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Proyecto de Acuerdo 293 de 2017

Proyecto de Acuerdo 293 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Proyecto de Acuerdo
Número
293
Año
2017
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

EL DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO PROYECTO DE ACUERDO No. 293 DE 2017 “POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA POLÍTICA PÚBLICA DE MÚSICA EN EL DISTRITO CAPITAL”

I. OBJETO DEL PROYECTO

La presente iniciativa tiene como objeto establecer los lineamientos para la política pública distrital de música, la cual tenga en cuenta dentro de su proceso de formulación, implementación y adopción, acciones efectivas dirigidas a incentivar el uso de instrumentos musicales, generar espacios adecuados para promover proyectos musicales y en definitiva, promover desde la música una educación integral que impacte positivamente la formación de los niños, niñas y jóvenes de la ciudad El impacto de este Proyecto de Acuerdo se plantea desde la promoción de acciones efectivas relacionadas con una política pública específica en torno a la música. De esta manera, se pretende ampliar y fortalecer el desarrollo del conocimiento y la formación musical, así como el fortalecimiento de espacios para que los ciudadanos disfruten y apropien la música. Así, la institucionalización de estos procesos sociales en las comunidades y el reconocimiento de las expresiones culturales, se constituyen en una herramienta para consolidar la convivencia y respeto.

II. ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA Este Proyecto de Acuerdo se presenta por décima ocasión ante el Honorable Concejo de Bogotá. \- Durante el periodo de sesiones ordinarias del mes de agosto del 2014, se presentó bajo el Proyecto de Acuerdo 210 de 2014. En el desarrollo de las ponencias de esta iniciativa, se integró una mesa de trabajo con los ponentes y la administración distrital a través de la entidad coordinadora la Secretaría Distrital de Cultura. \- Posteriormente fue presentado en el periodo de sesiones ordinarias de noviembre del año 2014, bajo el Número 308, el cual conto con ponencias positivas del Honorable Concejal Juan Carlos Flórez y el ex Concejal Miguel Uribe, además tuvo una ponencia positiva con Modificaciones del Concejal del Partido de la U Rubén Torrado. \- Por otra parte, esta iniciativa se presentó en el periodo de sesiones ordinarias de Febrero de 2015 bajo el número 083, el cual contó con dos ponencias positivas radicas por los ex Concejales Diego García Bejarano y Carlos Roberto Saenz. \- El Proyecto de Acuerdo N° 184 de 2015, contó con la ponencia positiva del Honorable Concejal Jorge Durán Silva, y la ponencia negativa del ex Concejal José Arthur Bernal. \- Durante el período de sesiones ordinarias del mes de agosto de 2015, esta iniciativa se presentó bajo el número 311, y el cual contó con la ponencia positiva del Honorable Concejal Antonio Sanguino, y la ponencia positiva con modificaciones, del ex Concejal Diego García Bejarano. \- El Proyecto de Acuerdo 370 de 2015, contó con Ponencia Positiva del ex Concejal Diego García Bejarano, y Ponencia Positiva con modificaciones por parte del Honorable Concejal Jairo Cardozo \- El Proyecto de Acuerdo 035 de 2016, contó con Ponencias Positivas por parte de los Honorables Concejales Ángela Sofía Garzón, Roberto Hinestrosa Rey y David Ballén Hernández. \- Para las sesiones ordinarias del mes de mayo y agosto de 2016, este Proyecto de Acuerdo no fue sorteado por parte de la Mesa Directiva de la Corporación. \- Por último, el Proyecto de Acuerdo 416 de 2016, contó con Ponencia Positiva con Modificaciones por parte del Honorable Concejal Julio Cesar Acosta, así como Ponencia Positiva por parte del Honorable Concejal Nelson Castro. Cada una de las proposiciones presentadas por cada uno de los Honorables Concejales ponentes de esta iniciativa, han sido tenidas en cuenta al momento de radicar este Proyecto de Acuerdo. Por último, vale la pena tener en cuenta que, dentro de los comentarios de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, esta dependencia ha emitido un concepto de viabilidad para este Proyecto de Acuerdo, lo cual demuestra la pertinencia social que deriva de la implementación permanente una política pública de música que potencie los ámbitos socioculturales y creativos de los niños, niñas y jóvenes en el Distrito Capital, en tanto éstos son sujetos de derechos culturales para la transformación de sus realidades. III. EXPOSICION DE MOTIVOS El desarrollo de programas y proyectos en el tema de la música para Bogotá se encuentra en un momento histórico. La agenda de la ciudad en torno a este tipo de políticas públicas requiere de un proceso de fortalecimiento y consolidación, teniendo en cuenta las diversas herramientas institucionales existentes que buscan promover la construcción de procesos sociales y culturales en beneficio de los bogotanos. En este campo, la formulación de los lineamientos de una política pública para la música, es el resultado de un proceso investigativo en donde se evidencia la necesidad de planeación y construcción de ciudad en el campo cultural a mediano y largo plazo, la cual debe responder institucionalmente a los crecientes desafíos que surgen producto de las nuevas formas de apropiación y goce efectivo de derechos culturales en los territorios, específicamente en el ámbito de la música. La Secretaría Distrital de Cultura, rindió un concepto de viabilidad al Proyecto de Acuerdo 160 de 2013, hoy sancionado en Acuerdo bajo el número 542 de 2013 _“Por el cual se adoptan medidas de promoción de la donación y utilización de instrumentos musicales para niños y niñas y se dictan otras disposiciones”_. En este documento, se expresa la necesidad de generar mecanismos reales que fortalezcan, incentiven y permitan consolidar la música como un componente fundamental en el desarrollo de las funciones y competencias culturales de carácter institucional en el Distrito. En este caso, durante el proceso de construcción normativa se llegó a la conclusión de la necesidad de generar institucionalmente una política pública que organice, planifique e implemente programas y proyectos musicales para que la ciudad interrelacione y desarrolle políticas a nivel educativo, de resocialización, restablecimiento de los derechos y todos aquellos espacios que involucran la música con el desarrollo de las comunidades de la ciudad. Plantear unos lineamientos para la formulación de una política pública, permite la generación de proyectos para la inclusión de todos los agentes que hacen parte de lo que la música enmarca en la ciudad, tales como, fabricantes, maestros, vendedores de instrumentos, estudiantes, músicos y personas que encuentran en la música una herramienta para fortalecer y desarrollar su potencial humano en relación con su entorno social. En ese sentido, una política musical, es un instrumento para la formación y la reconstrucción de tejido social, dirigida para todos sin discriminación alguna con criterios de equidad la cual pretende fortalecer la intervención económica y estatal en una disciplina que en la actualidad se ve sesgada a quienes tienen la capacidad adquisitiva para acceder a la formación musical, la compra de instrumentos y el aprovechamiento de escenarios y espectáculos musicales. La implementación de proyectos que incorporan la música, fortalece procesos de reinserción social, de rehabilitación en temas como la drogadicción y el pandillismo; generan una disciplina que ocupa el tiempo de niños y adolescentes, incentiva una disciplina que fortalece la economía familiar y comunitaria, asimismo genera espacios de interrelación social. La capacidad de la música es amplia e incluso es utilizada con fines terapéuticos y medicinales, y tiene fines de entretenimiento, de comunicación como un lenguaje universal y fortalece procesos pedagógicos, entre otros beneficios. Por último, cabe mencionar que la presente iniciativa ya cuenta con concepto de viabilidad favorable emitido por parte de la actual Administración Distrital, tras la realización de las distintas modificaciones y observaciones sugeridas por cada una de los sectores administrativos responsables de la implementación de este Proyecto de Acuerdo. · _LA MÚSICA_ _ _ _“_ _La palabra Música procede del latín Música, derivada, a su vez, del griego Mousike, palabra esta última que tenía en su origen dos significados: uno general que abarcaba todo lo relacionado con la educación del espíritu (colocada bajo la advocación de las nueve Musas o diosas de las artes), que se complementaba con la educación física o gymnastike, y otro específico de arte sonoro, que es el que ha llegado hasta nosotros. Aristóteles llegó a la conclusión de que, aunque la noción de Música era comprendida por todo el mundo, resultaba extremadamente difícil llevar a cabo una definición. No obstante, podemos definir la música como el arte que se ocupa del material sonoro y de su distribución en el tiempo1”.

