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Proyecto de Acuerdo 089 de 2017

Proyecto de Acuerdo 089 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Proyecto de Acuerdo
Número
089
Año
2017
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

MEMORANDO PROYECTO DE ACUERDO 089 DE 2017

**_Por el cual se crea el Sistema Distrital de Certificación Ambiental de Establecimientos Educativos-SIDICAES_

EL CONCEJO DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL,**

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las conferidas en los numerales 1 y 7 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

ACUERDA:

Artículo 1.

Sistema Distrital de certificación ambiental de establecimientos educativos.** Crease el Sistema Distrital de Certificación Ambiental de Establecimientos Educativos- SIDICAES

Artículo 2.

Definición. El Sistema Distrital de Certificación Ambiental de Establecimientos Educativos- SIDICAES- es un conjunto de actividades y procesos que otorga una certificación pública a los establecimientos educativos públicos y privados que implementen exitosamente de manera voluntaria estrategias de educación ambiental en sus comunidades escolares. Artículo 3. Objetivos.** El

Sistema Distrital de Certificación Ambiental de Establecimientos Educativos- SIDICAES- tiene como objetivos: a) Articular esfuerzos y asociar actores institucionales, comunidad educativa y organizaciones sociales de manera voluntaria en un compromiso para fortalecer la educación ambiental, el cuidado y la protección del medio ambiente. b) Promover la educación ambiental y un cambio cultural en los establecimientos educativos, en tres ámbitos: pedagógico, en la gestión de la institución educativa y en la relación de la comunidad educativa con el entorno. c) Impulsar una efectiva responsabilidad ambiental Artículo 4. Integrantes. El Sistema Distrital de Certificación Ambiental de Establecimientos Educativos- SIDICAES- estará conformado por las siguientes entidades y comités: a) Secretaria Distrital de Educación b) Secretaria Distrital de Ambiente c) Comisión Intersectorial de Educación Ambiental- CIDEA d) Comités ambientales escolares

Artículo 5.

Ámbitos de acción ambiental. Los establecimientos educativos públicos o privados que decidan acogerse voluntariamente al SIDICAES, elaborarán un autodiagnóstico de su institución y de su entorno, un plan de acción con actividades de educación ambiental, integrando los ámbitos pedagógicos, de gestión y relaciones con el entorno y lo presentarán ante la Comisión Intersectorial de Educación Ambiental- CIDEA. En el plan de Acción se incluirán como mínimo las siguientes actividades de gestión ambiental: a) Uso eficiente y ahorro de agua y energía b) Implementación de energía solar c) Separación en la fuente y correcta disposición de residuos sólidos d) Recolección y utilización de aguas lluvias e) Construcción de techos y fachadas verdes f) Sistemas de reciclaje de agua g) Sistemas de luz día para iluminación de aulas e infraestructura administrativa Artículo 6. Diagnóstico ambiental y plan de acción. El

Comité Ambiental Escolar de cada establecimiento educativo público o privado creado mediante el Acuerdo 166 de 2005, será el encargado de hacer el auto diagnóstico ambiental en forma participativa de la institución educativa y su entorno y elaborar el plan de acción para acceder a la Certificación Ambiental. Artículo 7. Certificación Ambiental Bandera Verde. Crease la Certificación Ambiental Bandera Verde, la cual se otorgará a los establecimientos educativos públicos o privados que cumplan con el plan de acción inscrito ante el SIDICAES. Pueden certificarse ambientalmente en el SIDICAES, los establecimientos educativos de educación preescolar, básica, media y superior. La certificación ambiental Bandera Verde se otorgará por 4 años en nivel de excelencia. Las certificaciones en nivel básico y medio tendrán una vigencia de dos años El establecimiento educativo colocará en un lugar visible una bandera verde que indicará que el establecimiento está certificado a nivel ambiental. Artículo 8. Comisión Intersectorial de Educación Ambiental- CIDEA. La Comisión Intersectorial de Educación Ambiental- CIDEA creada mediante Decreto 675 de 2011, será la encargada de evaluar los antecedentes del establecimiento educativo que se inscriba en el SIDICAES y otorgar o rechazar la certificación ambiental Bandera verde. Artículo 9. Procedimiento para la certificación ambiental. La Secretaria Distrital de Ambiente elaborará el procedimiento para el otorgamiento de la certificación ambiental Bandera Verde.

Artículo 10.

Registro. La Secretaria Distrital de Ambiente organizará el registro de establecimientos educativos certificados ambientalmente y publicará en su página web el listado correspondiente. Artículo 11. Vigencia. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. NOTA: Ver anexos

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