017
- Entidad
- Concejo de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
MEMORANDO PROYECTO DE ACUERDO 023 DE 2017
_Por el cual se dictan lineamientos de política pública para el uso y manejo de sustancias generadoras de vertimientos peligrosos, producidas por clínicas veterinarias y establecimientos de servicios veterinarios, y se dictan otras disposiciones_** __
**EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 7 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993
ACUERDA:
Artículo 1°.
Objeto.** Dictar los lineamientos de la Política Pública Distrital para el uso y manejo de sustancias generadoras de vertimientos peligrosos producidas por clínicas veterinarias y establecimientos de servicios veterinarios.
Artículo 2°.
Objetivo General.** Prevenir, controlar y mitigar la generación de vertimientos peligrosos en clínicas veterinarias y en establecimientos de servicios veterinarios del Distrito Capital mediante el uso de mecanismos sustitutos amigables con el medio ambiente, la implementación de tecnologías de mitigación y promoción pedagógica acerca de la naturaleza y uso adecuado de dichas sustancias, con el fin de reducir el impacto ambiental y reducir los riesgos de adquirir enfermedades a quienes los manipulan.
ARTÍCULO 3° Objetivos específicos:** a) Fortalecer el control ambiental sobre las sustancias que generan vertimientos peligrosos. b) Minimizar la producción de residuos que generan vertimientos peligrosos producto de los procesos llevados a cabo en las clínicas veterinarias y en los establecimientos veterinarios. c) Prevenir la exposición de la población humana a sustancias peligrosas. d) Minimizar la generación de residuos que generan vertimientos peligrosos en clínicas veterinarias y en los establecimientos veterinarios. e) Reducir la generación de vertimientos peligrosos, a través del control de los residuos peligrosos en las clínicas veterinarias y establecimientos de servicios veterinarios. f) Establecer el uso de mecanismos sustitutos amigables con el medio ambiente en los procesos llevados a cabo en las clínicas veterinarias y en los establecimientos veterinarios. g) Establecer la implementación de tecnologías de mitigación y promoción pedagógica acerca de la naturaleza y uso adecuado de las sustancias utilizadas en clínicas veterinarias y en los establecimientos veterinarios. h) Reducir los riesgos de adquirir enfermedades a quienes manipulan sustancias utilizadas en clínicas y en los establecimientos veterinarios.
Artículo 4°.
Estrategias.** Los lineamientos de la política pública para el uso, manejo y disposición final de sustancias generadoras de vertimientos peligrosos, se fundamentan en las siguientes estrategias:
Estrategia Prescriptiva. Fortalecer la gestión y control ambiental sobre sustancias que generan vertimientos peligrosos en los establecimientos veterinarios. Estrategia Preventiva. Prevenir la generación de residuos que emitan vertimientos peligrosos producidos por las clínicas veterinarias y en los establecimientos de servicios veterinarios y la exposición de la población humana a dichos vertimientos. Estrategia de minimización. Minimizar la generación de vertimientos peligrosos en las clínicas veterinarias y en los establecimientos veterinarios. Estrategia de reducción y control. Reducir al máximo la generación de vertimientos peligrosos a través del control, en las clínicas veterinarias y en establecimientos de servicios veterinarios. Estrategia pedagógica**: Promover el conocimiento sobre la naturaleza de dichas sustancias, las buenas prácticas en su uso, y sus riesgos para la promoción del control social y ciudadano.
Artículo 5°.
Diagnóstico ambiental.** Para el desarrollo del diagnóstico ambiental se debe tener en cuenta como mínimo lo siguiente:
- Inventario detallado por localidad de las clínicas veterinarias y los establecimientos de servicios veterinarios. • Estudios de caracterización de vertimientos peligrosos a las diferentes clínicas veterinarias y establecimientos con servicios veterinarios de la ciudad. • Formulación de impactos ambientales por vertimientos líquidos generados al sistema de alcantarillado de la ciudad. • Inventario detallado por localidad de los puntos de entrega y recolección de residuos y/o desechos peligrosos. **
Artículo 6°.
Líneas de acción. Para el desarrollo de los lineamientos de la política pública de vertimientos provenientes de clínicas veterinarias y establecimientos de servicios veterinarios, se tendrán en cuenta las siguientes líneas de acción: a. Actores Involucrados: Reunir a los actores involucrados, con el fin de coordinar acciones específicas por entidad, que permita informar, concretar y evaluar los resultados de indicadores de logro y de gestión. Se involucrará a la academia dentro de la ejecución de la política pública, como fortalecimiento de las investigaciones necesarias para el desarrollo de la misma. b. Periodicidad de evaluación: Plantear metas anuales que permitan el cumplimiento de los proyectos a corto, mediano y largo plazo. c. Indicadores: Diseñar indicadores de seguimiento y de logro como un medio para el monitoreo y seguimiento de las metas planteadas para cada uno de los proyectos.
d. Diseño de material didáctico e informativo: Diseñar un manual para la prevención de enfermedades a las personas por la exposición a sustancias peligrosas durante los procesos desarrollados en las clínicas veterinarias y establecimientos de servicios veterinarios del Distrito Capital. Este manual deberá ser difundido en las clínicas veterinarias y en los establecimientos de servicios veterinarios como parte de la gestión integral de los residuos peligrosos. e. Plan de Ahorro y Uso Eficiente del agua: Formular el plan de ahorro y uso eficiente del agua en las clínicas veterinarias y en los establecimientos de servicios veterinarios, lo que tendría un efecto en la reducción de la cantidad de residuos líquidos peligrosos. f. Materias primas y productos Sustitutos: Formular un estudio que permita visualizar los elementos sustitutos de las sustancias que puedan reemplazar los compuestos organofosforados, piretroides, entre otros compuestos altamente tóxicos en las clínicas veterinarias y en los establecimientos de servicios veterinarios, teniendo en cuenta su espectro de acción, ecotoxicología y eficiencia en el tratamiento de parásitos. g. Tratamiento: Realizar un estudio de investigación para la selección del tratamiento óptimo de los residuos líquidos generados a partir de los procesos llevados a cabo en las clínicas veterinarias y en los establecimientos de servicios veterinarios.
Artículo 7.
Diseño, implementación y publicación.** La Secretaría Distrital de Ambiente en coordinación con la Secretaría Distrital de Salud y con los demás sectores públicos con corresponsabilidad en el tema, será la encargada de diseñar, implementar y publicar la Política Pública para el uso y manejo de las sustancias generadoras de vertimientos peligrosos en clínicas veterinarias y en establecimientos de servicios veterinarios.
Artículo 8.
Seguimiento y evaluación.** La Secretaría Distrital de Ambiente será la encargada de hacer el seguimiento y evaluación a lo ordenado en el presente acuerdo. De manera semestral presentará un informe ante el Concejo Distrital.
Artículo 9.
Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias. Nota:** Ver anexos
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