_ La música ayuda a desarrollar la inteligencia, la capacidad de aprendizaje y de socializar, así como la concentración y la seguridad en sí mismo, además de desarrollar de manera positiva la tolerancia hacia otras personas2. Tocar música en un grupo permite que la persona se sienta como parte importante de una comunidad. Frente a la música y el impacto en los niños, es necesario resaltar que la misma como expresión cultural tiene un gran impacto sobre la sociedad y aún más en los niños. Richard Guerrero S. en su ensayo el valor por la música; indica que dicha expresión ha llegado a formar una parte muy importante en el desarrollo intelectual y emocional de los niños. _“(…) La música tiene una influencia positiva particularmente en el crecimiento emocional y sirve para crear una base para la salud mental enriqueciendo las sensibilidades de los niños y niñas. Los efectos de la música se ven reflejados en diversas áreas del aprendizaje infantil logrando un desarrollo equilibrado. Mencionamos entonces algunas áreas como por ejemplo, INTELECTUAL: Memoria y concentración, razonamiento espacio-temporal, razonamiento matemático, velocidad del procesamiento de la información, cambios cognitivos, memoria de corto y largo plazo._ _EMOCIONAL: autocontrol, sensibilidad, pensamiento. FISICAMENTE: motricidad fina y gruesa, coordinación visomotora, asociación de los sentidos, desarrollo del lenguaje, mayor comunicación inter-hemisférica. SOCIAL: actitud de cooperación, sociabilidad, habilidad de comunicación y expresión. PERSONAL: seguridad y auto concepto, superación, voluntad, disciplina y organización del tiempo 3”._ Esto significa que la práctica de dicha disciplina, genera un impacto beneficio tanto en niñas y niños, como el núcleo familiar y en general en toda la sociedad, pues al influir y tener un impacto para el crecimiento emocional y la salud mental de los niños y niñas sus beneficios también se ven reflejados en el marco familiar y en la sociedad. Teniendo en cuenta estas apreciaciones, la dinámica en el campo musical y el grado de participación social que genera. Es necesario que el Estado implemente políticas sociales que satisfagan las necesidades y los intereses de la población y obviamente que contribuya al desarrollo de la misma. Así pues el Estado debe posibilitar sentar bases estratégicas de fomento al sector musical a través de políticas públicas sostenibles, que contribuyan con la equidad social; generando oportunidades, estableciendo programas sociales que proporcionen la asistencia necesaria a los niños y niñas y genere unas mejores condiciones de vida para todos. Fomentar espacios de desarrollo musical contribuye a generar oportunidades en los menores, cultivando su talento y generando una posibilidad de vida.
- _EVOLUCIÓN DE LA MÚSICA_ La formación musical puede contrarrestar, o más bien ser un mecanismo efectivo que tiene efectos en la formación integral de las personas. Pitágoras afirmo “la música ejerce sobre el espíritu un poder especial, comenzando a darle una aplicación curativa y medicinal a la música" 4; los pitagóricos establecieron una especie de medicina musical para el alma, al tener la creencia de que la música contribuía importantemente a la salud, empleándola también para la curación de ciertas enfermedades.

