Resolución 108 de 2017
Resolución 108 de 2017 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
- Tipo
- Resolución
- Número
- 108
- Año
- 2017
- Fecha
- 1 de marzo de 2017
- Entidad
- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 108 DE 2017
(Febrero 28) [Derogada por el art. 4, Resolución 067 de 2022](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120801#4) _Por medio de la cual se designan los delegados del nivel directivo del sector cultura, recreación y deporte y de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte a las sesiones trimestrales de programación y seguimiento de los Consejos Locales de Gobierno, establecidas en el articulo 15 del Decreto 101 de 2010 y se derogan las resoluciones 91 del 25 de abril de 2010; 172 del 2 de mayo de 2013; 686 del 2 de septiembre de 2013 y 469 del 8 de agosto de 2014_ LA SECRETARIA DE DESPACHO La Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el Acuerdo 257 de 2006 del Concejo Distrital de esta ciudad y los decretos 037 y 049 de 2017 y, CONSIDERADO: Que el artículo 32 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, expedido por el Concejo de Bogotá, estableció el Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital, como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales, colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes. Y en el artículo 33 estableció a los Consejos Locales de Gobierno como instancias del Sistema de Coordinación del Distrito Capital.
Que el artículo 40 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, determina que los Consejos Locales de Gobierno son la principal instancia de coordinación y articulación de las estrategias, planes y programas que se desarrollen en la localidad para atender las necesidades de la comunidad y cumplir con las competencias propias de los asuntos del territorio local.
Que el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25935#4) del Decreto Distrital 340 de 2007 y el artículo 40 del Acuerdo 257 de 2006, establecen que los Consejos Locales de gobierno están integrados por: El Alcalde (sa) Local, quien lo presidirá, el Coordinador Administrativo y Financiero de la localidad, el Coordinador del Grupo Normativo y Jurídico de la localidad, el Comandante de Policía de la localidad, los representantes de los Sectores Administrativos de Coordinación que el Alcalde o Alcaldesa local determine y los demás servidores y servidoras públicos que el Alcalde o Alcaldesa Local determine.
Que el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25935#5) del Decreto Distrital 340 de 2007, establece que el delegado de las Secretarías cabeza de sector deberá tener capacidad de decisión definida de manera expresa, formal y deberá asistir obligatoriamente a las sesiones.
Que de acuerdo con el parágrafo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25935#9.4) del artículo 9 del Decreto Distrital 340 de 2007, adicionado por el artículo 15 del Decreto Distrital 101 de 2010, los Consejos Locales de Gobierno realizarán cada tres meses, sesiones de programación y seguimiento de su plan de acción con presencia de un funcionario del nivel directivo de cada sector administrativo del Distrito, estas sesiones son coordinadas por el respectivo Alcalde o Alcaldesa local.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en cumplimiento de la normatividad antes mencionada, expidió la Resolución No. 91 de 2010, por medio de la cual designó los delegados del nivel directivo de la entidad a cada uno de los Consejos Locales de Gobierno, la cual fue objeto de sucesivas modificaciones realizadas a través de las números 172 del 2 de mayo de 2013; 686 del 2 de septiembre de 2013 y 469 del 8 de agosto de 2014.
Que mediante el Decreto [037](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67994) de 2017, se modificó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que mediante el Decreto [049](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68023) de 2017, se modificó la Planta de Empleos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte suprimiendo y/o creando algunos cargos del nivel directivo, por lo cual se requiere adecuar las delegaciones a los Consejos Locales de Gobierno, acorde con las nuevas disposiciones de funcionamiento de la entidad.
Que en virtud de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1.
Designar a los siguientes funcionarios del nivel directivo del sector cultura, recreación y deporte y de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para las sesiones trimestrales de programación y seguimiento de los Consejos Locales de Gobierno, así: | | LOCALIDAD | **DIRECTIVO (A) ---|---|--- 1 | Usaquén | Subsecretaria de Gobernanza Secretaría Distrital - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte 2 | Chapinero | Director (a) de Arte, Cultura y Patrimonio - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte 3 | Santa Fé | Director (a) Cultura Ciudadana – Secretaría Distrital de Cultura,Recreación y Deporte 4 | San Cristóbal | Subdirector (a) de Arte, Cultura y Patrimonio - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte 5 | Usme | Subdirector (a) de Infraestructura Cultural - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. | Tunjuelito | Director (a) de Asuntos Locales y Participación - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte | | 7 | Bosa | Director (a) de Planeación - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. 8 | Kennedy | Director (a) de Fomento - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. 9 | Fontibón | Director (a) Instituto Distrital de las Artes - IDARTES 10 | Engativá | Subdirector (a) Observatorio de Culturas - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. 11 | Suba | Subdirector (a) de Artes Instituto Distrital de las Artes – IDARTES. 12 | Barrios Unidos | Director (a) de Personas Jurídicas - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. 13 | Teusaquillo | Director (a) Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD. 14 | Mártires | Director (a) Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC. 15 | Antonio Nariño | Director (a) de Asuntos Locales y Participación - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. 16 | Puente Aranda | Director (a) Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB 17 | Candelaria | Director (a) Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FGAA 18 | Rafael Uribe | Director (a) de Fomento - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. 19 | Ciudad Bolívar | Director (a) de Arte, Cultura y Patrimonio - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. 20 | Sumapaz | Director (a) de Lectura y Bibliotecas - Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Los enlaces locales acompañarán a los funcionarios del nivel directivo designados en el presente artículo, a las sesiones trimestrales y representarán a la entidad en las sesiones mensuales programadas por las Alcaldías Locales y realizarán las acciones que contempla el Decreto Distrital [101](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39198) de 2010.
Artículo 2.
Comunicar la presente resolución a cada uno de los directivos delegados y a los Alcaldes (as) Locales de Bogotá D.C.
Artículo 3.
Remitir la presente resolución a la Subdirección de Imprenta Distrital a través del módulo diseñado en la página WEB de la Alcaldía Mayor de Bogotá, adjuntando la solicitud de publicación y el documento impreso, soportes para su publicación en el Registro Distrital.
Artículo 4.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70732) y deroga las resoluciones Nos. 91 del 25 de abril de 2010; 172 del 2 de mayo de 2013; 686 del 2 de septiembre de 2013 y 469 del 8 de agosto de 2014.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los veintiocho (28) días del mes de febrero de dos mil diecisiete (2017.
MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO
Secretaría de Despacho
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