Resolución 1760 de 2017
Resolución 1760 de 2017 Secretaría Distrital de Hacienda
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1760
- Año
- 2017
- Fecha
- 17 de abril de 2017
- Entidad
- Secretaría Distrital de Hacienda
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**RESOLUCIÓN 1760 DE 2017 ( Abril 17)
**[Derogada por el art. 6, Resolución 518 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155638)
**_"Por la cual se adopta la nueva metodología de los acuerdos de gestión y se designan los pares de los gerentes públicos que actuarán como evaluadores en el proceso de valoración del componente comportamental_
_ _ LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los Acuerdos 001 y 002 del 3 de febrero de 2009 del Consejo Directivo del IDU, y**
CONSIDERANDO:
Que el artículo [50](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#50) de la Ley 909 de 2004 establece “Acuerdos de gestión. _1. Una vez nombrado el gerente público, de manera concertada con su superior jerárquico, determinará los objetivos a cumplir._ __ _2. El acuerdo de gestión concretará los compromisos adoptados por el gerente público con su superior_ _y describirá los resultados esperados en términos de cantidad y calidad. En el acuerdo de gestión se identificarán los indicadores y los medios de verificación de estos indicadores._ __ _3. El acuerdo de gestión será evaluado por el supe_ _rior jerárquico en el término máximo de tres (3) meses después de acabar el ejercicio, según el_ _grado de cumplimiento de objetivos. La evaluación_ _se hará por escrito y se dejará constancia del_ _grado de cumplimiento de los objetivos._ __ _4. El Departamento Administrativo de la Función Pública apoyará a las distintas autoridades de las respectivas entidades para garantizar la implantación del sistema. A tal efecto, podrá diseñar las metodologías e instrumentos que considere oportunos.”_ Que el artículo [2.2.13.1.12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.13.1.12) del Decreto 1083 de 2015 establece: _“(…) El Departamento Administrativo de la Función Pública diseñará una metodología para la elaboración, seguimiento y evaluación de los Acuerdos de Gestión, que podrá ser adoptada por las entidades._ _En caso de no ser adoptada, las entidades deberán desarrollar su propia metodología para elaborar, hacer seguimiento y evaluar los Acuerdos de Gestión, en todo caso, ciñéndose a los parámetros establecidos en el presente título.”_ Que de conformidad con la Circular Externa 100-001-2017 de enero 11 de 2017, el Departamento Administrativo de la Función Pública adoptó la _“Guía metodológica para la gestión del rendimiento de los gerentes públicos – acuerdos de gestión”_, la cual desarrolla la gestión del rendimiento; componente estratégico para la planificación y evaluación de los empleos de naturaleza gerencial.
Que el Instituto de Desarrollo Urbano en sesión del Comité Directivo del 21 de febrero de 2017, revisó y adoptó la metodología de los acuerdos de gestión aprobando los siguientes tres componentes definidos en la guía metodológica, de la siguiente manera: \- Compromisos gerenciales con un peso del 80%. \- Competencias comportamentales con un peso del 20%. \- Compromisos adicionales con un peso del 5%.
Que para determinar el 80% se deberán asignar unos pesos porcentuales a los compromisos gerenciales que no podrán ser menores al 10% ni superiores al 40% y su concertación se deberá efectuar en el marco de la Planeación Institucional aplicable a la vigencia correspondiente.
Que del 20% de competencias comportamentales, el setenta por ciento (70%) corresponderá a la valoración de las competencias por parte del superior jerárquico; el veinte por ciento (20%) de un par y el diez por ciento (10%) restante será el resultado del promedio de la valoración de los servidores públicos de la planta permanente de la Entidad.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°-**. Adoptar la nueva metodología de los Acuerdos de Gestión aplicable a los Gerentes Públicos del Instituto de Desarrollo Urbano de acuerdo con los lineamientos de la Circular Externa No. 100-001-2017 de enero 11 de 2017, del Departamento Administrativo de la Función Pública y los formatos propios, los cuales están dispuestos en el Mapa de Procesos de la entidad, en el proceso de Gestión del Talento Humano.