_En las sociedades primitivas la música formaba parte de las actividades comunitarias. No había autor, no había obra, no había público. Los asistentes eran casi todos participantes, y las reglas de ejecución, selección de instrumentos, ritmos utilizados, etcétera, estaban supeditados a las circunstancias de la vida social y religiosa.____Por muchos siglos, la música continuó siendo una manifestación cultural colectiva, pero llegó un momento en que la comunidad comenzó a delegar su práctica a grupos especializados, dándose así la división entre músicos activos y público oyente. Sin embargo, la música seguía siendo accesible a la mayoría de las personas, dado que aún estaba asociada con los rituales y con las tradiciones sociales, por lo que, generalmente, el público era altamente receptivo y manifestaba su placer o su descontento ante el músico bueno y el músico improvisado. Con el paso del tiempo, el público fue adquiriendo un comportamiento más pasivo debido a las innovaciones cada vez más elaboradas que iban introduciendo los músicos especializados. La actividad musical del resto de la población quedó circunscrita a la ejecución doméstica de música más o menos simplificada y accesible para los aficionados. La música se fue volviendo compleja y terminó convirtiéndose en patrimonio de una minoría selecta, social y culturalmente._ __ _Los grandes músicos comenzaron a salir del anonimato, y la forma en que dominaban una técnica elaborada y refinada les fue dando prestigio. El pueblo comenzó a apartarse de la música culta o académica que no oía más que en las iglesias, y muy eventualmente, en las antecámaras y jardines palaciegos, y empezó a cultivar otro tipo de música transmitida oralmente y adaptada a sus capacidades y necesidades sociales._ __ _Se abrió entonces una brecha entre la música culta y la música popular, que jamás volvería a llenarse. Durante los siglos XVIII y XIX, la música dejó de ser patrimonio exclusivo de monasterios y cortes, y se democratizó relativamente gracias a la multiplicación de los teatros de ópera y de los conciertos públicos. Sin embargo, el ritual asociado a estos sitios disuadía de asistir a una gran parte del público popular. Ya en el siglo XX, la comercialización de la música estimuló la formación de clases diferenciadas de oyentes, y los públicos se volvieron cada vez menos cultivados. Comenzó a componerse música de diferentes estilos según el público a quien estuviera destinada y según la demanda existente. (Evolución de la música) 5_ Es así como la música, se ha transformado según las sociedades y según los intereses históricos en cada una de las épocas, por lo tanto, cada sociedad según sus intereses ha apropiado la música de diferentes maneras. La música ha sido un componente en el desarrollo de las sociedades, estimulando la formación de las culturas.
- _LA MÚSICA COMO REDUCTOR DE FACTORES DE RIESGO_ _ _ La música frente a fenómenos sociales como la drogadicción y el pandillismo, puede constituir una herramienta para contrarrestar los niveles y el impacto de dicho comportamiento, pues genera un hábito de uso dentro de una actividad cultural, que promueve grupos sociales que vinculan jóvenes y adolescentes que pueden ser incluidos dentro de programas de promoción y desarrollo de modelos de vida saludable en espacios de convivencia y paz.__ Con relación a los problemas de drogadicción y pandillismo; es necesario indicar que alrededor de la música se generan ideologías y determinadas formas de vida y estilos que permiten crear un ciclo de uso y un ambiente que evite el consumo. Es así, como se puede decir que la música manejada como un hábito genera un modelo de vida que sirve para reducir los factores de riesgo y evitar los efectos negativos de otro tipo de prácticas. _El desarrollo de la juventud, durante el siglo XX, se ha desarrollado bajo diferentes factores de cambio, tales como:__ __a) la transformación en la consolidación de la base social de la juventud debida a las mayores posibilidades educativas y de ocio_ ___b) la seguridad social que reciben_ ___c) la transferencia de recursos de los padres a los hijos_ ___d) la crisis de la autoridad de los padres que ha ampliado las esferas de amplió la libertad juvenil; y genero un (sic) revuelta de las personas jóvenes en contra de todas las formas de autoritarismo_ ___e) el surgimiento de un “mercado juvenil”, como un espacio de consumo destinado únicamente a los jóvenes que se habían convertido en un grupo con una creciente capacidad adquisitiva (moda, música, revistas, comics, locales de ocio)____f) la creación de culturas juveniles internacionales y populares gracias a los medios de comunicación de masas; el cine, la música, la radio, la televisión permitieron articular un lenguaje universal para que los jóvenes se identificaran con sus coetáneos no solo a nivel local sino global _ ___g) la transformación moral6_ Estos elementos o factores de cambio, en la moral de los jóvenes ha configurado la posibilidad de formar grupos juveniles con espacios propios, que permiten el reconocimiento de los jóvenes frente a otros jóvenes, debido a las actividades desarrolladas en sus espacios de ocio donde pueden satisfacer sus deseos y necesidades. Es importante además indicar que las condiciones sociales repercuten directamente en el desarrollo y en la formación de niños y jóvenes, el contexto socioeconómico genera una diferenciación social y por lo tanto, el desarrollo de actividades conforme a la capacidad económica y a lo que el mismo contexto consuetudinariamente le enseña a desenvolver. Esto puede significar además, que todos los jóvenes acceden a una posición o a una actividad social, de acuerdo a las garantías u oportunidades que se les presentan por lo tanto es necesario contrarrestar los espacio de ocio de los niñ@s y jóvenes con actividades de formación tales como la música, que generen una inspiración y necesidad habitual muy diferente a otro tipo de actividades, sin importar el nivel socioeconómico que representen.7 La violencia es un fenómeno que históricamente se ha relacionado con condiciones sociales particulares. Explicar su etiología por características individuales de origen biológico o psicológico reduce su esencia. La razón de la violencia hay que encontrarla en el cruce de factores negativos del individuo y de la sociedad. Las condiciones de hacinamiento, de desnutrición, de desempleo y de deterioro de la familia que imponen la desigualdad y la pobreza, propician en gran medida el desarrollo de conductas agresivas, y el mantenimiento de las condiciones de asimetría y que son también una respuesta al ejercicio de la violencia. Las diferentes formas de violencia que se producen en la ciudad, tienen actores y móviles muy variados; cada uno de ellos se construye en espacios sociales particulares como el hogar, el centro educativo, el barrio, el equipo deportivo, entre otros, que dan lugar a expresiones que tienen un rostro común característico. Hay formas de violencia que se dan dentro de la familia, y que se manifiestan a través de las condiciones culturales; las relaciones asimétricas que se producen dentro del núcleo familiar tienen un cambio y unas dinámicas muy rápidas.8 Las diferentes formas de violencia producidas en los grupos juveniles, se vinculan a los diferentes grupos que se conforman entorno a actividades específicas, la materialización de dichos comportamientos si bien no se disminuyen en torno a la música como tal, si pueden ser contrarrestados en la medida en que se generen posibilidades y se facilite el acceso de niños y jóvenes a una formación integral para ser desarrollada en los espacios de ocio, la educación y el acceso efectivo a dichos factores posibilitan sin lugar a duda una política pública en torno a una actividad de carácter cultural que tiene varias implicaciones relevantes como ya se ha mencionado anteriormente. Entre los 12 y los 25 años de edad, se encuentra la población que más se ve afectada por problemas de drogas, alcoholismo, pandillismo, entre otras. Por lo tanto, los factores de disminución y educación deben ser generados en principio frente a esta población, ofreciéndoles un hábito cultural que no solo permita su capacitación, si no que desarrolle un entorno social propicio que puede generar otro tipo de intereses. Una política musical no solo está enfocada a la formación, o a la dotación de instrumentos musicales, sino al desarrollo de otro tipo de actividades como conciertos, reuniones de tipo social y la creación de talleres para el desarrollo de instrumentos nuevos, entre otros. La inclusión no solo del tema de formación – educación o el tema de dotación de instrumentos, sino más bien el desarrollo de una política que incluya a todos los generadores y factores que intervienen en el mercado musical, generaran un acceso todos los agentes, una intercomunicación de todos los posibles intervinientes, lo cual tiene un fin, generar una cultura, un proyecto de atención, un proyecto de formación y una alternativas de acceso en lo que a la música se refiere y que es necesario para la ciudad. La Carta Magna, indica que los niñ@s y los jóvenes deben ser objeto de protección de manera prioritaria en una tarea que debe ser corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad. Así pues, como la Constitución de nuestro país, la educación y la cultura son derechos fundamentales de los niños, por lo tanto, desde todos los ámbitos se tiene la obligación de asistir y proporcionar todas las condiciones necesarias para garantizar un desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de los derechos de los niños9. Con el presente proyecto de acuerdo, se pretenden generar mecanismos para abordar el tema de la música, desde una perspectiva holística, generando una construcción cotidiana de un proyecto de vida a favor de los menores y los adolescentes, permitiendo un espacio de desarrollo socioeconómico, que aborde la formación y la integración de todos los agentes entorno a la música en Bogotá. La idea de un trabajo coordinado entre los agentes de producción de instrumentos musicales, los agentes de capacitación y sobretodo los grupos a los que se pretende en principio la política con el fin de contrarrestar temas de divergencia social, serian un proyecto mancomunado que genere una política pública macro, que se permita construir a lo largo del tiempo y no desarrollarse únicamente en los gobiernos de paso según las ideologías o planes de gobierno propias de cada uno.
- _LA MÚSICA Y LA REINSERCIÓN SOCIAL_ _ _ La música como ya se había enunciado, se convierte en un factor de sensibilización social, que tiene fines terapéuticos y resocializadores en el entendido que incentiva una actividad que requiere una inversión de tiempo y desarrolla una disciplina que construye un círculo social en torno a. El desarrollo de esta actividad, genera efectos psicológicos efectivos, pues en torno a la música como herramienta lúdica se construyen procesos sociales de beneficio colectivo. Frente a tal afirmación un proceso comunitario a favor de los habitantes de la calle, arrojo que la música como actividad lúdica fortalece la psicología comunitaria, por los resultados colectivos que brinda. “ _La Psicología comunitaria pretende la transformación social en pro del beneficio colectivo, por lo tanto este proceso de sensibilización parte de los ciudadanos que habitan en las calles, las instituciones corresponsables y los brigadistas que intervienen directamente con la problemática. Para abordar una comunidad se debe partir de la empatía y el grado de acercamiento entre los actores para luego realizar un conocimiento de la misma, descubriendo sus costumbres, lenguaje, estilo de vida entre otras. En este caso, la lúdica se utilizó como una herramienta que facilitó el acercamiento con los ciudadanos que habitan en la calle y a su vez permitió consolidar elementos que forman parte del gran concepto comunidad: interacción, cultura común, pertenencia 10_”. Los procesos musicales, son efectivos y eficientes a nivel terapéutico y psicológico en la medida, que favorece procesos de acercamiento e integración social, mediante la participación de los sujetos que desarrollan factores psicosociales. En países como Paraguay, el Ministerio de Justicia suscribió un convenio con varias Fundaciones musicales, con el fin de que la música llegara a las cárceles del país, como una alternativa de reinserción social; esto porque _“la música lleva como asociados a la disciplina que permitirá a los internos el redescubrimiento de la belleza interior, el desarrollo de la capacidad de meditar y al crecimiento personal”_ _11._ El objetivo de este proyecto consiste en que a través de la música, el estudio de instrumentos y prácticas de coro; generar un espacio de desarrollo humano para la transformación social. Mediante jornadas de capacitación se logra que las personas privadas de la libertad logren la reintegración social mediante una expresión cultural como la música. En Bogotá en el año 2004, Comfenalco público un documento de: Sensibilización hacia el habitante de la Calle, generando unas brigadas que utilizaron las actividades lúdicas como una estrategia para la inclusión social. En este documento, se explica que los habitantes de la calle y las personas que hacen parte de algún grupo considerado excluido socialmente, son un problema significativo que se vuelve constante y se incrementa con el paso del tiempo, pues, la población habitante de calle se multiplica, pues las nuevas generaciones nacen con las mismas carencias de sus padres, sin atención oportuna, ni programas efectivos que les ofrezca otras opciones de vida, lo que además genera que el habitante de la calle desconociendo las causas reales que siempre conllevan a estar personas a permanecer en esta situación y recaer en cualquier intento de inclusión y reeducación social. Por lo tanto, a partir de un nuevo programa que cambie su cotidianidad, se generó un proyecto a partir de actividades lúdicas entre las que se incluyó la música, de tal manera estos nuevos proyectos lúdicos permitieron involucrar a la comunidad afectada, a partir de un programa al que debían asistir y que modificaba la cotidianidad de sus días, por lo tanto, se convirtió un proyecto en pro de del beneficio y el mejoramiento de la calidad de vida del habitante de la calle. La música entonces se convirtió en un método brigadista hacia el habitante de la calle, pues el uso de la cultura, es un medio para enriquecer sus formas de expresión de comunicación, de interpretación y de participación a través del carácter formativo y recreativo del arte, la lúdica y el deporte. Por lo tanto, los procesos musicales son benéficos en la medida que logra un proceso de interrelación y pertenencia que ayuda psicosocialmente; _“que entender al ser humano a partir de sus necesidades como potencia y carencia, facilitaría los procesos de interrelación, pertenencia y cultura común que conforman el concepto de comunidad que según Sánchez Vidal (1996), son los elementos mínimos para distinguir este concepto de otro 12”._ __ · POLITICA PÚBLICA DE MÚSICA PARA EL DISTRITO CAPITAL El Distrito Capital cuenta actualmente con el Decreto 689 de 2011 _"Guía para la formulación, implementación y evaluación de Políticas Públicas Distritales",_ la cual se constituye en una herramienta para desarrollar el ciclo de las políticas públicas distritales y sectoriales en la ciudad. Los componentes de este Decreto Distrital son tenidos en cuenta para el fortalecimiento y la construcción del articulado de este Proyecto de Acuerdo. En particular, al pretender esta iniciativa establecer directrices para la formulación de una política pública musical en el Distrito, es a lugar, lo expresado por la Corte Constitucional, lo cual ha sido expuesto y resaltado en los comentarios elaborados por la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. La Corte Constitucional, que señaló que cuando se pretende elaborar políticas públicas respecto de derechos constitucionales, se debe tener en cuenta: _“_ _La Constitución Política establece una serie de criterios que deben ser observados, a la hora de avanzar gradual y constantemente en la realización de las prestaciones que en abstracto son garantizadas por los derechos constitucionales. Todo ello con el objeto de asegurar el goce efectivo de un derecho, en especial de su dimensión prestacional._ __ _5.5.1. Primero, como se dijo, debe existir una política pública, generalmente plasmada en un plan. Es lo mínimo que debe hacer quien tiene la obligación de garantizar la prestación invocada. Se desconoce entonces la dimensión positiva de un derecho fundamental en sus implicaciones programáticas, cuando ni siquiera se cuenta con un plan que conduzca, gradual pero seria y sostenidamente a garantizarlo y protegerlo._ __ _5.5.2. Segundo, el plan debe estar encaminado a garantizar el goce efectivo del derecho; el artículo 2° de la Constitución fija con toda claridad este derrotero. La defensa de los derechos no puede ser formal. La misión del Estado no se reduce a expedir las normas y textos legales que reconozcan, tan sólo en el papel, que se es titular de ciertos derechos. La racionalidad estatal mínima exige que dichas normas sean seguidas de acciones reales. Estos deben dirigirse a facilitar que las personas puedan disfrutar y ejercer cabalmente los derechos que les fueron reconocidos en la Constitución. 13”_ Conforme a los preceptos de la Corte fue expedido el Decreto 689 de 2011 “ _Guía para la formulación, implementación y evaluación de Políticas Públicas Distritales”,_ el cual se elaboró con el fin de facilitar y ordenar el proceso de construcción de políticas públicas en la ciudad. Tal como lo expone en la ponencia el Concejal Carlos Vicente de Roux , este documento _i) contiene conceptos básicos que promuevan la unificación del lenguaje utilizado en el abordaje del proceso de construcción de políticas públicas, ii) describe las diferentes fases del ciclo de política y hace referencia a las acciones estratégicas que deben tenerse en cuenta en cada una de las mismas incluida la fase de evaluación iii) finalmente, aporta algunas referencias metodológicas y estrategias para el cumplimiento de las fases de la política pública que podrán ser utilizadas por los responsables de la misma teniendo en cuenta las particularidades propias de cada proceso._ __ La definición de Política Pública, expuesta por el Decreto 689, es aquella en la cual la política se pública es entendida como un conjunto de decisiones políticas y acciones estratégicas que llevan a transformar una realidad social, que tanto los ciudadanos y ciudadanas como quienes representan al Estado han determinado como importante o prioritaria de transformar, dado que subsisten en ella condiciones de desequilibrio y desigualdad que afectan la calidad de vida. La política pública plantea una distribución diferente de lo existente, en especial y de manera estructural, del poder y su relación con la distribución de los bienes o servicios, y de éstos en atención a la materialización de los derechos individuales y colectivos teniendo en cuenta contextos y territorios políticos y sociales. FASES DE CICLO DE ELABORACIÓN DE LA POLÍTICAS PÚBLICAS · PLAN NACIONAL DE MÚSICA PARA LA CONVIVENCIA En el año 2002, el Plan Nacional de Desarrollo priorizó dentro de un programa para el desarrollo de un Plan Nacional de música, como una búsqueda de política pública para el fortalecimiento de la convivencia y los valores. En consecuencia, el Ministerio de Cultura, mediante la concertación con diversos actores, adelanto acciones para configura este “Plan Nacional de Música para la Convivencia”, esto como una política pública en nuestro país en torno a la música, que contribuya a fortalecer esta expresión artística, ser un factor de construcción ciudadana y a favorecer la sostenibilidad del campo musical a través de la inversión pública y la articulación de los actores que construyen y desarrollan la música. El objeto de este Plan Nacional de Música, es el fortalecimiento continuo del arte mediante la inclusión de todos los agentes; _“_ _El Plan Nacional de Música para la Convivencia focaliza sus objetivos en la atención de la población infantil y juvenil mediante la creación y fortalecimiento de escuelas de música, centradas en la práctica musical. Para el logro de este propósito, se fomenta el fortalecimiento institucional y comunitario, se ofrece formación para músicos y docentes de todos los municipios y se apoya la dotación de instrumentos, repertorios y materiales pedagógicos. Asimismo, el PNMC fortalece la práctica, la creación y la investigación mediante la divulgación de la actividad musical y el establecimiento de un sistema de información y evaluación del campo musical en el país.14_” El componente formativo y educativo de la música, es relevante en la medida que desarrolla un contexto social articulado, en el que se inviertan recurso y desarrollen políticas públicas con una participación interinstitucional que permitan una mayor inclusión y que generen resultados más visibles para la sociedad.

A nivel Nacional, el Plan Nacional de Música para la Convivencia PNMC, orienta las Políticas para el fomento para el campo de la música en las entidades territoriales. Su primera aproximación empezó a constituirse a través del CONPES 3409 de 2006, en el cual se establecieron las directrices del orden nacional para la consolidación del PNCM: Se trata de un esfuerzo orientado a fortalecer los procesos del subsector de la música, las agendas intersectoriales y el presupuesto del PNMC, con el fin de aprovechar el potencial que tiene la música para fomentar los valores, la creatividad, la cohesión social, el mejoramiento de la calidad de vida y la búsqueda de la convivencia pacífica15. El objetivo central del Plan Nacional de Música para la Convivencia, está relacionado con “ _Construir ciudadanía democrática, promover convivencia y fortalecer el reconocimiento de la diversidad de identidades culturales, mediante el desarrollo de procesos musicales y la consolidación de escuelas no formales para la población infantil y juvenil, en torno a la práctica, el disfrute y el conocimiento de la música en el país” 16_. A través de cinco componentes estratégicos: gestión, formación, dotación, divulgación e información, el Plan Nacional de Música para la Convivencia busca en las entidades territoriales, fortalecer el desarrollo humano y la transformación de los conflictos, desde el reconocimiento de la multiplicidad de expresiones, manifestaciones e identidades culturales, como vehículos estratégicos para la consolidación de las prácticas musicales en beneficio de los distintos sectores poblaciones que integran los territorios. | COMPONENTE DE GESTIÓN | OBJETIVOS ---|---
- Institucionalizar la actividad musical a través de mecanismos de planeación y administración cultural. De esta forma, el Ministerio de Cultura ha venido asesorando a las entidades territoriales para que estas incluyan la actividad musical dentro de su plan de desarrollo.
- Fortalecer la participación comunitaria en torno a la actividad musical. Para este propósito el Ministerio de Cultura viene promoviendo la formación de líderes comunitarios en procesos de gestión y veeduría, en torno al fortalecimiento de las escuelas de música.
- Organizar el subsector musical mediante la convocatoria a diferentes actores como universidades, instituciones culturales, creadores, formadores, gestores e investigadores del sector. Para este logro, el Ministerio de Cultura ha venido promoviendo la conformación de consejos sectoriales de música en departamentos y municipios, los cuales han fortalecido la participación y el trabajo en red, han impulsado la práctica musical colectiva y la realización de eventos de divulgación musical COMPONENTE DE FORMACIÓN | OBJETIVOS ---|---
- La elaboración de parámetros y lineamientos de educación musical no formal para diseñar programas de formación, producir materiales educativos y musicales, y generar procesos investigativos en torno a la práctica musical.
- La formación de formadores que lideran las escuelas en sus respectivos municipios, la cual se ha desarrollado regionalmente a través de procesos de actualización musical y pedagógica para músicos de las prácticas tradicionales y directores de bandas, coros y orquestas.
- La formación musical de la población para lograr una mayor apropiación social, comprensión y disfrute de la música.