ARTÍCULO 2°-. Adoptar el “Par” de cada uno de los Gerentes Públicos del Instituto de Desarrollo Urbano, el cual registrará su valoración en el formato de evaluación de las competencias comportamentales, cumpliendo los criterios definidos en la siguiente tabla: | # | GERENTE EVALUADO | PAR AUTORIZADO PARA EVALUAR ---|---|--- 1 | Jefe de Oficina Asesora de Planeación | Jefe de Oficina de Control Disciplinario 2 | Jefe de Oficina de Atención al Ciudadano | Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones 3 | Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones | Jefe de Oficina Asesora de Planeación 4 | Jefe de Oficina de Control Disciplinario | Jefe de Oficina de Atención al Ciudadano 5 | Subdirector(a) General de Desarrollo Urbano | Subdirector(a) General Jurídico(a) 6 | Subdirector(a) General de Infraestructura | Subdirector(a) General de Gestión Corporativa 7 | Subdirector(a) General Jurídico(a) | Subdirector(a) General de Infraestructura 8 | Subdirector(a) General de Gestión Corporativa | Subdirector(a) General de Desarrollo Urbano 9 | Director(a) Técnico(a) Estratégica | Director(a) Técnico(a) de Proyectos 10 | Director(a) Técnico(a) de Proyectos | Director(a) Técnico(a) de Procesos Selectivos 11 | Director(a) Técnico(a) de Predios | Director(a) Técnico(a) de Construcciones 12 | Director(a) Técnico(a) de Construcciones | Director(a) Técnico(a) de Gestión Judicial 13 | Director(a) Técnico(a) de Mantenimiento | Director(a) Técnico(a) de Administración de Infraestructura 14 | Director(a) Técnico(a) de Administración de Infraestructura | Director(a) Técnico(a) de Gestión Contractual 15 | Director(a) Técnico(a) de Procesos Selectivos | Director(a) Técnico(a) Administrativa y Financiera 16 | Director(a) Técnico(a) de Gestión Contractual | Director(a) Técnico(a) de Mantenimiento 17 | Director(a) Técnico(a) de Gestión Judicial. | Director(a) Técnico(a) de Predios 18 | Director(a) Técnico(a) de Apoyo a la Valorización | Director(a) Técnico(a) Estratégica 19 | Director(a) Técnico(a) Administrativa y Financiera | Director(a) Técnico(a) de Apoyo a la Valorización 20 | Subdirector(a) Técnico(a) de Ejecución Subsistema Vial | Subdirector(a) Técnico(a) de Mantenimiento del Subsistema Vial 21 | Subdirector(a) Técnico(a) de Ejecución Subsistema Transporte | Subdirector(a) Técnico(a) de Mantenimiento del Subsistema Transporte 22 | Subdirector(a) Técnico(a) de Mantenimiento del Subsistema Vial | Subdirector(a) Técnico(a) de Ejecución Subsistema Transporte 23 | Subdirector(a) Técnico(a) de Mantenimiento del Subsistema Transporte | Subdirector(a) Técnico(a) de Ejecución Subsistema Vial 24 | Subdirector(a) Técnico(a) de Operaciones | Subdirector(a) Técnico(a) de Recursos Tecnológicos 25 | Subdirector(a) Técnico(a) Jurídico(a) y Ejecuciones Fiscales | Subdirector(a) Técnico(a) de Presupuesto y Contabilidad 26 | Subdirector(a) Técnico(a) de Recursos Humanos | Subdirector(a) Técnico(a) de Jurídico(a) y Ejecuciones Fiscales 27 | Subdirector(a) Técnico(a) de Recursos Tecnológicos | Subdirector(a) Técnico(a) de Recursos Físicos 28 | Subdirector(a) Técnico(a) de Recursos Físicos | Subdirector(a) Técnico(a) de Recursos Humanos 29 | Subdirector(a) Técnico(a) de Tesorería y Recaudo | Subdirector(a) Técnico(a) de Operaciones 30 | Subdirector(a) Técnico(a) de Presupuesto y Contabilidad | Subdirector(a) Técnico(a) de Tesorería y Recaudo ARTÍCULO 3°-. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de abril de dos mil diecisiete (2017)
YANETH ROCÍO MANTILLA BARÓN
**Directora General
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