COMPONENTE DE DOTACIÓN | OBJETIVOS ---|--- El componente busca contribuir a la consolidación de las escuelas municipales de música, mediante la superación de una de las mayores dificultades como es la carencia de instrumentos y materiales musicales de apoyo a los procesos formativos. Para ello, las acciones han estado dirigidas a proveer y distribuir instrumentos musicales y materiales pedagógicos y musicales.

COMPONENTE DE DIVULGACIÓN | OBJETIVOS ---|---
- Apoyar y cualificar los diferentes festivales y encuentros que permiten la socialización de la práctica musical y estimulan los procesos de creación.
- Estímulo a la creación y a la investigación musical con el fin de incentivar la participación de músicos provenientes de diversos contextos y el intercambio internacional, mediante las convocatorias a premios, becas y residencias artísticas que anualmente ofrecen el Ministerio de Cultura como otras entidades nacionales e internacionales.

COMPONENTE DE INFORMACIÓN | OBJETIVOS ---|---
- Recopilar, validar y analizar información de la actividad musical del país, contribuyendo a consolidar el diagnóstico del sector.
- Medir el avance e impacto del PNMC mediante la programación, seguimiento y evaluación de cada uno de sus componentes.
- Consolidar procesos de documentación para el fortalecimiento del patrimonio musical del país.

Además de los componentes estratégicos que debe contener la implementación del Plan Nacional de Música para la Convivencia en las entidades territoriales, este Plan establece una serie de responsabilidades específicas para cada uno de los sectores corresponsables en Gobernaciones y Alcaldías.

La inclusión de dimensiones culturales con componentes musicales en los respectivos Planes de Desarrollo y demás políticas de sectoriales y poblacionales, es una tarea inaplazable que debe cumplir cada uno de los gobiernos territoriales:

Las administraciones deben ser propositivas estimulando la participación de la ciudadanía en la formulación de proyectos que beneficien la sustentabilidad de los procesos musicales, a partir de su conocimiento de las oportunidades que hay para el financiamiento del arte y la cultura. Así mismo, deben estar dispuestos a articularse con propósitos nacionales del Ministerio de Cultura para aprovechar y potenciar sus aportes, tales como la jornada “Celebra la Música”, las convocatorias de “Banda Sinfónica Juvenil 2011” y “Coro Juvenil Nacional 2012”, etc17

BASES DEL PLAN DISTRITAL DE DESARROLLO 2016-2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS”

El Acuerdo Distrital 645 de 2016 “ _POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C. 2016 - 2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS”_, en el Artículo 19 _Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte,_ se reconoce la importancia que tiene el potenciamiento de las diversas manifestaciones creativas y culturales disponibles en la ciudad, para la construcción de identidades en entornos locales, familiares y comunitarios.

_Artículo 19. Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte_

_El objetivo de este programa es ampliar las oportunidades y desarrollar capacidades de los ciudadanos y agentes del sector con perspectiva diferencial y territorial, mediante un programa de estímulos, y alianzas estratégicas con los agentes del sector y las organizaciones civiles y culturales, programas de formación, de promoción de lectura y de escritura, la generación de espacios de conocimiento, de creación, de innovación, de ciencia y tecnología y de memoria, apropiación del conocimiento, el fortalecimiento del emprendimiento y la circulación de bienes y servicios y el fomento del buen uso del tiempo libre y la actividad física, en horarios extendidos, con el propósito de promover todas las formas en que los ciudadanos construyen y hacen efectivas sus libertades culturales, recreativas y deportivas, en estrecho vínculo con la transformación cultural18._

En este caso, la consolidación de expresiones artísticas como la música busca fortalecer la construcción de identidades culturales en la ciudad. A sí mismo, la adopción de este tipo de programas en escenarios culturales, contribuye al desarrollo integral desde edades tempranas, con el fin de generar espacios para la construcción de convivencia y valores en los niños, niñas y adolescentes.

IV. MARCO LEGAL

Constitución Política de Colombia

__

_ARTICULO. 70.__ El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. (…)_

__

_La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad_ _. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación. (…)_

__

_ARTÍCULO 71.__La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades._

__

_ARTICULO.44.__Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia._

__

_La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás._

__

Código de Infancia y Adolescencia. Ley 1098 de 2006

_ARTÍCULO 201.__ Definición de políticas públicas de infancia y adolescencia. Para los efectos de esta ley, se entienden por políticas públicas de infancia y adolescencia, el conjunto de acciones que adelanta el Estado, con la participación de la sociedad y de la familia, para garantizar la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes. Las políticas públicas se ejecutan a través de la formulación, implementación, evaluación y seguimiento de planes, programas, proyectos, y estrategias._

__

**_Artículo_

_202._**_ Objetivos de las políticas públicas. Son objetivos de las políticas públicas, entre otros los siguientes:_

__

_1. Orientar la acción y los recursos del Estado hacia el logro de condiciones sociales, económicas, políticas, culturales y ambientales, que hagan posible el desarrollo de las capacidades y las oportunidades de los niños, las niñas y los adolescentes, como sujetos en ejercicio responsable de sus derechos._

__

_2. Mantener actualizados los sistemas y las estrategias de información que permitan fundamentar la toma de decisiones adecuadas y oportunas sobre la materia._

__

_3. Diseñar y poner en marcha acciones para lograr la inclusión de la población infantil más vulnerable a la vida social en condiciones de igualdad._

__

_4. Fortalecer la articulación interinstitucional e intersectorial_

__

_ARTÍCULO 203.__Principios rectores de las políticas públicas. Las políticas públicas de infancia, adolescencia y familia como políticas de Estado se regirán como mínimo por los siguientes principios:_

__

_1. El interés superior del niño, niña o adolescente._

__

_2. La prevalencia de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes._

__

_3. La protección integral._

__

_4. La equidad._

__

_5. La integralidad y articulación de las políticas._

__

_6. La solidaridad._

__

_7. La participación social._

__

_8. La prioridad de las políticas públicas sobre niñez y adolescencia._

__

_9. La complementariedad._

__

_10. La prioridad en la inversión social dirigida a la niñez y la adolescencia._

__

_11. La financiación, gestión y eficiencia del gasto y la inversión pública._

__

_12. La perspectiva de género._

_ARTÍCULO 204.__ Responsables de las políticas públicas de infancia y adolescencia. Son responsables del diseño, la ejecución y la evaluación de las políticas públicas de infancia y adolescencia en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal, el Presidente de la República, los gobernadores y los alcaldes. Su incumplimiento será sancionado disciplinariamente como causal de mala conducta. La responsabilidad es indelegable y conlleva a la rendición pública de cuentas._

__

_En el nivel territorial se deberá contar con una política pública diferencial y prioritaria de infancia y adolescencia que propicie la articulación entre los Concejos Municipales, Asambleas y Congreso Nacional, para garantizar la definición y asignación de los recursos para la ejecución de la política pública propuesta. (…)_

**LEY 397 DE 1997

_"Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias. (…)_**

__

Título I. Principios fundamentales y definiciones

__

_ARTÍCULO 1º_ _. De los principios fundamentales y definiciones de esta ley. La presente ley está basada en los siguientes principios fundamentales y definiciones:___

__

_1. Cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias._

__

_2. La cultura, en sus diversas manifestaciones, es fundamento de la nacionalidad y actividad propia de la sociedad colombiana en su conjunto, como proceso generado individual y colectivamente por los colombianos. Dichas manifestaciones constituyen parte integral de la identidad y la cultura colombianas._

__

_3. El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana._

__

_4. En ningún caso el Estado ejercerá censura sobre la forma y el contenido ideológico y artístico de las realizaciones y proyectos culturales._

__

_5. Es obligación del Estado y de las personas valorar, proteger y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación. (…)_

__

_11. El Estado fomentará la creación, ampliación y adecuación de infraestructura artística y cultural y garantizará el acceso de todos los colombianos a la misma._

__

_12. El Estado promoverá la interacción de la cultura nacional con la cultura universal._

__

_13. El Estado, al formular su política cultural, tendrá en cuenta tanto al creador, al gestor como al receptor de la cultura y garantizará el acceso de los colombianos a las manifestaciones, bienes y servicios culturales en igualdad de oportunidades, concediendo especial tratamiento a personas limitadas física, sensorial y síquicamente, de la tercera edad, la infancia y la juventud y los sectores sociales más necesitados._

__

_Artículo 2º.__Del papel del Estado en relación con la cultura. Las funciones y los servicios del Estado en relación con la cultura se cumplirán en conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, teniendo en cuenta que el objetivo primordial de la política estatal sobre la materia son la preservación del Patrimonio Cultural de la Nación y el apoyo y el estímulo a las personas, comunidades e instituciones que desarrollen o promuevan las expresiones artísticas y culturales en los ámbitos locales, regionales y nacional._

__

_ARTICULO 18.__De Los Estímulos. El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo_

__ Artículo 70, se lee la obligación del Estado de “promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación y de la identidad nacional.

ACUERDO 257 DE 2006. **"POR EL CUAL SE DICTAN NORMAS BÁSICAS SOBRE LA ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ORGANISMOS Y DE LAS ENTIDADES DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, Y SE EXPIDEN OTRAS DISPOSICIONES"

Sector Cultura, Recreación y Deporte

Artículo 90.

Misión del Sector Cultura, Recreación y Deporte.** El Sector Cultura, Recreación y Deporte tiene como misión garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.

Para los correspondientes efectos se entenderá la cultura como el conjunto de los rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan el conglomerado humano que habita en el Distrito Capital y a sus distintos sectores y comunidades y que engloba además de las artes y las letras los modos de vida, los derechos fundamentales del ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias y bajo el reconocimiento de que la cultura es por su propia naturaleza, dinámica y cambiante.

Artículo91. Transformación del Instituto Distrital de Cultura y Turismo en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Transfórmase el Instituto Distrital de Cultura y Turismo, el cual en adelante se denominará Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Artículo92. Transformación de la Corporación La Candelaria en el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.

Transfórmase la Corporación La Candelaria, la cual en adelante se denominará Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio e independiente, adscrito a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Artículo 93.

Integración del Sector Cultura, Recreación y Deporte.

El Sector Cultura, Recreación y Deporte está integrado por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, cabeza del Sector, y las siguientes entidades adscritas y vinculadas:

a. Entidades Adscritas:

- Establecimiento público: Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD.

- Establecimiento público: Orquesta Filarmónica de Bogotá.

- Establecimiento público: Instituto Distrital del Patrimonio Cultural - IDPC.

- Establecimiento público: Fundación Gilberto Alzate Avendaño.

b. Entidad Vinculada:

- Sociedad Pública: Canal Capital.

Artículo94. Naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte es un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y financiera, que tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.

Además de las atribuciones generales establecidas en el presente Acuerdo para las secretarías, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene las siguientes funciones básicas: a. Formular estrategias para garantizar la conservación y enriquecimiento de la creación y expresiones culturales propias de la ciudad diversa en su conformación étnica, socio cultural e histórica. b. Diseñar estrategias de divulgación y conservación del patrimonio cultural tangible e intangible. c. Velar por el ejercicio del deporte en sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas en pro de la formación de las personas y la preservación del desarrollo de una mejor salud en el ser humano. d. Formular mecanismos para lograr la participación de los ciudadanos y ciudadanas en programas recreativos y deportivos en desarrollo del derecho constitucional que le asiste a todas las personas para la práctica del deporte y el aprovechamiento del tiempo libre. e. Formular estrategias para garantizar la formación y apoyo integral a los deportistas. f. Impulsar la formación y gestión de actividades y programas artísticos, culturales, deportivos y de alto rendimiento, acorde con los planes sectoriales y con el plan de desarrollo económico y social y de obras publicas del Distrito Capital. g. Formular políticas, vigilar y supervisar la correcta administración y funcionamiento de los sistemas distritales de cultura de parques y de escenarios distritales, recreativos y deportivos. h. Orientar el desarrollo, fomento y difusión del repertorio sinfónico nacional y universal por parte de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. i. Coordinar la ejecución de las políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y del deporte que desarrollen las entidades adscritas y vinculadas y las localidades. j. Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo. k. Ejercer seguimiento, vigilancia y control sobre la debida ejecución de los planes de gestión de las entidades del sector. l. Formular, orientar y coordinar políticas que propicien y consoliden la conformación y permanencia de los clubes, escuelas, ligas o asociaciones solidarias de deportistas. m. Promocionar actividades recreativas e impulsar masivamente la practica deportiva no competitiva prioritariamente para los niños, jóvenes y adultos mayores. n. Priorizar en la inversión la construcción de parques con escenarios deportivos y recreativos. o. Promover e impulsar estrategias que garanticen el desarrollo del arte y estímulos para los artistas. p. Promover el reconocimiento público a los deportistas de alta figuración y rendimiento que representen a nuestra ciudad en las gestas deportivas. q. Formular, ejecutar y coordinar con la Secretaria Ambiental, los programas, proyectos y acciones para la conservación, preservación y recuperación del componente de la estructura ecológica principal parques urbanos. r. Impulsar estrategias para garantizar el desarrollo de expresiones artísticas que interpreten la diversidad cultural de los habitantes del Distrito Capital. s. Impulsar la formación y gestión de actividades y programas artísticos, culturales, deportivos y de alto rendimiento para la población con algún grado de discapacidad __

ACUERDO 542 DE 2013. “Por el cual se adoptan medidas de promoción de la donación y utilización de instrumentos musicales para niños y niñas y se dictan otras disposiciones”

Artículo 1.

Adóptense en el Distrito Capital las medidas necesarias para promover la donación y utilización de instrumentos musicales, destinados al desarrollo integral de los niños y niñas, el fortalecimiento de su capacidad de aprendizaje, el desarrollo artístico, la generación de espacios de socialización alrededor de esta actividad cultural y el aprovechamiento del tiempo libre.

Artículo 2.

La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en coordinación con sus entidades adscritas y vinculadas y con la Secretaría Distrital de Educación; promoverán y difundirán a través de campañas o de los medios que estimen convenientes, la donación de instrumentos musicales nuevos o usados en buen estado.

Artículo 3.

La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en coordinación con sus entidades adscritas y vinculadas, realizara como mínimo cuatro jornadas anuales de donación de instrumentos musicales nuevos o usados en buen estado**.

Artículo 4.

El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

**ACUERDO 594 DE 2015 “Por el cual se crean los Centros de Formación Musical y Artística y se dictan otras disposiciones”

Artículo 1º.

Créense en cada una de las localidades de la ciudad, los centros de Formación Musical y Artística como un espacio para el estudio, investigación e interpretación de las diferentes expresiones musicales y de las demás manifestaciones artísticas.

Artículo 2º.

Los beneficiarios de los centros de Formación Musical y Artística serán los niños, niñas y jóvenes que residan en la ciudad de Bogotá. En el proceso de convocatoria de los cupos disponibles, se especificarán los criterios de priorización e inclusión, primordialmente se garantizará la participación de niños, niñas y jóvenes con discapacidad.

Artículo 3º.

La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte con el apoyo de las entidades adscritas del sector, será la encargada de la implementación y funcionamiento progresivo en cada localidad de los centros de Formación Musical y Artística.

Para ello, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte podrá vincular e incorporar a las organizaciones culturales y a los artistas interesados en la formación e investigación musical de Bogotá con trayectoria en la formación musical y artística.

Parágrafo. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en conjunto con sus entidades adscritas, tendrán a su cargo la consecución y adecuación de los espacios donde funcionarán los centros locales de Formación Musical y Artística, de acuerdo con los lineamientos del Plan Maestro de Equipamientos Culturales.

Los Centros de Formación Musical y Artística, deberán incluir procesos de formación e investigación en tecnología para la educación musical y artística.

Artículo 4º.

Corresponderá a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en el marco de la implementación del Sistema Distrital de Formación Artística y Cultural, establecer los objetivos, definir las funciones y el trabajo intersectorial e interinstitucional a que haya lugar, articular su complementariedad, concurrencia y subsidiariedad y estimular y fortalecer la creación, la investigación, la divulgación, el desarrollo, la formación y la transmisión del conocimiento artístico y cultural de acuerdo con lo establecido por el artículo 64 de la Ley 397 de 1997 y demás normas vigentes.

Artículo 5º.

El proceso formativo y los materiales necesarios para el funcionamiento de los centros de Formación Musical y Artística serán determinados por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y sus entidades adscritas. La propuesta metodológica será adecuada a las características de los beneficiarios, según sus capacidades, las necesidades educativas especiales y la edad.

Artículo 6º.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación

**Acuerdo Distrital 645 de 2016 “ _POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C. 2016 - 2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS”_

__**

_Artículo 19. Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte_

_El objetivo de este programa es ampliar las oportunidades y desarrollar capacidades de los ciudadanos y agentes del sector con perspectiva diferencial y territorial, mediante un programa de estímulos, y alianzas estratégicas con los agentes del sector y las organizaciones civiles y culturales, programas de formación, de promoción de lectura y de escritura, la generación de espacios de conocimiento, de creación, de innovación, de ciencia y tecnología y de memoria, apropiación del conocimiento, el fortalecimiento del emprendimiento y la circulación de bienes y servicios y el fomento del buen uso del tiempo libre y la actividad física, en horarios extendidos, con el propósito de promover todas las formas en que los ciudadanos construyen y hacen efectivas sus libertades culturales, recreativas y deportivas, en estrecho vínculo con la transformación cultural._

_COMPETENCIA DEL CONCEJO DISTRITAL_

__ CONSTITUCIÓN POLÍTICA

__

_ARTICULO 313. Corresponde a los Concejos_

__ _9.

Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio_

__

DECRETO 1421 DE 1993

__

_ARTICULO 12. ATRIBUCIONES_ _.__Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:_

__

_1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Estado…_

IV. IMPACTO FISCAL

De conformidad con lo establecido en el artículo séptimo de la Ley 819 de 2003, los gastos presupuestales que genere el presente Acuerdo, estarán sujetos a lo establecido en los presupuestos anuales de cada una de las entidades del Distrito Capital, en lo que respeta a la implementación del Plan Nacional de música en el cual está trabajando la Secretaría Distrital de Cultura.

No obstante se deja claridad, que conforme a lo expuesto lo que se propone, el presente proyecto de ser acuerdo no comprometería recursos adiciones. Lo que es necesario es que los recursos ya existentes para el desarrollo de la política sean destinados eficientemente en una (sic) marco fiscal de mediano plazo.

Así pues, este proyecto no genera un impacto fiscal específico y de generarse costos adicionales, pueden ser adoptados por la administración en los diferentes programas y proyectos en torno a las actividades culturales y educativas que se desarrollen en el distrito en torno a la música.

Cordialmente, PATRICIA MOSQUERA MURCIA Honorable Concejal | RUBEN TORRADO PACHECHO Honorable Concejal ---|--- DAVID BALLÉN HERNÁNDEZ Honorable Concejal | RICARDO CORREA MOJICA Honorable Concejal

PROYECTO DE ACUERDO No. 293 DE 2017

“POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA POLÍTICA PÚBLICA DE MÚSICA EN EL DISTRITO CAPITAL”

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D. C.

En el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas en el artículo 313 de la Constitución Política, y el artículo 12, numeral 1 del Decreto 1421 de 1993.

ACUERDA:

Artículo 1.

Objeto**: Establecer los lineamientos para la Política Pública de Música del Distrito Capital, con el fin de fortalecer, consolidar y visibilizar el sector musical de manera que genere y potencialice el desarrollo de las dimensiones socio-cultural, económico y creativo de los ciudadanos, a través de la apropiación y consolidación de prácticas, proyectos y experiencias musicales a nivel local, nacional, e internacional; propendiendo a su vez por la universalidad del ejercicio, conocimiento y disfrute de la música en la ciudad.

Artículo 2.

Dimensiones. La política pública de música de Bogotá D.C, contemplará como mínimo las siguientes dimensiones:

1. SOCIO – CULTURAL

a. Promover una oferta de educación musical pública gratuita, con criterios de universalidad en la cobertura básica para el conocimiento, práctica y disfrute de la música, e integrado a una oferta musical pública con criterios de proximidad, pertinencia, calidad y diversidad, priorizando su acceso a personas vulnerables y en condición de discapacidad. b. Consolidar el Sistema Distrital de Formación Musical, Artística y Cultural, con el fin de articular las acciones de los diferentes sectores y niveles de la Administración Distrital dirigidos a garantizar el acceso de los niños, niñas y jóvenes de la ciudad a la formación artística y musical. c. Promover y crear nuevos espacios para que todos los niños, niñas y adolescentes tengan acceso a la formación, práctica, conocimiento, investigación y disfrute de la música, como un escenario de autorrealización y cohesión social convirtiendo la experiencia musical en un factor positivo de impacto psicosocial, con atención prioritaria a las personas en condición de discapacidad y poblaciones con alto grado de emergencia social, grupos de violencia juvenil y otros grupos excluidos socialmente. d. Consolidar una Red de Equipamientos Culturales Públicos de carácter musical, en concordancia con las políticas, objetivos, estrategias, programas y metas definidas en el Plan Maestro de Equipamientos Culturales vigentes, con el fin de garantizar las condiciones físicas necesarias para la formación y apropiación de las expresiones musicales en la ciudad.

2. ECONÓMICO

a. Garantizar el impacto positivo de la actividad musical de la ciudad en la generación de empleo y capital económico. b. Garantizar condiciones favorables para los artistas y las industrias creativas del sector musical de la ciudad, que les permitan incrementar su productividad y competitividad, y consolidar la calidad técnica de sus proyectos, bienes y productos creativos. c. Promover condiciones para la internacionalización de la creación, bienes y servicios musicales de la ciudad. d. Promover el reconocimiento internacional de la ciudad como Ciudad de Música, a través de la valoración, divulgación y promoción de sus creadores y sus expresiones musicales. e. Fortalecer los vínculos generados por la pertenencia de Bogotá a la Red UNESCO de Ciudades Creativas de la Música.

3. CREATIVO

a. Garantizar la calidad y diversidad de las prácticas musicales de la ciudad a través de la cualificación de los agentes de la creación, la investigación, la comunicación, la divulgación, la crítica y el periodismo musical, fomentando la innovación y la creatividad como factores distintivos de la práctica musical en la ciudad, así como fortalecer la preservación, valoración y divulgación del patrimonio musical. b. Generar un Sistema de Información que permitan el adecuado conocimiento, evaluación, estudio y seguimiento de los impactos esperados de la Política Pública para la música en la ciudad.

Artículo 3.

Ejes de la Política Pública de Música.** Los ejes que definen el proceso de elaboración de la Política Pública de Música del Distrito Capital, buscan orientar las acciones institucionales durante todo el ciclo de la política pública, con el fin que ésta sea permanente y trasforme las realidades sociales en el tiempo.

Serán ejes en la elaboración de la Política Pública de Música, como mínimo los siguientes:

1. Creación y Consolidación de Centros de Formación Musical y Artística: La Política Pública de Música del Distrito Capital, garantizará la creación y consolidación de los Centros de Formación Musical y Artística en cada una de las localidades de la ciudad, con el fin de enriquecer las experiencias y prácticas musicales de niños, niñas y jóvenes mediante el fortalecimiento y la sostenibilidad de estos espacios destinados para el estudio, investigación, creación e interpretación de diferentes expresiones musicales.

2. Fortalecimiento y Proyección de Prácticas Musicales: Se buscará apoyar de manera específica el fortalecimiento de las diversas prácticas musicales de la ciudad a través de la construcción de redes y nodos asociativos que promuevan la apropiación cultural, la productividad, el emprendimiento, la gestión y la circulación local, nacional e internacional de las prácticas y manifestaciones culturales, a partir de la creación, elaboración e investigación de nuevos portafolios musicales.

Artículo 4.

Principios:** La Política Pública de Música del Distrito Capital, tendrá en cuenta como mínimo los siguientes principios rectores:

1. Participación: La participación es principio transversal en la formulación de la Política Pública de Música del Distrito Capital, en tanto permite la toma de decisiones influyentes, incluyentes y con capacidad de concertación en el campo musical, lo cual contribuye al ejercicio efectivo del derecho a la cultura de los habitantes de la ciudad.

2. Apropiación: Los procesos de apropiación social y cultural, buscan fortalecer la diversidad de manifestaciones y sentidos musicales existentes, y permiten garantizar a la ciudadanía su derecho a conocer, practicar y disfrutar de las múltiples propuestas y creaciones musicales de la ciudad.

3. Creación: Representa una oportunidad para estimular y reconocer la labor creativa de músicos ciudadanos interesados en el campo musical, mediante una oferta institucional continua de incentivos especiales dirigidos a artistas, intérpretes, creadores, gestores e investigadores musicales.

4. Información: El levantamiento, la sistematización y el análisis de la información del sector musical, son componentes fundamentales que permiten una recopilación adecuada de información dirigida a medir los avances e impactos de la implementación y desarrollo de las políticas públicas relacionadas con prácticas y actividades musical en la ciudad, a través de proyectos de diagnóstico, caracterización y evaluación continua y permanente.

5. Formación: Se buscará garantizar la cualificación de los procesos de conocimiento y comprensión que fundamentan la práctica musical colectiva en los diversos contextos, fomentando la actualización y profesionalización de músicos docentes, la articulación de los distintos sectores relacionados con el campo cultural de la música, la promoción de la educación musical de niños, jóvenes y adultos, así como el fortalecimiento de la apropiación y relación activa de los ciudadanos y comunidades con las prácticas y sentidos musicales.

6. Investigación: La investigación busca formular, promover y socializar la documentación musical de la ciudad, con el fin de conocer, interpretar e innovar sobre las diversas realidades territoriales desde el campo musical. Asimismo, permite aportar a la planeación y proyección de las acciones estratégicas correspondientes a la Política Pública de Música del Distrito Capital 7. Planeación: Establece la fijación de métodos de planeación Distrital en el corto, mediano y largo plazo para el abordaje integral, oportuno y diferenciado de los componentes que integran la Política Pública de Música, con el fin de revisar periódicamente las actualizaciones y los procesos de seguimiento a los planes, programas y proyectos relacionados con esta política pública.

8. Divulgación y Circulación: Se impulsarán mecanismos de divulgación, promoción, visibilización y circulación tanto de las actividades como de las creaciones musicales en el contexto local, nacional e internacional 9. Emprendimiento y Producción: Se pretende identificar y fortalecer aquellos factores, componentes y condiciones que permiten el mejoramiento de los procesos de producción, creación y circulación musicales, desde una perspectiva de innovación institucional y construcción de redes asociativas en el campo musical para la sostenibilidad organizacional.

10. Gestión: Este componente busca dar soporte a cada uno de los procesos de desarrollo musical que surgen en el tiempo, a partir del fortalecimiento de las interacciones y redes entre los diferentes agentes institucionales y sociales que intervienen directa e indirectamente en las esferas de la práctica, apropiación, creación y divulgación musical.

11. Coordinación: Los diversos sectores de la Administración Distrital, promoverán la coordinación interinstitucional durante el proceso de elaboración de la Política Pública de Música del Distrito Capital, así como en la implementación de los Planes, Programas, Proyectos y Estrategias relacionados con esta política pública, con el fin de contribuir a la proyección y diversificación de las actividades musicales en la ciudad.

12. Complementariedad: Durante el proceso de elaboración de la Política Pública de Música, ésta deberá articularse e integrarse interinstitucionalmente con otras políticas en el campo musical tanto del orden territorial como nacional, con el fin de garantizar la complementariedad y el desarrollo de acciones continuas, concurrentes y permanentes en el tiempo.

13. Concurrencia: Se garantizará la concurrencia institucional con el fin de evitar la duplicidad de funciones, competencias y acciones durante del proceso de elaboración de la Política Pública de Música del Distrito Capital.

14. Sostenibilidad: La Política Pública de Música será sostenible en su dimensión fiscal y en la oferta institucional, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos físicos, humanos y presupuestales en relación con las diversas prácticas y manifestaciones musicales de la ciudad.

15. Diversidad: Para la elaboración de la Política Pública de Música, la Administración Distrital tendrá en cuenta la multiplicidad de prácticas y sentidos musicales, así como la diversidad de realidades humanas, territoriales y sociales, con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades, la equidad y no discriminación en los planes, programas y proyectos implementados.

Artículo 5.

Responsabilidades y Competencias.** La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en conjunto con sus entidades adscritas, será la responsable de elaborar todo el ciclo de la Política Pública de Música del Distrito Capital

Parágrafo 1. La formulación, adopción, implementación, ejecución y evaluación de la Política Pública de Música, se realizará de manera articulada y en el marco de sus competencias, con la participación activa de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, la Secretaría de Educación Distrital y la Secretaria Distrital de Integración Social.

Parágrafo 2. La Administración Distrital articulará integralmente las Políticas Culturales Distritales y los componentes relacionados con el Plan Distrital de Música, para que sean parte integral de la Política Pública de Música de la ciudad

Artículo 6.

Participación y Concertación:** La formulación de la Política Pública de Música contará con la participación activa e incluyente de sectores y organizaciones musicales de la ciudad. Para ello, se buscará articular las iniciativas y proyectos musicales del sector privado y la sociedad civil a través del Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio, o las instancias y escenarios de decisión y concertación que disponga la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Artículo 7.

Sistema de Información y Conocimiento:** La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, promoverá la conformación, implementación y consolidación de Sistemas de Información Musical en la ciudad, con el fin de fortalecer el conocimiento, visibilidad e interacción entre instituciones, formadores, actores y redes organizacionales culturales para la oportuna toma de decisiones en el campo musical.

ARTÍCULO 8 Financiación. La Administración Distrital garantizará los recursos necesarios para la efectiva formulación, implementación, ejecución y evaluación de la Política Pública de Música del Distrito Capital.

ARTICULO 9 Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

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1 Véase: Plan Nacional de Música para la Convivencia. Ministerio de Cultura Colombiano http://www.proyectosalonhogar.com/Enciclopedia/cONCEPTO 2 http://www.solohijos.com/html/articulo.php?idart=3. “Pero el ambiente familiar, sea como sea la familia, tiene unas funciones educativas y afectivas muy importantes, ya que partimos de la base de que los padres tienen una gran influencia en el comportamiento de sus hijos y que este comportamiento es aprendido en el seno de la familia. Lo que difiere a unas familias de otras es que unas tienen un ambiente familiar positivo y constructivo que propicia el desarrollo adecuado y feliz del niño, y en cambio otras familias, no viven correctamente las relaciones 3 Informe Regional de Desarrollo Humano 2008. Bogotá, una apuesta por Colombia 4 http://www.redcientifica.com/doc/doc200209150300.html 5 Soto Villaseñor, Gabriela. La música: un factor de evolución social y humana. Incidencias de la música en los procesos cerebrales. Tomado de: http://redcientifica.com/autores.

6 ___Tomado de:_ http://www.descentralizadrogas.gov.co/portals/0/La%20prevencion%20en%20manos%20de%20los%20jovenes.pdf __ 7 La prevención en manos de los y las jóvenes. Herramientas pedagógicas en prevención del consumo de sustancia psicoactivas y mitigación del impacto para líderes de organizaciones juveniles. Ministerio de la Protección Social. UNODC. http://www.descentralizadrogas.gov.co 8 http://www.rieoei.org/rie37a03.htm 9 Art 44. Constitución Política de Colombia 10 ORTIZ, Andrea Liliana. La Sensibilización Hacia El Habitante De Calle, Brigadas Y Comunidad Desde La Lúdica Como Estrategia De Un Proceso De Inclusión Social. Tomado de http://www.redcreacion.org/documentos/congreso8/comfenalco.html 11 Tomado de: Secretaría de Información y Comunicación, Republica de Panama. La Música llegará a cárceles como estrategia de reinserción social.

12 Centro de Documentación Virtual en Recreación, Tiempo Libre y Ocio. Documento la sensibilización hacia el habitante de calle, brigadas y comunidad desde la lúdica como estrategia de un proceso de inclusión social. Tomado de http://www.redcreacion.org/documentos/congreso8/comfenalco.html.

13 SECRETARIA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE. Comentarios Proyecto de Acuerdo 210 de 2014 “Por El Cual Se Establecen Los Lineamientos Para La Política Pública Musical En El Distrito Capital”. Pag.4 14 http://www.sinic.gov.co/SINIC/Publicaciones/archivos/1251-2-1-20-200835121814.pdf 15 Ibíd.

16 Ibíd.

17 En: http://www.mincultura.gov.co/proyectoeditorial/Documentos%20Publicaciones/Cartilla%20Alcaldes%20y%20Gobernadores/GUIAALCALDESYGOBERNADORES.pdf.

18 Acuerdo Distrital 645 de 2016 “POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C. 2016 - 2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS”. Artículo 19

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